El Real Decreto 222/2004, de 6 de febrero, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2004, («Boletín Oficial del Estado» del 7 de febrero), autoriza en su anexo la convocatoria de dieciocho plazas para el ingreso en la Escala de Programadores de Informática de la Administración de la Seguridad Social. Igualmente, el artículo 5 del citado real decreto prevé la convocatoria de hasta 4346 plazas de promoción interna para los distintos grupos de personal funcionario, con la distribución por Cuerpos y Escalas que determine el Ministerio para las Administraciones Públicas. Una vez efectuada dicha distribución, han sido adjudicadas dieciocho plazas para el ingreso en la Escala de Programadores de Informática de la Administración de la Seguridad Social.
En cumplimiento de lo dispuesto en el referido Real Decreto 222/2004, de 6 de febrero, y con el fin de atender las necesidades de personal en la Administración de la Seguridad Social, este Ministerio, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 13.7 de la Ley 6/1997 de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda publicar la convocatoria de pruebas selectivas para ingreso en la Escala de Programadores de Informática de la Administración de la Seguridad Social, con dos modalidades de acceso, una para la cobertura de las plazas previstas en el anexo del Real Decreto 222/2004, de 6 de febrero y otra, para la cobertura de las plazas previstas en el artículo 5 de dicho real decreto, con sujeción a las siguientes
Bases de la convocatoria
1. Normas generales
1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir 18 plazas de la Escala de Programadores de Informática de la Administración de la Seguridad Social, por el sistema general de acceso libre.
Del total plazas se reservará una para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad de grado igual o superior al 33 por 100.
Una vez cubierta la plaza del cupo de reserva de discapacitados, los aspirantes discapacitados que hayan superado la fase de oposición sin obtener plaza por dicho cupo, podrán optar, en igualdad de condiciones, a las de acceso libre.
La plaza no cubierta por el cupo de reserva de discapacitados se acumulará a las de acceso libre.
Los puestos de trabajo que vayan a ser ofrecidos como destino y que impliquen la participación directa o indirecta en el ejercicio del poder público y en las funciones que tienen por objeto la salvaguardia de los intereses generales del Estado, quedarán reservados a los aspirantes de nacionalidad española.
1.2 Asimismo se convocan pruebas para cubrir 18 plazas de la Escala de Programadores de Informática de la Administración de la Seguridad Social, por promoción interna.
En el caso de que estas plazas quedaran vacantes no podrán acumularse a las de la modalidad de acceso libre.
1.3 El proceso selectivo será único para ambas modalidades de acceso y constará de una fase de Oposición y otra de Curso Selectivo. El proceso constará, además, de una fase de Concurso para los aspirantes por promoción interna.
El proceso selectivo se realizará con las valoraciones, pruebas y puntuaciones que se especifican en el anexo I e incluirá la superación de un Curso Selectivo.
Para la realización de este Curso Selectivo, los aspirantes que hayan superado la fase de oposición serán nombrados funcionarios en prácticas por la autoridad convocante.
Los aspirantes deberán optar por el sistema general de acceso libre o por el de promoción interna.
1.4 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura como anexo II a esta convocatoria.
1.5 Las pruebas selectivas se desarrollarán de acuerdo con el siguiente calendario:
1.5.1 Fase de oposición: para todos los aspirantes.
El primer ejercicio se realizará en la fecha y lugares que determine la resolución a la que se hace referencia en la base 4.1. La duración máxima de la fase de Oposición será de seis meses, contados a partir de la fecha de realización del primer ejercicio. Dicha fase deberá concluir, necesariamente, antes de finalizar el año 2004.
1.5.2 Fase de Concurso: únicamente para los aspirantes por promoción interna.
La fase provisional de concurso se publicará con la relación de opositores que superen el primer ejercicio, y la fase definitiva, por Resolución del Subsecretario del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, con la relación de opositores que superen el segundo ejercicio.
1.5.3 Curso Selectivo: Se realizará a continuación de la fase de Oposición para aquellos aspirantes que hayan superado la misma.
El Curso Selectivo comenzará en el plazo máximo de tres meses, a partir de la publicación en el BOE de la lista definitiva de aprobados, y tendrá una duración máxima de seis meses.
1.6 Los aspirantes que accedan por el sistema de promoción interna tendrán, en todo caso, preferencia sobre los provenientes del sistema de acceso libre para cubrir los puestos de trabajo vacantes, en virtud de lo dispuesto en el artículo 78.1 del R.D. 364/1995, de 10 de marzo.
1.7 Concluido el proceso selectivo, los aspirantes que lo hubieran superado y que hayan acreditado cumplir los requisitos exigidos, serán nombrados funcionarios de carrera mediante resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», con indicación del destino adjudicado.
1.8 La presente convocatoria y los actos que se deriven de ella podrán ser consultados en la siguiente página web: «www.seg-social.es».
2. Requisitos de los candidatos
2.1 Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas los aspirantes deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera los siguientes requisitos de participación:
2.1.1 Ser español o nacional de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o nacional de algún Estado, al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
También podrán participar el cónyuge de los españoles, de los nacionales de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea y de los nacionales de algún Estado, al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los del cónyuge, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
2.1.2 Tener dieciocho años de edad y no haber alcanzado la edad de jubilación.
2.1.3 Estar en posesión o en condiciones de obtener título de Ingeniero Técnico, Diplomado Universitario, Arquitecto Técnico, Formación Profesional de Tercer Grado o equivalente.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación.
2.1.4 No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.
2.1.5 No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas.
Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.
2.2 Los aspirantes que se presenten por el cupo de reserva de discapacitados habrán de tener reconocida la condición legal de discapacitado de grado igual o superior al 33 por 100.
2.3 Los aspirantes que concurran por promoción interna deberán reunir, además, los siguientes requisitos:
2.3.1 Ser personal de las Administraciones u Organismos señalados en el artículo 1.1 de la Ley 30/1984, pertenecer como funcionario de carrera a alguno de los Cuerpos o Escalas del Grupo C relacionados en el anexo VI de estas bases, y tener una antigüedad de, al menos, dos años de servicios efectivos prestados como funcionario de carrera en el Cuerpo o Escala del Grupo C desde el que participan.
2.3.2 También podrán participar los funcionarios de Cuerpos y Escalas Postales y de Telecomunicaciones adscritos al Grupo C que estén destinados en la Administración General del Estado.
