Mediante Órdenes TAS/1702/2005, de 24 de mayo («Boletín Oficial del Estado» de 9 de junio) y TAS/1772/2005, de 30 de mayo («Boletín Oficial del Estado» de 14 de junio), se convocaron concursos específicos C/125 y C/126, respectivamente, para la provisión de puestos de trabajo en los Organismos Autónomos del Departamento. La base octava de dichos concursos, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 47 del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración Civil del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, establece que los mismos han de resolverse en un plazo no superior a tres meses desde el día siguiente al de la finalización de la presentación de instancias. No obstante, a la vista de las comunicaciones efectuadas por los respectivos Presidentes de las Comisiones de Valoración de los precitados concursos, que ponen de manifiesto la dificultad que entraña el mes de agosto, al ser éste un mes eminentemente vacacional, para la normal continuidad de dichos procesos selectivos, así como para el cumplimiento de los plazos de resolución previstos en las correspondientes convocatorias, Este Ministerio, en uso de las atribuciones que tiene conferidas, ha resuelto:
Declarar inhábil el mes de agosto, a efectos del cómputo de los plazos de resolución previstos en los concursos específicos C/125 y C/126, convocados por Órdenes TAS/1702/2005 y TAS/1772/2005, respectivamente, para la provisión de puestos de trabajo en los Organismos Autónomos del Departamento.
Madrid, 11 de julio de 2005.-El Ministro, P. D. (O.M. 21.5.96, BOE del 27, y Disposición Adicional sexta del R.D. 1600/2004, de 2 de julio, BOE del 3), la Subsecretaria, Aurora Domínguez González.
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