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Documento BOE-A-2004-7773

Resolución de 13 de abril de 2004, de la Secretaría General Técnica, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Trabajo Consumo y Política Social de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y el Instituto de Migraciones y Servicios Sociales para concluir la construcción, equipamiento y remodelación de centros de discapacitados psíquicos y reconstrucción y equipamiento del Centro de Enfermos Mentales Crónicos de El Palmar.

Publicado en:
«BOE» núm. 102, de 27 de abril de 2004, páginas 16648 a 16649 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2004-7773

TEXTO ORIGINAL

Suscrito el Convenio de Colaboración entre la Consejería de Trabajo Consumo y Política Social de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y el Instituto de Migraciones y Servicios Sociales (IMSERSO) para concluir la construcción, equipamiento y remodelación de centros de discapacitados psíquicos y reconstrucción y equipamiento del Centro de Enfermos Mentales Crónicos de El Palmar, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del citado Convenio, que figura como Anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 13 de abril de 2004.–El Secretario General Técnico, Javier Cepeda Morrás.

ANEXO
Convenio de colaboración entre la Consejería de Trabajo, Consumo y Política Social de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y el Instituto de Migraciones y Servicios Sociales (IMSERSO) para concluir la construcción, equipamiento y remodelación de centros de discapacitados psíquicos y reconstrucción y equipamiento del centro de enfermos mentales crónicos de El Palmar

En Madrid, a 15 de marzo de 2004.

REUNIDOS

De una parte el Ilmo. Sr. Director General del Instituto de Migraciones y Servicios Sociales don Antonio Lis Darder, en virtud de las competencias atribuidas en el art. 6.1 y disposición adicional decimotercera de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999.

De otra parte, la Ilma. Sra. doña Cristina Rubio Peiró, Consejera de Trabajo, Consumo y Política Social del Gobierno de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en nombre y representación de dicha Comunidad Autónoma, nombrada por Decreto 10/2004, de 3 de febrero y en virtud de las competencias atribuidas en el art. 49.l de la Ley 1/88, de 7 de enero y autorizado por el Consejo de Gobierno.

EXPONEN

I

El IMSERSO, anteriormente, Instituto Nacional de Servicios Sociales (INSERSO), es la entidad gestora de la Seguridad Social, adscrita al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales a través de la Secretaría General de Asuntos Sociales, en virtud de lo establecido en el Real Decreto 1888/1996, de 2 de agosto, de estructura orgánica básica de dicho Ministerio, a la que corresponde la gestión de los servicios complementarios de las prestaciones de la Seguridad Social. Entre sus competencias se encuentra la atención a personas mayores y personas con discapacidad y la creación y mantenimiento de Centros para estos colectivos, en donde se les ofrezca la atención permanente y la rehabilitación personal y social que requieran.

II

El Estatuto de Autonomía de la Región de Murcia, aprobado por Ley Orgánica 4/1982, de 9 de junio, y reformado por Ley Orgánica 1/1998, de 15 de junio, atribuye a la Comunidad Autónoma, en su artículo 12.uno.3, en los términos que establezcan las leyes y las normas reglamentarias que en el desarrollo de su legislación dicte el Estado, la función ejecutiva en materia de gestión de las prestaciones y servicios sociales del sistema de Seguridad Social, INSERSO.

III

El Real Decreto 649/1995, de 21 de abril (BOE núm. 125 de 2 de mayo) sobre traspaso de funciones y servicios de la Seguridad Social a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia en materias encomendadas al Instituto Nacional de Servicios Sociales (INSERSO), aprueba el Acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias de 29 de marzo de 1995, por el que se concretan las funciones y servicios que deben ser objeto de traspaso a dicha Comunidad.