2.3.3 Estar incluido a efectos de promoción profesional en el ámbito de aplicación del Real Decreto 364/95, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.
2.4 También podrán participar los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de Organismos Internacionales, que posean nacionalidad española y la titulación exigida para participar en las pruebas selectivas.
3. Solicitudes
3.1 La presentación de solicitudes se realizará en el Registro General del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» y se dirigirán al Subsecretario del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.
3.2 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán cumplimentar el modelo oficial de solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de derechos de examen (modelo 790) que se facilitará gratuitamente en el Centro de Información Administrativa del Ministerio de Administraciones Públicas, en la Dirección General de la Función Pública, en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno, en las representaciones diplomáticas o consulares de España en el extranjero y en la página de Internet:
www.map.es/serviciospalp ciudadano/empleo_publico/procesos_selectivos
La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del anexo IV.
3.3 A la solicitud «Ejemplar para la Administración» se acompañará una fotocopia del Documento Nacional de Identidad o del pasaporte.
Los aspirantes extranjeros que residan en España deberán además presentar una fotocopia compulsada de la tarjeta de residente comunitario o de familiar de residente comunitario en vigor o, en su caso, de la tarjeta temporal de residente comunitario o de trabajador comunitario fronterizo en vigor.
Los aspirantes que sean nacionales de la Unión Europea o de algún Estado, al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, que no residan en España, bien por residir en el extranjero o por encontrarse en España en régimen de estancia, deberán presentar una fotocopia compulsada del documento de identidad o pasaporte.
Los familiares de los anteriores deberán presentar una fotocopia compulsada del visado y, en su caso, del resguardo de haber solicitado la correspondiente tarjeta o del resguardo de haber solicitado la exención de visado y la correspondiente tarjeta. De no haberse solicitado estos documentos deberán presentar los documentos expedidos por las autoridades competentes que acrediten el vínculo de parentesco y una declaración jurada o promesa del español, del nacional de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea o del nacional de algún Estado, al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, con el que existe este vínculo, de que no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.
3.4 Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de Organismos Internacionales deberán acompañar a la solicitud las certificaciones de homologación o, con carácter excepcional, presentarlas al órgano de selección con antelación a la celebración de las correspondientes pruebas.
3.5 Los opositores que participen por promoción interna y no desempeñen un puesto de trabajo, con carácter definitivo, en la relación de puestos de trabajo de la Administración de la Seguridad Social, presentarán unida a su solicitud certificación de méritos (según modelo que figura como anexo V) expedida por los servicios de personal de los Ministerios u organismos donde presten o hayan prestado sus servicios.
La certificación de méritos deberá ir referida a la fecha de publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
3.6 Los aspirantes con discapacidad con un grado de minusvalía igual o superior al 33% que soliciten adaptación de tiempo y/o medios, deberán adjuntar Dictamen Técnico Facultativo emitido por el Órgano Técnico de Valoración que dictaminó el grado de minusvalía.
3.7 Los errores de hecho que pudieran advertirse en la solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, el Subsecretario del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales dictará resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. En dicha resolución, que deberá publicarse en el «Boletín Oficial del Estado», se indicarán los lugares en que se encuentren expuestas al público las listas certificadas completas de aspirantes admitidos y excluidos, señalándose un plazo de diez días hábiles para subsanar el defecto que haya motivado la exclusión u omisión y determinándose el lugar, fecha y hora de comienzo del primer ejercicio de la oposición.
4.2 Finalizado dicho plazo, en el caso de que se hubieran producido modificaciones, éstas se expondrán en los mismos lugares en que lo fueron las relaciones iniciales.
4.3 No procederá la devolución de los derechos de examen en los supuestos de exclusión por causa imputable a los aspirantes.
5. Tribunal
5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura en el anexo III a esta convocatoria.
5.2 El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y demás disposiciones vigentes.
5.3 Los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
5.4 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en la Subdirección General de Ordenación y Desarrollo de los Recursos Humanos de los Organismos Autónomos y de la Seguridad Social, calle Agustín de Bethencourt, n.º 4, 28071-Madrid.
6. Desarrollo de los ejercicios
6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra «S», de conformidad con lo establecido en la resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública de 29 de enero de 2004, («Boletín Oficial del Estado» de 6 de febrero), por la que se anuncia el resultado del sorteo celebrado el día 29 de enero. De acuerdo con dicha resolución, en el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo primer apellido comience por la letra «S», el orden de actuación se iniciará por aquéllos cuyo primer apellido comience por la letra «T» y así sucesivamente.
6.2 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en único llamamiento, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan.
El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento del proceso selectivo, la acreditación de la identidad de los aspirantes.
Asimismo, si tuviera conocimiento de que alguno de los aspirantes no cumple cualquiera de los requisitos exigidos en la convocatoria, previa audiencia al interesado, deberá proponer su exclusión a la autoridad convocante.
6.3 Una vez comenzado el proceso selectivo, los anuncios de celebración de los restantes ejercicios, se harán públicos con doce horas de antelación, al menos, a la señalada para su inicio, si se trata del mismo ejercicio, o con veinticuatro horas, si se trata de uno nuevo. Estos anuncios se efectuarán, al menos, en los locales donde se haya celebrado el anterior y en la sede del Tribunal señalada en la base 5.4.
No obstante, desde la total conclusión de un ejercicio o prueba hasta el comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de setenta y dos horas y máximo de cuarenta y cinco días naturales.
6.4 El Tribunal adoptará las medidas necesarias para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición que sean escritos y no deban ser leídos ante el órgano de selección, sean corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes.
7. Listas de aprobados
7.1 Concluido el primer ejercicio de la fase de la Oposición, el Tribunal hará públicas, en los lugares de celebración del ejercicio y en la sede del Tribunal, las relaciones de aspirantes que lo hayan superado por orden alfabético y por cada modalidad de acceso, con indicación de la puntuación obtenida y la puntuación provisional de Concurso, así como del número del documento nacional de identidad.
Los aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de su publicación, para efectuar sus alegaciones respecto a la valoración provisional de méritos en la fase de Concurso.
Los aspirantes destinados en la relación de puestos de trabajo de la Administración de la Seguridad Social que, habiendo superado el primer ejercicio, participen por promoción interna, deberán presentar, en un plazo de veinte días naturales contados a partir del siguiente al que se hagan públicas las listas de aprobados del primer ejercicio, certificación expedida por los servicios de personal de los Ministerio, Organismo, Entidades Gestoras o Servicio Común de la Seguridad Social donde presten o hayan prestado sus servicios, según modelo que figura como anexo V a esta convocatoria.
