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Documento BOE-A-2004-9440

Orden ECI/1398/2004, de 7 de mayo, por la que a propuesta de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias, se modifica la Orden ECD/567/2004, de 19 de febrero, por la que se integraban en el Cuerpo de Inspectores de Educación, a don Francisco Meneses Fernández y a don Emilio Vicente Mateu.

Publicado en:
«BOE» núm. 123, de 21 de mayo de 2004, páginas 19189 a 19189 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - A. Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-2004-9440

TEXTO ORIGINAL

Por Orden ECD/567/2004, de 19 de febrero (Boletín Oficial del Estado de 5 de marzo), a propuesta de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias, se integran como funcionarios de carrera del Cuerpo de Inspectores de Educación, a don Francisco Meneses Fernández y don Emilio Vicente Mateu.

Vista la nueva propuesta de la Dirección General de Personal de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias.

Este Ministerio ha dispuesto su modificación en el siguiente sentido:

Primero.

Modificar la fecha de efectos de 1 de enero de 2004 con que figuran en el apartado tercero de la Orden ECD/567/2004, de 19 de febrero debiendo considerar el 1 de septiembre de 2002 como la fecha de efectos de la integración como funcionarios de carrera en el Cuerpo de Inspectores de Educación de los nombrados por la citada Orden.

Segundo.

Contra esta Orden que es definitiva en la vía administrativa cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.

Asimismo, la presente Orden podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 7 de mayo de 2004.‒La Ministra, P. D. (Orden ECI/1217/2004, de 3 de mayo, B.O.E del 6), el Subsecretario, Fernando Gurrea Casamayor.

Ilmo. Sr. Subsecretario.

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