La Secretaría de Estado de Justicia, previa instrucción de
expediente de rehabilitación, de conformidad con lo establecido en
el artículo 493 de la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre,
de modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del
Poder Judicial, y en virtud de la Orden de 26 de junio (B.O.E.
del 3 de julio de 2003) por la que el Ministro de Justicia delega
determinadas atribuciones y aprueba las efectuadas por otras
Autoridades del Departamento en otros órganos, ha resuelto conceder
la rehabilitación y vuelta al servicio activo en el Cuerpo de
Auxiliares de la Administración de Justicia de doña Dolores Lojo
García.
Contra la presente Orden que pone fin a la vía administrativa,
cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo
de dos meses, contados desde el día siguiente a su publicación
ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia
Nacional, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley
29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa, o bien, con carácter potestativo, recurso de
reposición ante el Secretario de Estado de Justicia en el plazo
de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación,
significándose que en este caso no se podrá interponer recurso
contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se
haya producido la desestimación presunta del mismo, de
conformidad con lo dispuesto en la Ley 4/1999, de modificación de
la Ley 30/1992.
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y demás efectos.
Madrid, 10 de marzo de 2004.-El Ministro, P. D. (Orden
JUS/1825/2003, de 26 de junio, B.O.E. de 3 de julio), el
Secretario de Estado, Rafael Catalá Polo.
Ilmo. Sr. Director General de Relaciones con la Administración
de Justicia.
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