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Documento BOE-A-2005-12194

Acuerdo de 6 de julio de 2005, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, por el que se anuncia concurso de méritos para la provisión del puesto de Interventor entre Jueces, Magistrados, Secretarios de la Administración de Justicia, Abogados del Estado, miembros de la Carrera Fiscal y funcionarios de las Administraciones Públicas del Grupo A.

Publicado en:
«BOE» núm. 168, de 15 de julio de 2005, páginas 25210 a 25210 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Consejo General del Poder Judicial
Referencia:
BOE-A-2005-12194

TEXTO ORIGINAL

Vacante en el Consejo General del Poder Judicial el puesto de trabajo de Interventor del mismo, dotado presupuestariamente, el Pleno del Consejo en su reunión del día de la fecha, ha acordado convocar un concurso de méritos para la provisión del puesto de trabajo que se describe en el anexo I, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 146 y concordantes de la ley Orgánica del Poder Judicial y en los artículos 116, 133 y concordantes del Reglamento de Organización y funcionamiento del Consejo General del Poder Judicial, aprobado por Acuerdo de 22 de abril de 1986 («Boletín Oficial del Estado» número 107, de 5 de mayo). El concurso se regirá por las siguientes normas:

Primera.-Podrán tomar parte en el mismo los Jueces, Magistrados, Secretarios de la Administración de Justicia, Abogados del Estado, miembros de la Carrera Fiscal y funcionarios de las Administraciones Públicas del grupo A, a que se refiere el artículo 25 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, cualquiera que sea su situación administrativa, excepto los suspensos en firme mientras dure la suspensión.

Segunda.-Los que deseen tomar parte en el concurso deberán elevar su solicitud al excelentísimo señor Presidente del Consejo General del Poder Judicial (calle Marqués de la Ensenada, número 8, 28071 Madrid), debiendo presentarse en el Registro General del propio Consejo o en los registros y oficinas a que se refiere el artículo 38 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dentro de los veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». Tercera.-Con la solicitud se acompañará un currículum vitae, en el que se hará constar los méritos y circunstancias personales que se estimen oportunos y, en especial, los que se refieran a destinos servidos, títulos académicos, publicaciones y experiencia que se posea en las especificaciones que se reseñan en el anexo I, acompañando los documentos justificativos correspondientes. Cuarta.-Los candidatos podrán ser requeridos para que justifiquen los datos, circunstancias y méritos a que se refiere la norma anterior. Cualesquiera de entre ellos podrán, asimismo, ser citados para una entrevista personal. Quinta.-A la vista de las instancias y documentación presentada, el Consejo, apreciando conjuntamente los méritos alegados, efectuará el nombramiento. Con arreglo a lo previsto en el artículo 133 del Reglamento de Organización y funcionamiento del Consejo, el Pleno designará al que resulte seleccionado para cubrir el puesto convocado. Si el Pleno entendiera que los solicitantes no reúnen las condiciones de idoneidad o aptitud precisas para el cargo podrá declarar la convocatoria desierta. Sexta.-El concursante al que se adjudique el puesto convocado quedará en la situación de servicios especiales, prevista en los artículos 146.2 y 351.d), en su caso, de la ley orgánica 6/1985, de 1 de julio, prestará sus funciones durante el plazo de dos años prorrogables por períodos anuales con un máximo de prestación de servicios de 10 años y estará sometido al Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo. Los concursantes no nombrados dispondrán de un plazo de seis meses para retirar la documentación aportada, acreditativa de los méritos alegados, procediéndose a su destrucción en caso de no efectuarlo.

Séptima.-Contra el presente acuerdo cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo, en el plazo de dos meses a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 6 de julio de 2005.-El Presidente del Consejo General del Poder Judicial,

HERNANDO SANTIAGO

ANEXO I

Denominación del puesto: Interventor del Consejo General del poder Judicial.

Órgano Técnico: Intervención. Localización: Madrid. Nivel de Destino: 30. Complemento específico: 45.929,52 euros anuales. Adscripción: Jueces, Magistrados, Secretarios de la Administración de Justicia, Abogados del Estado, miembros de la Carrera Fiscal y funcionarios de las Administraciones Públicas del grupo A. Especificaciones: Amplios conocimientos en intervención, control presupuestario y financiero del sector público y contabilidad pública y experiencia, de más de 5 años, en el ejercicio de la función interventora en el ámbito de las Administraciones Públicas.

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