Está Vd. en

Documento BOE-A-2005-11335

Orden EHA/2088/2005, de 4 de mayo, de autorización a la entidad Mutualidad de Previsión Social, Fondo de Asistencia Mutua, del Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos para la ampliación de prestaciones en el ramo de vida.

Publicado en:
«BOE» núm. 156, de 1 de julio de 2005, páginas 23582 a 23582 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-2005-11335

TEXTO ORIGINAL

Con fecha 1 de octubre de 2.004 la Mutualidad de Previsión Social, Fondo de Asistencia Mutua, del Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos inscrita en el Registro administrativo previsto en el artículo 74. 1 del texto refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados aprobado por Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre, ha presentado en la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones solicitud de autorización administrativa para la ampliación de prestaciones en el ramo de vida, al amparo de lo previsto en el artículo 66 de dicha norma legal. De la documentación que se adjunta a la solicitud formulada se desprende que la entidad denominada Mutualidad de Previsión Social, Fondo de Asistencia Mutua, del Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos ha dado cumplimiento a lo establecido en la legislación vigente. En consecuencia, a propuesta de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones he resuelto:

Autorizar a la entidad denominada Mutualidad de Previsión Social, Fondo de Asistencia Mutua, del Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos con arreglo a lo previsto en el artículo 66 del texto refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, aprobado por Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre, la ampliación de prestaciones en el ramo de vida.

Contra la presente Orden Ministerial, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo previsto en el artículo 109 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y disposición adicional decimoquinta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, se podrá interponer con carácter potestativo recurso de reposición, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la notificación de la misma, de acuerdo con los artículos 116 y 117 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Asimismo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 11.1.a), 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Madrid, 4 de mayo de 2005.-El Ministro, P. D. (Orden EHA/3923/2004, de 22 de octubre, B.O.E. de 30-11), el Secretario de Estado de Economía, David Vegara Figueras.

Sr. Director General de Seguros y Fondos de Pensiones.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid