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Documento BOE-A-2004-844

Resolución de 12 de enero de 2004, de la Presidencia del Tribunal de Cuentas, por la que se anuncia convocatoria pública para proveer un puesto de trabajo por el sistema de libre designación.

Publicado en:
«BOE» núm. 13, de 15 de enero de 2004, páginas 1673 a 1674 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Tribunal de Cuentas
Referencia:
BOE-A-2004-844

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.1.b) de la

Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de

la Función Pública, modificado en su redacción por la Ley

23/1988, de 28 de julio, y en los artículos 2.1.b); 3.k); 6.b);

18; 88; 89.2.a), b) y c); 93 y disposiciones adicionales cuarta,

uno, y quinta, dos, de la Ley 7/1988, de 5 de abril, modificada

por la Ley 31/1991, de 30 de diciembre, y por la Ley 22/1993,

de 29 de diciembre,

Esta Presidencia, previo acuerdo de la Comisión de Gobierno,

ha resuelto anunciar la provisión, por el procedimiento de libre

designación, del puesto de trabajo que se detalla en el anexo I

de la presente Resolución, y que figura en la Relación de Puestos

de Trabajo del Tribunal de Cuentas, con arreglo a las siguientes

bases:

Primera.-Podrán tomar parte en esta convocatoria:

Uno. Los funcionarios pertenecientes a los Cuerpos

Superiores de Letrados y de Auditores del Tribunal de Cuentas que reúnan

las condiciones establecidas en el anexo I, para el puesto de trabajo

que se anuncia.

Dos. Los funcionarios pertenecientes a Cuerpos y Escalas del

Grupo A de la Administración del Estado, Comunidades

Autónomas y Administración Local que, igualmente, reúnan las

condiciones establecidas en el citado anexo I, para el puesto de trabajo

convocado.

Segunda.-Las solicitudes se presentarán en el modelo de

instancia que figura como anexo II y se dirigirán, en el plazo de

quince días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación

de la presente Resolución en el "Boletín Oficial del Estado", a

la Presidencia del Tribunal de Cuentas (Registro General), calle

Fuencarral, número 81, 28004 Madrid, o por cualquiera de las

formas que establece el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26

de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según la redacción

dada al mismo por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Tercera.-Los aspirantes deberán acompañar a la solicitud una

copia del título de funcionario y su currículum profesional, en

el que consten títulos académicos, años de servicio, puestos de

trabajo desempeñados en el Tribunal de Cuentas o en las

Administraciones Públicas, estudios y cursos realizados y otros méritos

que se estime oportuno poner de manifiesto, y harán constar de

forma explícita y pormenorizada las características y contenidos

del puesto de trabajo que vinieren desempeñando, el nivel del

mismo y el grado personal que hayan consolidado. Asimismo,

a dicho currículum podrá adjuntarse una memoria sobre el

contenido y organización del puesto solicitado, a juicio de los

aspirantes.

Cuarta.-El Tribunal podrá convocar a los solicitantes para la

celebración de entrevistas personales que permitan deducir de

la experiencia profesional del candidato sus aptitudes para el

desempeño del puesto de trabajo convocado.

Quinta.-Previamente a la designación del funcionario

seleccionado, si la designación fuera a recaer en un funcionario de

alguna de las Administraciones Públicas citadas en la Base

Primera.Dos, el Tribunal de Cuentas requerirá informe favorable del

Departamento u Organismo donde estuviere destinado, de acuerdo

con lo establecido en el artículo 54 del Real Decreto 364/1995,

de 10 de marzo.

Sexta.-La situación administrativa del funcionario de las

Administraciones Públicas que acceda al servicio del Tribunal por ser

designado para el puesto solicitado, será la de servicios especiales,

de acuerdo con lo establecido en el artículo 93.3 de la Ley de

Funcionamiento, modificado por el artículo 29 de la Ley 22/1993,

de 29 de diciembre.

Séptima.-El funcionario de las Administraciones Públicas

incorporado al Tribunal de Cuentas como consecuencia de esta

convocatoria, que cause baja en él por cualquier motivo, se

reincorporará al Ministerio, Organismo o Administración de origen.

Si la causa de la baja fuera la elección o designación para un

puesto que diera lugar al pase a la situación de servicios especiales,

cesará en este Tribunal y se reincorporará al Ministerio, Organismo

o Administración Pública de origen, que concederá el pase a tal

situación.

Octava.-De conformidad con lo dispuesto en los artículos 3.k),

6.b) y 18 de la Ley de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas,

la presente convocatoria se resolverá por el Pleno del Tribunal

de Cuentas, previa propuesta de la Comisión de Gobierno, por

medio de la Resolución de esta Presidencia, que se hará pública

en el "Boletín Oficial del Estado".

Novena.-De acuerdo con el artículo 14 de la Constitución

Española y la Directiva Comunitaria de 9 de febrero de 1976, la

Administración Pública lleva a cabo una política de igualdad de trato

entre hombres y mujeres por lo que se refiere al acceso al empleo,

a la formación profesional y a las condiciones de trabajo.

Madrid, 12 de enero de 2004.-El Presidente, Ubaldo Nieto

de Alba.

Ilmo. Sr. Secretario General del Tribunal de Cuentas.

ANEXO I

Intervención

Puesto de trabajo: Interventor. Número de puestos: Uno. Nivel:

30. Complemento específico: 42.767,69 euros. Grupo A.

Formación específica: Especialización en Contabilidad Pública y en

fiscalización de ingresos y gastos. Experiencia en desempeño de

puesto de trabajo similar.

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