La presentación de la certificación podrá hacerse en cualquiera de los lugares indicados en la base 3.1 de esta convocatoria.
La no presentación de la certificación en el plazo señalado supondrá la no valoración al aspirante de la fase de concurso a efectos de lo previsto en el anexo I.
La relación de las puntuaciones definitivas de la fase de Concurso se publicará mediante Resolución del Subsecretario del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales simultáneamente a las calificaciones del segundo ejercicio para aquellos aspirantes que en el mismo hayan alcanzado el mínimo necesario según lo establecido en el anexo I de esta convocatoria, en los lugares señalados en la base 6.3 de la convocatoria.
7.2 Finalizada la fase de oposición, el Presidente del Tribunal elevará a la autoridad convocante la relación definitiva de aspirantes que han superado dicha fase, por cada modalidad de acceso, por orden de puntuación, en la que constarán las calificaciones de cada uno de los ejercicios, la puntuación obtenida en la fase de Concurso, para los aspirantes por promoción interna, y la suma total. Dicha relación se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», disponiendo los aspirantes propuestos de un plazo de veinte días naturales, desde la publicación en el Boletín Oficial del Estado, para la presentación de la documentación acreditativa de los requisitos exigidos en la convocatoria.
7.3 No se podrá declarar superado el proceso selectivo a un número de aspirantes superior al de plazas convocadas.
7.4 La adjudicación de los puestos a los aspirantes que superen el proceso selectivo se efectuará de acuerdo con la puntuación total obtenida según la petición de destino, a la vista de los puestos que se ofrezcan.
8. Norma final
A las presentes pruebas selectivas les serán de aplicación la Ley 30/1984, de 2 de agosto; el R.D. 364/1995, de 10 de marzo, la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la convocatoria.
Contra la presente convocatoria, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde el día siguiente a su publicación, ante el órgano jurisdiccional competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o bien, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el excelentísimo señor Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, significándose, que en este caso, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada ley.
Madrid, 14 de abril de 2004.–El Ministro, P. D. (Orden de 21 de mayo de 1996, BOE 27 de mayo de 1996), el Subsecretario, José Marí Olano.
El proceso de selección para el acceso a la Escala de Programadores de Informática de la Administración de la Seguridad Social para los aspirantes del sistema general de acceso libre, constará de dos fases:
a) Oposición.
b) Curso Selectivo.
Para los aspirantes que participen por promoción interna constará de las siguientes fases: Concurso, Oposición y Curso Selectivo.
A) Fase de Concurso: No tendrá carácter eliminatorio. La certificación de méritos para la valoración de la fase de concurso deberá estar referida a la fecha de publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
1. Antigüedad: Se valorará teniendo en cuenta los servicios efectivos prestados o reconocidos al amparo de la Ley 70/78, de 26 de diciembre, a razón de 1 punto por año hasta un máximo de 28 puntos.
2. Grado personal consolidado: Según el grado personal que se tenga consolidado y formalizado a través del acuerdo de reconocimiento de grado por la autoridad competente, se otorgará la siguiente puntuación:
Grados 14 o inferior: 12,00 puntos.
Grados 15 y 16: 13,00 puntos.
Grados 17 y 18: 14,00 puntos.
Grados 19 y 20: 15,00 puntos.
Grados 21, 22 o superior: 16,00 puntos.
3. Trabajo desarrollado: Según el nivel de complemento de destino correspondiente al puesto de trabajo que se ocupe con carácter definitivo en la Relación de Puestos de Trabajo de la Administración de la Seguridad Social, se otorgará la siguiente puntuación:
Nivel 14: 14,00 puntos.
Nivel 15: 15,00 puntos.
Nivel 16: 16,00 puntos.
Nivel 17: 17,00 puntos.
Nivel 18: 18,00 puntos.
Nivel 19: 19,00 puntos.
Nivel 20: 20,00 puntos.
Nivel 21, 22 o superior: 21,00 puntos.
También se otorgará esta puntuación a los funcionarios que hayan sido objeto de movilidad por cambio de adscripción de sus puestos de trabajo dentro del Ministerio de Sanidad y Consumo y sus organismos autónomos, dejando de estar adscritos, como consecuencia, a la Entidad gestora Instituto Nacional de Gestión Sanitaria.
La valoración efectuada en este apartado no podrá ser modificada por futuras reclasificaciones de nivel, con independencia de los efectos económicos de las mismas.
A los funcionarios en comisión de servicios se les valorará el nivel de complemento de destino de su puesto de origen y a los funcionarios en adscripción provisional se les valorará el nivel correspondiente al grado que tengan consolidado, o si no lo tuvieran, el nivel mínimo del grupo C.
A los funcionarios que se encuentren en la situación de excedencia para el cuidado de familiares, se les valorará el nivel del puesto reservado en la Relación de Puestos de Trabajo de la Administración de la Seguridad Social y a los funcionarios en situación de servicios especiales con derecho a reserva de puesto en la Relación de Puestos de Trabajo de la Administración de la Seguridad Social, el nivel del puesto de trabajo en el que les correspondería realizar el reingreso.
4. Puntuación alcanzada en la convocatoria de 2003: A los opositores que hayan superado los dos ejercicios de la convocatoria de 2003 y no hayan obtenido una de las plazas que se convocaban, se les otorgarán 7 puntos.
B) Fase de Oposición: Tanto para los aspirantes por promoción interna como para los de acceso libre, la fase de Oposición estará formada por los siguientes ejercicios de carácter obligatorio y eliminatorio:
1. Primer ejercicio: Para los aspirantes de acceso libre y los de promoción interna no exentos de la materia general del programa (forma de acceso «B»), consistirá en contestar por escrito a un cuestionario de 90 preguntas sobre la totalidad de las materias contenidas en el programa a que hace referencia el anexo II.
Los aspirantes que participen por promoción interna y que pertenezcan a los Cuerpos o Escalas que figuran en el anexo VI con los códigos números 1188 (exclusivamente los que procedan por integración de la Escala de Operadores de Ordenador de Informática de la Administración de la Seguridad Social), 1616, 1633, 1640, 1641, y 1654, forma de acceso «A», estarán exentos de la materia general del programa señalado en el anexo II y contestarán por escrito a un cuestionario de 60 preguntas.
Los cuestionarios estarán compuestos por preguntas con respuestas múltiples, siendo sólo una de ellas correcta, y teniendo todas ellas el mismo valor. Las contestaciones erróneas se valorarán negativamente.
Este ejercicio se realizará en sesión única y con una duración de 90 minutos para los aspirantes de acceso libre y de promoción interna no exentos de la materia general del programa (forma de acceso «B»). Para los aspirantes de promoción interna exentos de la materia general del programa (forma de acceso «A»), la duración del ejercicio será de 60 minutos.
El ejercicio se calificará de cero a 50 puntos, siendo necesario obtener 25 puntos para acceder al segundo ejercicio. Esta puntuación mínima resultará de las puntuaciones transformadas que se deriven de los baremos que fije el Tribunal.
2. Segundo ejercicio: Consistirá en la resolución por escrito, durante un período de 4 horas, de un supuesto práctico. Para la resolución del supuesto, el Tribunal podrá proponer a los aspirantes la posibilidad de elegir una entre varias opciones tecnológicas distintas, correspondientes a diferentes dominios del conocimiento en el campo de los Sistemas y Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, relacionadas con las materias que figuran en el anexo II de la convocatoria.
El ejercicio deberá ser leído íntegramente por el opositor en sesión pública ante el Tribunal.
Una vez leído ante el Tribunal el ejercicio completo, éste procederá a realizar cuantas preguntas considere necesarias durante un período máximo de veinte minutos, para determinar el grado de adecuación de la solución propuesta.
Se calificará con un máximo de 50 puntos. Para superar este ejercicio será necesario obtener un mínimo de 25 puntos. Esta puntuación mínima resultará de las puntuaciones transformadas que se deriven de los baremos que fije el Tribunal.
La calificación final de las pruebas vendrá determinada, para los participantes por el sistema de acceso libre, por la suma total de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios.
En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio.
De mantenerse esta circunstancia, se dirimirá con la realización de una prueba complementaria, a determinar por el Tribunal, en el plazo máximo de un mes contado a partir de la publicación de la relación de opositores que superan el segundo ejercicio.
Esta prueba complementaria la realizarán exclusivamente los opositores afectados por el empate para establecer el orden de prioridad entre ellos.
A los aspirantes por el sistema de promoción interna, se les adicionará, a la puntuación obtenida por la suma de las calificaciones de los dos ejercicios, la puntuación obtenida en la fase de Concurso.
En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio. De mantenerse esta circunstancia se dirimirá a favor de la mayor puntuación alcanzada en el primer ejercicio, en la fase de Concurso, en el mérito de antigüedad y, de persistir aún la situación de empate, se atenderá a la puntuación otorgada al trabajo desarrollado y al grado consolidado, por este orden. Si aún hubiera lugar para ello, se dirimirá acudiendo al mayor número de días de servicio prestados y reconocidos al amparo de la Ley 70/78, de 26 de diciembre, finalmente se atenderá al mayor nivel de titulación académica poseída.
En los ejercicios que se exima a los aspirantes que ostenten la condición de funcionarios de organismos internacionales, se otorgará la calificación mínima exigida para la superación de los mismos. Los interesados podrán renunciar a tal calificación y participar en las pruebas de las que han sido eximidos en igualdad de condiciones que el resto de los aspirantes del sistema general de acceso libre. Tal renuncia deberá llevarse a cabo por escrito con anterioridad al inicio de las pruebas selectivas.
Se adoptarán las medidas precisas para que los aspirantes con minusvalía gocen de similares condiciones que el resto de los aspirantes en la realización de los ejercicios. En este sentido, para las personas con minusvalía que así lo hagan constar en su solicitud, se establecerán las adaptaciones posibles en tiempos y medios para su realización.
C) Curso Selectivo: Los aspirantes aprobados, nombrados funcionarios en prácticas por Orden de la autoridad convocante, participarán en el Curso Selectivo correspondiente a la tercera fase del proceso de selección. El Curso Selectivo tendrá carácter eliminatorio.
El comienzo del mismo tendrá lugar dentro de los tres meses siguientes a la finalización de la fase de Oposición. Su duración, que no excederá de seis meses, así como su contenido se concretará por Resolución de la Subsecretaría del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. Esta fase tendrá como finalidad esencial la adquisición por parte de los funcionarios en prácticas del conocimiento de aquellas materias de carácter eminentemente informático necesario para el desempeño de los puestos a ocupar.
El Curso Selectivo se calificará de 0 a 30 puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de 15 puntos.
Los aspirantes que no superen el Curso Selectivo, perderán todos sus derechos al nombramiento como funcionarios de carrera. Al finalizar el Curso Selectivo, los aspirantes serán evaluados por el Subsecretario del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales en base a los informes emitidos por los responsables de las unidades en las que se realice el citado Curso.
D) Superación de ejercicios de esta convocatoria de los aspirantes por promoción interna: Los aspirantes que en el turno de promoción interna hubieran superado las pruebas pero, al no reunir méritos suficientes, no hubieran aprobado, quedarán exentos de la realización de las pruebas en la siguiente convocatoria.
MATERIA GENERAL
I. Seguridad Social
Tema 1. La Seguridad Social en la Constitución Española de 1978. El texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social de 1994. Estructura y contenido.
Tema 2. Régimen económico financiero de la Seguridad Social: Fuentes de financiación. Patrimonio de la Seguridad Social. Recursos generales de la Seguridad Social. Inversiones.
Tema 3. Campo de aplicación y composición del sistema de la Seguridad Social. Régimen General: Ámbito subjetivo de aplicación, inclusiones y exclusiones.
Tema 4. Campo de aplicación y composición del sistema de la Seguridad Social. Regímenes Especiales: Enumeración y características generales. Sistemas Especiales: Enumeración y características generales.
Tema 5. Normas sobre afiliación. Altas y bajas en el Régimen General. Procedimiento y efectos. El convenio especial y otras situaciones asimiladas a la del alta. Encuadramiento e inscripción.
Tema 6. Contingencias y situaciones protegidas. El concepto de Accidente de Trabajo. El accidente «in itinere». El concepto de Enfermedad Profesional.
Tema 7. Acción protectora. Contenido y clasificación de las prestaciones, caracteres de las prestaciones. Incompatibilidades. Prescripción. Caducidad. Reintegro de las prestaciones indebidas.
Tema 8. Requisitos generales del derecho a las prestaciones. Responsabilidades en orden a las prestaciones por incumplimiento de las obligaciones de afiliación, altas, bajas y cotización. Auto-maticidad y anticipo de prestaciones.
Tema 9. Incapacidad temporal: Concepto y causas que motivan esta situación. Beneficiarios. Prestación económica: Determinación y cuantía. Nacimiento, duración y extinción del derecho al subsidio. Maternidad: Prestaciones y duración.
Tema 10. Incapacidad permanente en la modalidad contributiva. Concepto. Grados de incapacidad. Prestaciones: determinación y cuantía. Beneficiarios. Nacimiento, duración y extinción del derecho.
Tema 11. Lesiones permanentes no invalidantes. La calificación y revisión de la incapacidad permanente.
Tema 12. Jubilación en la modalidad contributiva: Concepto. Requisitos: Especial referencia a la edad de jubilación. Determinación de la cuantía de la prestación: Base reguladora y porcentaje aplicable. Suspensión y extinción de la prestación.
Tema 13. La protección por muerte y supervivencia. Hecho causante. Requisitos para las pensiones de viudedad, orfandad y en favor de familiares. Cuantía de las prestaciones. Compatibilidad. Extinción. El auxilio por defunción.
Tema 14. Prestaciones familiares por hijo a cargo. Modalidades contributiva y no contributiva. Requisitos para el reconocimiento. Cuantía de las prestaciones. Supuestos especiales. Régimen de incompatibilidades.
Tema 15. Las pensiones no contributivas. Antecedentes. Invalidez no contributiva: Concepto, beneficiarios, cuantía y régimen de jurídico. Jubilación no contributiva: Concepto, beneficiarios, cuantía y régimen jurídico. Las pensiones de ancianidad en favor de españoles no residentes.
Tema 16. La asistencia social y los servicios sociales. La protección a la tercera edad. La protección a la minusvalía. El empleo de los trabajadores minusválidos. Régimen unificado de ayudas públicas a disminuidos. Otros servicios sociales.
Tema 17. Revalorización de pensiones: Pensiones únicas y pensiones concurrentes. Cuantías mínimas y complementos por mínimos. Límites máximos.
Tema 18. La cotización a la Seguridad Social: Normas comunes del Sistema. La liquidación de cuotas. El Régimen General de la Seguridad Social. Supuestos especiales. Bases y tipos de cotización. Liquidación de otras deudas.
Tema 19. La gestión recaudatoria: Concepto, competencia y objeto. Responsables del pago. Requisitos para el pago de las distintas formas de extinción de las deudas. El aplazamiento. La Recaudación en período voluntario. Efectos de la falta de recaudación en plazo reglamentario. Recaudación de otros recursos. Capitales coste de pensiones. Control de recaudación.
Tema 20. La recaudación en vía ejecutiva. Normas generales. Iniciación y títulos ejecutivos, la providencia de apremio. Oposición y efectos. El embargo de bienes. Enajenación de bienes. Modalidades. Créditos incobrables. Tercerías.
Tema 21. Gestión de la Seguridad Social. Entidades gestoras: Naturaleza, organización y funciones.
Tema 22. La Tesorería General de la Seguridad Social: naturaleza, competencias y funciones. Estructura orgánica. Especial referencia a la Subdirección General de Informática. Naturaleza, estructura y funciones.
Tema 23. La colaboración en la gestión. Mutuas de Accidente de trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social. Requisitos para su constitución, competencias y ámbito de colaboración, la colaboración empresarial: Colaboración obligatoria y colaboración voluntaria.
Tema 24. Los Regímenes Especiales de la Seguridad Social. Régimen Especial Agrario. Planteamiento general, campo de aplicación. Inscripción de los trabajadores en el censo. Cotización y recaudación de los trabajadores y empresarios. Acción protectora.
Tema 25. Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos. Campo de aplicación. Afiliación, altas y bajas. Cotización. Acción protectora. Régimen Especial de los Trabajadores del Mar. Campo de aplicación. Afiliación, altas y bajas. Cotización. Acción protectora.
Tema 26. Régimen Especial de la Minería del Carbón. Antecedentes. Campo de aplicación. Particularidades en materia de cotización y de la acción protectora con respecto al Régimen General. Régimen Especial de Empleados de Hogar. Afiliación, altas y bajas. Cotización. Acción protectora. El Seguro Escolar.
Tema 27. Los Regímenes Especiales externos al sistema institucional de la Seguridad Social. La Seguridad Social de los funcionarios civiles del Estado. La Seguridad Social de las Fuerzas Armadas y de la Administración de Justicia.
Tema 28. El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. Órganos de dirección y tutela de la Seguridad Social. La Inspección de Trabajo y Seguridad Social: Funciones y competencias.
Tema 29. Derecho Internacional de Seguridad Social. Fuentes. Convenios bilaterales suscritos por España: Características generales y principios que los informan. Convenios de la Organización Internacional de Trabajo y del Consejo de Europa ratificados por España.
Tema 30. Derecho comunitario de Seguridad Social. Fuentes. La libre circulación de trabajadores en la Unión Europea. Reglamentos de la Comunidad Europea en materia de Seguridad Social: Especial referencia a los Reglamentos 1408/1971 y 574/1972 de la Comunidad Europea y sus actualizaciones.
II. Derecho Constitucional y Administrativo
Tema 1. La Comunidad Europea. Sistema Institucional. Derecho comunitario europeo y derecho español.
Tema 2. La Constitución Española de 1978. Características. Estructura. La reforma constitucional.
Tema 3. Las Cortes Generales. Las funciones de las Cortes. El funcionamiento de las Cortes.
Tema 4. La Corona. El Rey. Funciones constitucionales del Rey.
Tema 5. El poder judicial. Los derechos y libertades públicas.
Tema 6. El Gobierno. Composición y funciones. Nombramiento y cese. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales.
Tema 7. El Tribunal Constitucional. Composición y atribuciones. El Defensor del Pueblo.
Tema 8. La Administración y el derecho administrativo. Organización administrativa.
MATERIA ESPECÍFICA
I. Informática
Programación y análisis de aplicaciones (10).
Tecnología base (5).
Producción (6).
Sistemas operativos distribuidos (4).
Gestión y control de redes de comunicación (10).
Seguridad (5).
Programación y análisis de aplicaciones:
Tema 1. Análisis de Datos: Modelo Entidad/Asociación.
Tema 2. Diseño de datos: Modelo lógico relacional y normalización.
Tema 3. Análisis y diseño estructurado.
Tema 4. Análisis y diseño orientado a objetos.
Tema 5. Diseño de planes de pruebas de aplicaciones.
Tema 6. Planificación de control de calidad. Plan general de garantía de calidad.
Tema 7. Uso de generadores de código y herramientas de cuarta generación en las fases de diseño e implementación.
Tema 8. Conceptos básicos de orientación a objetos. Programación orientada a objetos en Java. Objetos distribuidos.
Tema 9. Ficheros externos: Organización de ficheros, compresión de datos, índices, ordenación de ficheros, técnicas Has-hing.
Tema 10. Temas avanzados de C: Tipos, operadores y expresiones. Estructuras de control, tablas y punteros. Estructuras de entrada/salida.
Tecnología base:
Tema 11. Conceptos básicos de Sistema Operativo. Monitorización del Sistema Operativo.
Tema 12. Concepto de Base de Datos: Tipos de B.D. Bases de datos con objetivos específicos: Data Warehouse, OLAP, Data Mart, EIS, Data Mining.
Tema 13. Arquitectura de sistemas de almacenamiento en disco. Niveles de RAID. Arquitectura de Librerías Automatizadas de cartuchos. Librerías virtuales.
Tema 14. El sistema de Memoria: Tecnologías de los dispositivos de memoria, memoria cache, memoria virtual y memoria compartida.
Tema 15. Ordenadores de repertorio reducido de instrucciones (RISC): Ventajas e inconvenientes frente a los CICS. Características de un RISC genérico.
Producción:
Tema 16. Herramientas de producción: Gestión de almacenamiento. Automatizadores de consola. Gestión de impresión.
Tema 17. Herramientas de producción: Monitores de rendimiento y planificación de capacidad. Gestión de incidencias y atención al usuario (Help Desk). Herramientas de distribución de ficheros y de software.
Tema 18. Componentes fundamentales del hardware de una instalación. Tipos de ordenadores y periféricos.
Tema 19. Planificación de trabajos y sus recursos necesarios. Control de ejecución de trabajos y rendimiento. Control de incidencias en el sistema.
Tema 20. Sistemas de preexplotación y control de calidad.
Tema 21. Gestión de migración de aplicaciones.
Sistemas operativos distribuidos:
Tema 22. Introducción a los S.O. distribuidos: Conceptos de hardware y software. Conceptos de diseño.
Tema 23. La comunicación en S.O. distribuidos: El modelo ISO/OSI. El modelo Cliente/servidor.
Tema 24. Sincronización en S.O. distribuidos: Sincronización de relojes, exclusión mutua, transacciones atómicas, bloqueos.
Tema 25. Gestión de ficheros en S.O. distribuidos: Conceptos básicos. Conceptos de implementación.
Redes de comunicación:
Tema 26. Modelo de referencia OSI, servicios y protocolos en el modelo OSI.
Tema 27. La Capa Física: Redes digitales y analógicas, transmisión en banda base, modulación. Técnicas de multiplexación y medios de transmisión.
Tema 28. La Capa de Enlace: Su función. Detección y corrección de errores. Protocolos de la capa de enlace. Rendimiento de protocolos.
Tema 29. Redes LAN: Servicios y normas IEEE-802.3 y 802.5. Redes inalámbricas.
Tema 30. La Capa de Red: Servicios, circuitos virtuales y datagramas. Técnicas de encaminamiento. Interconexión de redes.
Tema 31. Arquitectura TCP/IP: Generalidades, direccionamiento y enrutamiento IP, protocolos de transporte TCP y UDP, servicios a nivel de aplicación.
Tema 32. Redes públicas de datos: X.25, RDSI, Frame Relay y ATM. Arquitectura de redes privadas: SNA. Tema 33. Gestión de redes de área local.
Tema 34. Protección y seguridad en redes de área local. Antivirus.
Tema 35. Redes internet y extranet. Conceptos, estructura y características. Su implantación en las organizaciones.
Seguridad:
Tema 36. Planes de contingencia ante desastres. Política de salvaguarda y recuperación de la información. Centros de respaldo.
Tema 37. Planificación física de los datos: Concepto de copia síncrona y asíncrona en subsistemas de almacenamiento de datos.
Tema 38. Seguridad lógica de los datos: Mecanismos de implementación: Firewalls, Productos de protección de recursos, etc.
Tema 39. Encriptación: sistemas simétricos y asimétricos. Clave pública y clave privada. Certificados digitales. Organismos certificadores.
Tema 40. Seguridad perimetral. Medidas de seguridad física y lógica. Control de accesos físicos.
Titulares
Presidente: Don Ángel F. Ribes García, de la Escala de Analistas de Informática, a extinguir de la Administración de la Seguridad Social.
Vocales: Don Eugenio Bezares Ruiz, del Cuerpo Superior de Sistemas y Tecnologías de la Administración de la Seguridad Social; don José Ciruelo Meléndez, del Cuerpo Superior de Sistemas y Tecnologías de la Administración de la Seguridad Social; don Miguel Labaleta Latorre, del Cuerpo de Gestión de Sistemas e Informática de la Administración del Estado.
Secretario: Don Miguel Ángel Pérez Martín, de la Escala de Programadores de Informática de la Administración de la Seguridad Social.
Suplentes
Presidente: Doña María Rosa Altaba Berberana, de la Escala de Analistas de Informática, a extinguir de la Administración de la Seguridad Social.
Vocales: Don Fernando Gasco Criado, del Cuerpo de Gestión de Sistemas e Informática de la Administración del Estado; don Félix Baztán Jareño, de la Escala de Programadores de Informática de la Administración de la Seguridad Social; don Víctor Montero de Espinosa Rojo, del Cuerpo Superior de Sistemas y Tecnologías de la Administración de la Seguridad Social.
Secretario: Don José Luis Esteban Cerrato, de la Escala de Programadores de Informática de la Administración de la Seguridad Social.
El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para todas o alguna de las pruebas.
La solicitud se rellenará según lo establecido en el reverso de la propia solicitud de admisión a las pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) y conforme a las siguientes instrucciones particulares:
En el encabezamiento de la solicitud, en el recuadro correspondiente a Ministerio, los aspirantes consignarán: «Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales». En el recuadro relativo a centro gestor se hará constar «Subsecretaría».
En el recuadro 15, «Cuerpo o Escala», se consignará «Escala de Programadores de Informática de la Administración de la Seguridad Social», y en el recuadro correspondiente a «Código» figurará «1632».
