Contingut no disponible en català
El día 4 de marzo de 2005, se publicó en el Boletín Oficial del Estado la Orden ITC/510/2005, de 1 de marzo, por la que se establecían las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la celebración de actos y a la realización de actividades de promoción que se refieran al ámbito de competencias del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio. Posteriormente la Subsecretaría de Industria, Turismo y Comercio dictó resolución el 15 de marzo de 2005 (BOE de 23 de marzo) convocando las ayudas para el año 2005. El apartado segundo de la Resolución referida dispone que la financiación de la ayuda se imputará a la aplicación presupuestaria 20.01.421M.480 de los Presupuestos Generales del Estado y no podrá superar el crédito establecido de 588.000 Euros. En atención al elevado número de solicitudes recibidas y su interés, y con objeto de que la subvención sea significativa en cada caso individual, se hace necesario elevar la cuantía asignada. Por ello, y habiendo crédito disponible suficiente; esta Subsecretaría resuelve:
1. Modificar el apartado segundo de la Resolución de 15 de marzo del 2005 fijando el crédito establecido en 830.000 Euros para el año 2005.
2. Dadas las razones que aconsejan la modificación del límite de las ayudas, y no concurriendo ninguna otra circunstancia, no se considera apropiado ampliar el plazo presentación.
La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOE.
Madrid, 8 de julio de 2005.-La Subsecretaria, María Teresa Gómez Condado.
Agència Estatal Butlletí Oficial de l'Estat
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid