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Documento BOE-A-2004-7920

Acuerdo de 5 de abril de 2004, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se resuelve el concurso de méritos convocado por Acuerdo de 11 de febrero de 2004 para la provisión de un puesto entre funcionarios del Cuerpo de Agentes Judiciales o pertenecientes a Cuerpos o Escalas clasificados en el Grupo "E", de las Administraciones Públicas.

Publicado en:
«BOE» núm. 105, de 30 de abril de 2004, páginas 16912 a 16912 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Consejo General del Poder Judicial
Referencia:
BOE-A-2004-7920

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo establecido en los artículos 145 y 146

de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial,

y como resultado del concurso de méritos para la provisión de

un puesto de trabajo en los Órganos Técnicos del Consejo, en

el Centro de Documentación Judicial, entre funcionarios del

Cuerpo de Agentes Judiciales o pertenecientes a cuerpos o escalas

clasificados en el grupo E de las Administraciones Públicas, con

sede en San Sebastián, convocado por acuerdo del Pleno del

Consejo General del Poder Judicial en su reunión del día 11 de febrero

de 2004 (publicado en el Boletín Oficial del Estado número 44,

de 20 de febrero de 2004), la Comisión Permanente de este

Consejo acuerda resolver dicho concurso, por delegación del Pleno,

en los términos de la propuesta de la Comisión de Valoración

designada al efecto, adjudicando el puesto de trabajo de

Subalterno, nivel 11 en el Centro de Documentación Judicial, con sede

en San Sebastián, del Consejo General del Poder Judicial,

atendiendo al orden de puntuación total obtenida, a don Ricardo

Villaverde Ríos, con Número de Documento Nacional de Identidad

número 15903227.

A los efectos previstos en la norma séptima de las que rigen

la convocatoria, no se acompaña la relación complementaria a

que se refiere la misma, al no haber concursantes que hayan

superado la puntuación mínima exigida en las dos fases, a excepción

del concursante al que se ha adjudicado la vacante.

El plazo de toma de posesión en el destino obtenido será de

tres días hábiles, si el funcionario nombrado estuviese en la

localidad de destino, o de un mes, si radica en distinta localidad,

contados a partir del día siguiente al del cese, que deberá

efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación

de este acuerdo en el Boletín Oficial del Estado.

El funcionario nombrado quedará en la situación administrativa

de servicio activo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo

146.3 de la Ley Orgánica 6/1985 de 1 de julio, del Poder Judicial,

y estará sometido al Reglamento de Organización y

Funcionamiento del Consejo, de 22 de abril de 1986, publicado en el Boletín

Oficial del Estado número 107, de 5 de mayo de 1986, así como

a la citada Ley Orgánica.

Los concursantes no nombrados dispondrán de un plazo de

seis meses para retirar la documentación aportada, acreditativa

de los méritos alegados, procediéndose a su destrucción en caso

de no efectuarlo.

Contra el presente acuerdo, que se adopta por delegación del

Pleno del Consejo, cabe recurso contencioso-administrativo ante

la Sala Tercera del Tribunal Supremo en el plazo de dos meses,

contado desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín

Oficial del Estado.

Madrid, 5 de abril de 2004.-El Presidente del Consejo General

del Poder Judicial,

HERNANDO SANTIAGO

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