Valoradas las solicitudes presentadas, de acuerdo con lo establecido en la norma décima de la convocatoria y una vez elevadas las candidaturas por el Comité de Selección, la Dirección del Instituto de Estudios Fiscales, por las competencias atribuidas mediante Real Decreto 63/2001, de 26 de enero de 2001, por el que se aprueba el Estatuto del Organismo Autónomo del Instituto de Estudios Fiscales, ha acordado la adjudicación definitiva de las citadas becas a los solicitantes que figuran en el anexo de esta Resolución. Asimismo, figuran en dicho anexo los candidatos seleccionados como suplentes.
Contra la resolución del procedimiento de concesión de la beca, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación, de acuerdo con los artículo 9.c) y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a su notificación, con arreglo a los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sin que puedan interponerse simultáneamente ambos recursos.
Madrid, 2 de enero de 2004.–El Director, Juan José Rubio Guerrero.
Titular: Laura Rodríguez Espasandín.
Suplente: José Luis Sanmartín Sola.
Área de Estadística:
Titular: Jaime Villanueva García.
Suplente: Purificación Sánchez Sánchez.
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