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Documento BOE-A-2004-8973

Resolución de 29 de marzo de 2004, de la Secretaría General de Medio Ambiente, sobre la evaluación de impacto ambiental del proyecto "Línea de Alta Velocidad Madrid-Alcázar de San Juan-Jaén, tramo: Alcázar de San Juan-Manzanares", de la Dirección General de Ferrocarriles del Ministerio de Fomento.

Publicado en:
«BOE» núm. 116, de 13 de mayo de 2004, páginas 18640 a 18640 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2004-8973

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de evaluación de impacto ambiental, modificado por la Ley 6/2001, de 8 de mayo, y su Reglamento de ejecución, aprobado por Real Decreto 1131/1988, de 30 de septiembre, establecen que los proyectos públicos o privados, consistentes en la realización de las obras, instalaciones o de cualquier otra actividad comprendida en el Anexo II de este Real Decreto Legislativo sólo deberán someterse a una evaluación de impacto ambiental en la forma prevista en esta disposición, cuando así lo decida el órgano ambiental en cada caso.

El proyecto «Línea de alta velocidad Madrid-Alcázar de San Juan-Jaén. Tramo: Alcázar de San Juan-Manzanares», se encuentra comprendido en el apartado k del grupo 9 del anexo II de la Ley 6/2001, antes referida. Con fecha 22 de octubre de 2003, la Dirección General de Ferrocarriles remitió a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental la documentación relativa al proyecto incluyendo sus características, ubicación y potenciales impactos, al objeto de determinar la necesidad de su sometimiento a procedimiento de evaluación de impacto ambiental.

El proyecto «Línea de alta velocidad Madrid-Alcázar de San Juan-Jaén. Tramo: Alcázar de San Juan-Manzanares», consiste fundamentalmente en la mejora de la plataforma ferroviaria existente y la sustitución de la superestructura y la electrificación entre los p.p.k.k. 149+000 al 184+000 y 188+000 al 197+000. Entre el p.k 184+000 y el p.k. 188+000 el proyecto presenta la modificación de la actual curva próxima al núcleo de Herrera de la Mancha para permitir la circulación a una velocidad superior a 220 km/h. El análisis ambiental incluido en la documentación aportada por la Dirección General de Ferrocarriles recoge que no se esperan afecciones importantes por la ejecución y puesta en marcha de la actuación, ya que conlleva obras de mejora de la infraestructura existente, no precisando por tanto grandes movimientos de tierra, ni nuevas estructuras para el paso de cauces o caminos, ni ocupación de nuevos terrenos. Señala la presencia de hábitats prioritarios de gramíneas anuales y la posible afección a vías pecuarias en el entorno de Herrera de la Mancha donde está prevista la rectificación de la curva existente. La documentación recoge las siguientes medidas correctoras que se desarrollarán en fases posteriores: protección y gestión de la tierra vegetal; protección de cauces y acuíferos; jalonado en áreas de vegetación de interés; medidas sobre comunidades faunísticas; integración paisajística; evaluación de niveles de ruido; reposición de vías pecuarias; prospección arqueológica y definición contractual de las medidas.

La Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental ha solicitado informe a diferentes organismos e instituciones. Un resumen de esta consulta se recoge en el Anexo.

Considerando las respuestas recibidas, y los criterios del Anexo III de la Ley 6/2001, y analizada la totalidad del expediente, no se deduce la posible existencia de impactos ambientales significativos que aconsejen someter el proyecto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental. Por lo tanto, en virtud del artículo 1.2 de la Ley precitada, la Secretaría General de Medio Ambiente a la vista de del informe emitido por la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental de este Ministerio de fecha 29 de marzo de 2004, considera que no es necesario someter al procedimiento de evaluación de impacto ambiental el proyecto «Línea de alta velocidad Madrid-Alcázar de San Juan-Jaén. Tramo: Alcázar de San Juan-Manzanares».

No obstante, en la realización del proyecto se deberán tener en cuenta los estudios y actuaciones recogidas en las respuestas emitidas por las Consejerías de Cultura: Obras Públicas; y Agricultura y Medio Ambiente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. Además, el proyecto asegurará el cumplimiento de los siguientes requerimientos ambientales:

Delimitación de los enclaves de hábitats naturales prioritarios correspondientes a «zonas subestépicas de gramíneas y anuales (Thero-Brachypodietea)», asegurando su no afección.

Transplante de los ejemplares de encina afectados por la modificación de la curva en Herrera de la Mancha.

Considerando que previsiblemente la línea una vez acondicionada para circulaciones con velocidades superiores a 220 Km/h precisará de un cerramiento longitudinal, del cual hoy carece, que limitará la permeabilidad actual del territorio para la fauna, el proyecto desarrollará, en consulta con la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente, un estudio faunístico que determine el alcance de dicha afección y, en su caso, incluya las correspondientes modificaciones en la línea actual que permita minimizar el impacto hasta límites admisibles.

Madrid, a 29 de marzo de 2004.–El Secretario general, Juan María del Álamo Jiménez.

ANEXO
Resumen de las consultas previas sobre el impacto ambiental del proyecto
Relación de consultados Respuestas recibidas
Dirección General de Conservación de la Naturaleza.
Subdelegación del Gobierno en Ciudad Real. X
Confederación Hidrográfica del Guadiana.
Dirección General de Calidad Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
Dirección General de Desarrollo Rural de la Consejería de Agricultura de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. X
Dirección General de Patrimonio y Museos de la Consejería de Cultura de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. X
Dirección General del Agua de la Consejería de Obras Públicas de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. X
Dirección General del Medio Natural de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
Diputación Provincial de Ciudad Real.
Ayuntamiento de Alcázar de San Juan (Ciudad Real).
Ayuntamiento de Manzanares (Ciudad Real).

La Dirección General de Producción Agropecuaria de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha señala que en la pedanía de Cinco Casas se encuentra una zona de regadíos de interés general, por lo que solicita que se respete la ubicación de los pozos, se proceda a la reubicación de los pozos afectados, y se asegure la continuidad de las acequias, de los caminos rurales y de las zanjas de drenaje. Aporta un plano a escala 1:10.000 del sector afectado por el proyecto.

La Dirección General de Patrimonio y Museos de la Consejería de Cultura de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha indica que es necesario realizar un estudio del patrimonio histórico-artístico y arqueológico autorizado por esa Dirección General.

La Dirección General del Agua de la Consejería de Obras Públicas de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha recoge observaciones a tener en cuenta en el proyecto definitivo relativas a obras de paso, residuos, afección a sistemas fluviales y procesos erosivos.

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