En el recuadro 17, «Forma de Acceso», los aspirantes que participen por el sistema de acceso libre señalarán la letra «L». Los aspirantes que participen por el sistema de promoción interna, que pertenezcan a los Cuerpos o Escalas que se detallan en el apartado B) del anexo I de esta convocatoria, consignarán necesariamente la letra «A». Los restantes opositores por promoción interna consignarán la letra «B».
En el recuadro 18, «Ministerio/Órgano/Entidad convocante», se consignará «Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales». No se cumplimentará el espacio destinado a «Código» que figura a su lado.
En el recuadro 19 se consignará la fecha del Boletín Oficial del Estado en que se haya publicado la presente convocatoria.
En el recuadro 20 de la solicitud destinado a «Provincia de examen» se consignará por los aspirantes, tanto por el sistema de promoción interna como por el sistema de acceso libre, que concurran a la celebración de estas pruebas, la provincia de «Madrid».
En el recuadro 21, «Minusvalía», los aspirantes con minusvalía podrán indicar el porcentaje de minusvalía que tengan acreditado, y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.
Los aspirantes con grado de minusvalía igual o superior al 33 por 100 que deseen participar en las pruebas selectivas por el cupo de reserva de discapacitados, deberán indicarlo en el recuadro 22.
En el recuadro 24, «Títulos académicos oficiales», se consignará: Título de Ingeniero Técnico, Diplomado Universitario, Arquitecto Técnico, Formación Profesional de tercer grado o equivalente.
En el recuadro 25, apartado A), «Datos a consignar según las bases de la convocatoria», los aspirantes deberán indicar el código del Cuerpo o Escala desde el que participan, según los códigos de Cuerpos o Escalas que figuran en el anexo VI de estas bases.
Los aspirantes que concurran por promoción interna y pertenezcan a los Cuerpos o Escalas que figuran en el anexo VI con los códigos números 1188 (exclusivamente los que procedan por integración de la Escala de Operadores de Ordenador de Informática de la Administración de la Seguridad Social), 1616, 1633, 1640, 1641, y 1654, forma de acceso «A», harán constar necesariamente en este epígrafe la expresión «Exentos en el primer ejercicio de la materia general del programa».
El importe de la tasa por derechos de examen será de 19,14 euros para los aspirantes que participen en las pruebas mediante el sistema general de acceso libre.
Para los aspirantes que participen mediante el sistema de promoción interna, la tasa por derechos de examen será de 9,57 euros. El importe de la tasa por derechos de examen se consignará en el recuadro destinado al mismo en el modelo de solicitud.
El ingreso del importe correspondiente a los derechos de examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma autorizada de la misma en el espacio reservado a estos efectos.
Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes. A las mismas se adjuntará el comprobante bancario de haber satisfecho los derechos de examen en la cuenta corriente número 0182/9002/48/0200000524, abierta en la Sucursal 9002, Paseo de la Castellana, número 67, de Madrid, C.P. 28046, del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, a nombre de «Tesoro Público. Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. Cuenta restringida para la recaudación de tasas en el extranjero». El ingreso podrá efectuarse mediante transferencia desde cualquier entidad bancaria.
Estarán exentas del pago de esta tasa:
a) Las personas con grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.
b) Las personas que figuren como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales, y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.
La certificación relativa a la condición de demandante de empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la correspondiente oficina de los servicios públicos de empleo. En cuanto a la acreditación de las rentas se realizará mediante una declaración jurada o promesa escrita del solicitante. Ambos documentos deberán acompañarse a la solicitud.
La falta de justificación del abono de los derechos de examen o de encontrarse exento determinará la exclusión del aspirante. En ningún caso la mera presentación y pago en las oficinas a que se hace referencia supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.
Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes y documentación anexa.
(El certificado debe extenderse en fotocopia de este anexo)
      
    
| Código | Cuerpo/Escala | 
|---|---|
| 010 | C. Agentes del Servicio de Vigilancia Aduanera. | 
| 122 | Veedores Serv. Defensa contra el Fraude, a extinguir. | 
| 207 | C. Administrativo, a extinguir. | 
| 314 | C. Aux. Archivos, Bibliotecas y Museos, a extinguir. | 
| 319 | C. Ayudantes Cinematográficos, a extinguir. | 
| 320 | Traductores Gabinete Prensa, a extinguir. | 
| 414 | C. Traductores del Ejército del Aire. | 
| 415 | C. Delineantes del Ejército del Aire. | 
| 416 | C. Maestros de Arsenales de la Armada. | 
| 417 | C. Cartógrafos de la Armada, a extinguir. | 
| 626 | C. Contadores del Estado, a extinguir. | 
| 627 | C. Administrativo de Aduanas, a extinguir. | 
| 628 | C. Delineantes. | 
| 629 | C. Especialistas Electromecánicos de la Lotería Nacional. | 
| 630 | Estadísticos Técnicos, a extinguir. | 
| 918 | C. Capellanes de Instituciones Penitenciarias. | 
| 919 | C. Ayudantes de Instituciones Penitenciarias, escala masculina. | 
| 920 | C. Ayudantes de Instituciones Penitenciarias, escala femenina. | 
| 1.018 | C. Técnicos Mecánicos de Señales Marítimas, a extinguir. | 
