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Documento BOE-A-2005-12686

Orden TAS/2405/2005, de 9 de junio, por la que se clasifica la Fundación Márgenes y Vínculos de asistencia e inclusión social, promoción del voluntariado, cooperación internacional para el desarrollo y culturales y se procede a su inscripción en el Registro de Fundaciones Asistenciales de competencia estatal.

Publicado en:
«BOE» núm. 174, de 22 de julio de 2005, páginas 26300 a 26301 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2005-12686

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente, para la inscripción en el Registro de Fundaciones Asistenciales, de la Fundación Márgenes y Vínculos, instituida en Los Barrios (Cádiz), y teniendo en consideración los siguientes:

Antecedentes de hecho

Primero.-La Fundación fue constituida mediante escritura pública, otorgada ante el Notario de Sevilla, Don Antonio Velasco Casas, el día 13 de mayo de 1997, con el número 1.212 de su orden de protocolo, e inscrita en el Registro de Fundaciones de Andalucía con el número CA-599. Segundo.-La referida Fundación, con fecha 28 de enero de 2005, ha comunicado a la Consejería de Justicia y Administración Pública, de la Junta de Andalucía, la modificación de sus Estatutos, para su adaptación a la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones. Entre las modificaciones practicadas, figura la modificación de su ámbito de actuación territorial, que pasa a ser nacional e internacional. Por ello, el Patronato ha solicitado que se practiquen las inscripciones que proceda y se transfiera el ejercicio de las competencias de Registro y Protectorado a la Administración competente. Tercero.-La Consejería de Justicia y Administración Pública, dependiente de la Junta de Andalucía, mediante oficio de fecha 2 de febrero de 2005, remite, para su inscripción, los siguientes documentos:

a) Copia y copia simple de escritura, otorgada por el Patronato de la Fundación ante el Notario de Los Barrios (Cádiz), Don Ramón Corrales Andreu, el 16 de diciembre de 2004, con el número 2.408 de su protocolo, mediante la que se eleva a público el acuerdo de designar, como miembro del mismo, a don Álvaro Álvarez Díaz, quien, presente en dicho acto, aceptó el cargo.

b) Copia y copia simple de escritura, otorgada por el Patronato de la Fundación ante el Notario de Los Barrios (Cádiz), Don Ramón Corrales Andreu, el 28 de enero de 2005, con el número 211 de su protocolo, mediante la que se eleva a público el acuerdo de modificar los Estatutos de la Fundación, para su adaptación a la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, cuyo nuevo texto integro consta en la certificación incorporada a la escritura. La citada escritura fue subsanada, a requerimiento de este Protectorado, mediante otra otorgada ante el mismo No-tario de Los Barrios (Cádiz), el 12 de mayo de 2005, con el número 1.077 de su orden de protocolo, donde se recoge la modificación de los artículos 4, 20, 31, 34, 35 y 36 de los Estatutos de la Fundación, cuya nueva redacción consta en la certificación incorporada a la escritura. c) Copia y copia simple de escritura, otorgada por el Patronato de la Fundación ante el Notario de Los Barrios (Cádiz), Don Ramón Corrales Andreu, el 28 de enero de 2005, con el número 212 de su protocolo, mediante la que se elevan a públicos los siguientes acuerdos:

Aceptar la renuncia de don Miguel Alberto Diaz Gil, como Vicepresidente del Patronato de la Fundación.

Designar, como Vicepresidentes del Patronato de la Fundación, a don Francisco Javier Mena de Mira y don Fernando Martinez de Salazar Bascuñana, quienes, presentes en dicho acto, aceptaron el cargo.

Cuarto.-Este Protectorado manifestó su conformidad con los Estatutos de la Fundación y la asunción de competencias como tal Protectorado sobre la misma, atendiendo a su finalidad asistencial y ámbito de actuación territorial.

Quinto.-Recibidos y examinados los antecedentes de la Fundación, éstos se ajustan a la legislación vigente en materia de fundaciones de competencia estatal.

Vistos la Constitución Española, la Ley 50/2002, de 26 de diciembre; y los Reales Decretos 553/2004, de 17 de abril, 562/2004, de 19 de abril y 1600/2004, de 2 de julio.

Fundamentos de Derecho

Primero.-A la Administración General del Estado-Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales le corresponde el ejercicio del Protectorado del Gobierno sobre las fundaciones de asistencia social, respecto de aquellas de competencia estatal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 34 y disposición transitoria tercera de la Ley 50/2002, 26 de diciembre, de Fundaciones, en relación con el Real Decreto 553/2004, de 17 de abril, por el que se reestructuran los Departamentos Ministeriales (artículo 9), y con los Reales Decretos 562/2004, de 19 de abril y 1600/2004, de 2 de julio, por los que se aprueba y desarrolla, respectivamente, la estructura orgánica básica del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. La Secretaría de Estado de Servicios Sociales, Familias y Discapacidad es competente para resolver el presente expediente, en virtud de la Disposición adicional sexta del Real Decreto 1600/2004, de 2 de julio, en relación con la Orden Ministerial de 21 de mayo de 1996, sobre delegación del ejercicio de competencias en los órganos administrativos del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales (B.O.E. del día 27 de mayo), corregida por la Orden Ministerial de 25 de junio de 1996 (B.O.E. del día 27 de junio) y modificada, entre otras, por Orden de 15 de marzo de 2001 (B.O.E. del día 29 de marzo) y por la Orden de 3 de febrero de 2003 (B.O.E. del día 5 de febrero). Segundo.-La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, establece que se inscribirán en el Registro, entre otros actos, la constitución de la fundación, la modificación o nueva redacción de los Estatutos, el nombramiento, revocación, sustitución, suspensión y cese, por cualquier causa, de los miembros del patronato y otros órganos creados por los Estatutos, y las delegaciones y apoderamientos generales concedidos por el patronato y la extinción de estos cargos.

Por cuanto antecede, este Departamento ha dispuesto:

Primero.-Aceptar la documentación de la Fundación Márgenes y Vínculos, instituida en Los Barrios (Cádiz), cuyos fines de interés general son predominantemente de asistencia e inclusión social, promoción del voluntariado, cooperación internacional para el desarrollo y culturales, pasando este Departamento a ejercer el Protectorado sobre la misma.

Segundo.-Ordenar su inscripción en el Registro de Fundaciones Asistenciales, bajo el número 11/0284. Tercero.-Inscribir los actos relacionados en el antecedente de hecho tercero de la presente Orden. Cuarto.-Registrar la composición del Patronato.

Quinto.-Que de esta Orden se den los traslados reglamentarios.

Madrid, 9 de junio de 2005.-P. D. (O. de 15 de marzo de 2001), la Secretaria de Estado de Servicios Sociales, Familias y Discapacidad, María Amparo Valcarce García.

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