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Documento BOE-A-2005-11962

Resolución de 5 de mayo de 2005, de la Dirección General de Energía, Minas y Seguridad Industrial, del Departamento de Trabajo e Industria, por la que se concede la modificación adicional quinta a la aprobación CE de modelo correspondiente al instrumento de pesaje de funcionamiento no automático, tipo balanza electrónica sobre mesa o colgada, modelo Basic LCD, a favor de Campesa, S.A.

Publicado en:
«BOE» núm. 164, de 11 de julio de 2005, páginas 24692 a 24692 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2005-11962

TEXTO ORIGINAL

Vista la petición interesada por la entidad Campesa, S.A. (Avenida Cova Solera, n.º 25-29, 08191 Rubí), en solicitud de modificación adicional cuarta de un instrumento de pesaje de funcionamiento no automático, tipo balanza electrónica sobre mesa o colgada, modelo BASIC LCD, con aprobación CE de modelo número E-02.02.15 de 18 de septiembre de 2002, con modificación adicional primera número E-02.02.15 de 3 de octubre de 2002, con modificación adicional segunda número E-02.02.15 de 20 de mayo de 2003, con modificación adicional tercera número E-02.02.15 de 24 de octubre de 2003, y con modificación adicional cuarta número E-02.02.15 de 22 de julio de 2004, emitidos por esta Dirección General (Organismo Notificado número 0315). Esta Direcció General d'Energia, Mines i Seguretat Industrial del Departament de Treball i Indústria de la Generalitat de Catalunya, de acuerdo con la Ley 3/1985 de 18 de marzo; el Decreto 199/1991 de 30 de julio, por el que se determinan los órganos competentes en materia de control metrológico; la Orden de 22 de diciembre de 1994 por la que se regula el control metrológico CE de los instrumentos de pesaje de funcionamiento no automático, que incorpora al Derecho interno español la Directiva 90/384/CEE de 20 de junio de 1990, modificada por la Directiva 93/68/CEE de 22 de julio de 1993, ha resuelto:

Primero.-Autorizar a favor de la Entidad CAMPESA, S.A., la modificación adicional quinta de la aprobación CE de modelo número E-02.02.15 de la balanza electrónica sobre mesa o colgada, modelo BASIC LCD.

Segundo.-Esta modificación corresponde a la inclusión de un nuevo fabricante del instrumento de pesaje de funcionamiento no automático modelo BASIC LCD. Tercero.-Se trata de un instrumento de pesaje de funcionamiento no automático, graduado, de equilibrio automático, monorango, monoescalón o multiescalón, con indicación digital de peso, precio unitario e importe, o sólo peso, destinada a la venta directa al público. Las características metrológicas son:

Clase de precisión media

(III)

-

n ≤ nmax

Monoescalón

≤ 6000

-

Multiescalón

≤ 6000

n1≤ 3000, n2≤ 3000

-

Max

6 ≤ Max ≤ 30

kg

Min

20 e

g

e

1 ≤ Max ≤ 10

g

T ≤

-Max

kg

Temperatura

-10 a +40

ºC

El instrumento puede estar graduado en unidades imperiales cuando se destine a paises donde estas unidades estén autorizadas. Cuarto.-Esta modificación adicional cuarta se efectúa con independencia de la resolución de aprobación CE de modelo número E-02.02.15 de 18 de septiembre de 2002, de la resolución de modificación adicional primera número E-02.02.15 de 3 de octubre de 2002, de la resolución de modificación adicional segunda número E-02.02.15 de 20 de mayo de 2003, de la resolución de modificación adicional tercera número E-02.02.15 de 24 de octubre de 2003, y de la resolución de modificación adicional cuarta número E-02.02.15 de 22 de julio de 2004, pudiendo la entidad solicitante seguir fabricando instrumentos de pesaje, según el modelo aprobado por dichas resoluciones. Quinto.-Los instrumentos correspondientes a la modificación adicional quinta a que se refiere esta resolución deberán de cumplir las características principales, condiciones de aprobación y las eventuales condiciones especiales que figuran en el certificado de modificación adicional quinta número E-02.02.15 y su anexo. El modelo queda completamente descrito en la documentación técnica presentada y que se encuentra depositada en esta Dirección General con el número de referencia 12/05. Sexto.-Esta modificación adicional quinta número E-02.02.15 estará afectada por los mismos plazos de validez de la resolución de aprobación CE de modelo número E-02.02.15, de 18 de septiembre de 2002. Séptimo.-Los instrumentos de pesaje correspondientes a la modificación adicional quinta a que se refiere esta resolución, llevarán las inscripciones indicadas en el anexo técnico del certificado de aprobación CE de modelo número E-02.02.15 de 18 de septiembre de 2002. Octavo.-Ninguna propiedad de este instrumento, descrita o no, puede ser contraria a la legislación en vigor.

Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, pueden interponer recurso de alzada ante el Honorable Conseller de Treball i Indústria de la Generalitat de Catalunya en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de su notificación, sin perjuicio de poder hacer uso de cualquier otro recurso que consideren oportuno.

Barcelona, 5 de mayo de 2005.-El Director General, Josep Isern i Sitjà.

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