| 1.020 | Delineantes, a extinguir Ley 33/1974. | 
| 1.021 | C. Delineantes de Obras Públicas y Urbanismo. | 
| 1.128 | E. Administrativa OO.AA. suprimidos, a extinguir. | 
| 1.129 | Personal de la Casa de Su Majestad el Rey, grupo C. | 
| 1.130 | C. Técnicos Interpret. Lengua Proc. Zona N. Marruecos. | 
| 1.132 | C. Administrativo, a extinguir (Real Decreto-ley 23). | 
| 1.133 | C. Administrativo del Patrimonio Nacional, a extinguir. | 
| 1.134 | C. Técnicos Especialistas Reproducción Cartográfica. | 
| 1.135 | C. General Administrativo de la Administración del Estado. | 
| 1.136 | C. Delineantes. | 
| 1.188 | C. Técnicos Auxiliares de Informática de la Admón. del Estado. | 
| 1.230 | Ag. Insp. Proced. Serv. Insp. Disp. Mercado Exterior. | 
| 1.427 | C. Administrativos-Calculadores de Meteorología del Estado. | 
| 1.428 | C. Intérpretes Informadores. | 
| 1.429 | C. Observadores de Meteorología del Estado. | 
| 1.430 | C. Técnico Especialistas Telecomunicaciones Aeronáuticas. | 
| 1.431 | C. Ejecutivo Postal y de Telecomunicación. | 
| 1.432 | C. Técnicos Especialistas Aeronáuticos. | 
| 1.433 | C. Técnicos Especializados. | 
| 1.516 | C. Capellanes de la Beneficencia General. | 
| 1.616 | C. Administrativo de Administración de la Seguridad Social. | 
| 1.633 | E. Operadores Ordenador Informática Admón. de la S. Social. | 
| 1.640 | E. Administrativa, a extinguir, de la Administración de la S. Social. | 
| 1.641 | E. Operadores Ordenador Informát., a extinguir, Admón. de la S. Social. | 
| 1.642 | E. Delineantes Administración de la S. Social, a extinguir. | 
| 1.654 | Plazas Operadores Ordenador, a extinguir, ISM. | 
| 1.703 | Subgrupo Admtvo. del Grupo de Administración General. | 
| 5.023 | E. Secret. Cofradías 2.a categoría, a extinguir. | 
| 5.027 | E. Delineantes de Organismos Autónomos del MAPA. | 
| 5.028 | Contables, a extinguir, del SENPA. | 
| 5.029 | E. Jefe de Silo, Centro de Selección y Almacenamiento. | 
| 5.032 | Trad. Bibliot. Ser. Nal. Cul. y Ferm. Tab. | 
| 5.033 | E. Patrones de Embarc. del Inst. Español de Oceanografía. | 
| 5.034 | E. Preparadores Instituto Español de Oceanografía. | 
| 5.036 | E. Administrativos de Cofradías, a extinguir. | 
| 5.037 | E. Agentes Economía Doméstica del Ser. de Extensión Agraria. | 
| 5.038 | E. Monitores de Extensión Agraria Serv. de Extensión Agraria. | 
| 5.039 | E. Secretarios Segunda Categoría de Cámaras Agrarias del IRA. | 
| 5.040 | E. Analista de Laboratorio del IRA. | 
| 5.041 | Auxiliar de Campo del ICONA. | 
| 5.043 | E. Operador de Restitución del IRYDA. | 
| 5.044 | E. Auxiliar Técnico del IRYDA. | 
| 5.045 | E. Inspector de Campos y Cosecha Inst. Semillas, Plantas Vivero. | 
| 5.046 | E. Periodista Inst. Estudios Agrarios, Pesqueros y Alimentarios. | 
| 5.047 | E. Técnica Comisaría Gral. de Abastec. y Transportes del SENPA. | 
| 5.053 | Maquinista del SENPA. | 
| 5.213 | E. Técnico-Administrativo de la Editora Nacional. | 
| 5.214 | Delin. Patr. Alhambra y Generalife. | 
| 5.317 | E. Delineantes de Organismos Autónomos del M. Defensa. | 
| 5.319 | E. Especialistas Aviación INTA Esteban Terradas. | 
| 5.320 | E. Delineantes Proyect. INTA Esteban Terradas. | 
| 5.321 | E. Analistas y Operadores Laborat. INTA Esteban Terradas. | 
| 5.322 | Personal de Taller del INTA Esteban Terradas. | 
| 5.430 | E. Expertos de Servicios Generales de Enseñanzas Integradas. | 
| 5.431 | E. Auxiliar de Archivos, Bibliotecas y Museos de Org. Autón. Mec. | 
| 5.432 | E. Delineantes de Organismos Autónomos del MEC. | 
| 5.433 | C. Ayudantes de Investigación del CSIC. | 
| 5.435 | Aux. Ps. Inst. O. Educ. Prof. PPFP, a extinguir. | 
| 5.527 | E. Inspectores del Servicio de Vigilancia Aduanera. | 
| 5.528 | E. Patrones del Servicio de Vigilancia Aduanera. | 
| 5.530 | E. Mecánicos Navales del Servicio de Vigilancia Aduanera. | 
| 5.616 | E. Delineantes Org. Autónomos Ministerio Industria y Energía. | 
| 5.617 | E. Especialistas Técnicos de Investigación del CIEMAT. | 
| 5.619 | E. Administrativos, a extinguir, del INI. | 
| 5.620 | E. Técnicos Subalternos de Primera, a extinguir, del INI. | 
| 5.621 | E. Técnica Subalterna de Segunda, a extinguir, del INI. | 
| 5.820 | E. Delegados Tribunales de la Obra de Protección de Menores. | 
| 5.821 | Directores Instituc. Obra Protección de Menores. | 
| 5.822 | Educadores Instituciones de la Obra de Protección de Menores. | 
| 5.933 | Pat. Cab. y Fogon. Hab. (M. Naval) N. Sent. | 
| 5.934 | E. Técnicos de Proyectos y Obras de Confed. Hidrográf. del MOPU. | 
| 5.935 | E. Delineantes de Organismos Autónomos del MOPU. | 
| 5.936 | E. Contramaestres de Puertos de OO.AA. del MOPU. | 
| 5.940 | E. Ayudante de Ingeniero Mancomunidad de Canales del Taibilla. | 
| 5.941 | E. Topógrafo 1 Mancomunidad de Canales del Taibilla. | 
| 5.943 | E. Ayudantes de Obras Confederación Hidrográfica Guadalquivir. | 
| 5.944 | E. Encargado Gral. Confederación Hidrográfica del Guadalquivir. | 
| 5.945 | E. Auxiliares Técnicos del CEDEX. | 
| 5.946 | C. Traductores Taquígrafos, grupos 1, 2 y 3, del CEDEX. | 
| 5.947 | E. Programadores del CEDEX. | 
| 5.948 | E. Programadores Técnicos del INCE. | 
| 6.025 | E. Administrativa de Organismos Autónomos. | 
| 6.026 | E. Administrativos de AISS, a extinguir. | 
| 6.115 | E. Delineantes de AISNA. | 
| 6.116 | Terapeutas Ocupacionales de AISNA. | 
| 6.322 | Técnicos-Admtvos., a extinguir, del INAS. | 
| 6.323 | E. Delineación y Medios Audiovisuales del INEM. | 
| 6.417 | E. Única Cuerpo Admtivo. O.M. 4 de julio de 1981, a extinguir. | 
| 6.466 | E. Oficiales Administrativos del ICO. | 
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