IV

En el punto 5 del apartado B) del Acuerdo del Pleno de la Comisión Mixta de Transferencias, de fecha 29 de marzo de 1995, aprobado por el Real Decreto 649/1995, anteriormente mencionado, se establece que la Comunidad Autónoma asume la función de creación, transformación y ampliación, dentro de los límites presupuestarios, así como la clasificación de los centros ordinarios del INSERSO en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

V

Con fecha 27 de diciembre de 2000 la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y el IMSERSO suscribieron un Convenio de Colaboración para la construcción, equipamiento y remodelación de Centros Ocupacionales de Discapacitados Psíquicos («El Palmar» de Murcia y «Los Olivos» de Cieza) así como la creación de un nuevo Centro Ocupacional («Canteras») El importe total previsto en dicho Convenio era de 630.000.000 ptas. con la siguiente distribución:

IMSERSO: 335.000.000 ptas. (2.013.390,55 €).

CARM: 295.000.000 ptas. (1.772.985,26 €).

No obstante, el coste total de las obras ha sido muy superior al previsto inicialmente en el Convenio, por tanto, quedando por finalizar parte de las obras y el equipamiento necesario en el nuevo centro ocupacional de Canteras.

Asimismo, se pretende incluir como objeto de este Convenio, la financiación de la reconstrucción y equipamiento del Centro de Enfermos Mentales Crónicos Luis Valenciano de El Palmar.

El IMSERSO, dentro de sus competencias, ha iniciado la creación de un Centro Nacional de Referencia para Personas con Enfermedad Mental Crónica en el Municipio de Valencia y cuya finalización esta prevista para el año 2007.Dicho Centro, además de plazas residenciales, dedicara la atención especializada a información, formación e investigación que sirvan de apoyo a otros recursos del sector.

Como consecuencia ambas administraciones estiman necesario mantener una coordinación y colaboración directa y continua entre los dos Centros que se dedicaran al mismo fin, sirviendo el Centro «Luis Valenciano» de El Palmar (Murcia) de apoyo al de Referencia Nacional en materia de información, formación e investigación.

Sobre estas bases, ambas partes, reconociéndose legitimidad y capacidad jurídica suficiente, y de conformidad con lo establecido en el artículo 6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, acuerdan suscribir el presente Convenio de colaboración de acuerdo con las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.

El presente Convenio tiene por objeto establecer la colaboración necesaria entre el Gobierno de la Comunidad Autónoma de la Región Murcia y el IMSERSO para concluir la construcción y equipamiento del Centro Ocupacional de «Canteras», así como la colaboración para la reconstrucción y equipamiento del Centro «Residencia para Enfermos Mentales Crónicos Luis Valenciano» de «El Palmar».

Segunda.

El coste total del objeto del Convenio es de tres millones quinientos cinco mil novecientos tres euros con treinta céntimos (3.505.903,30 €). La aportación total del IMSERSO al objeto del Convenio será de dos millones ciento tres mil quinientos cuarenta y dos euros (2.103.542 €), con cargo al ejercicio presupuestario del año 2004, en la aplicación presupuestaria 31.31.7599 (Atención a personas con discapacidad, Transferencias del Capital a CCAA). Dicha aportación se distribuirá de la siguiente forma:

Para el C. Ocupacional de Canteras: 790.000 €

Para la Residencia Luis Valenciano: 1.313.542 €

El Gobierno de la Comunidad Autónoma de la Región Murcia aportará a tal fin, la diferencia entre el coste total y la aportación del IMSERSO, es decir un millon cuatrocientos dos mil trescientos sesenta y un euros con treinta céntimos ( 1.402.361,30 €).

Tercera.

El Gobierno de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia será el encargado de redactar los proyectos de construcción y remodelación de los Centros, así como de adjudicar y contratar tanto las obras como la dirección facultativa, corriendo a su cargo todos los gastos respectivos.

Asimismo la Comunidad Autónoma se encargará de adjudicar y contratar el equipamiento de los Centros.

Cuarta.

Los sucesivos pagos que realizará el IMSERSO a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través de la Tesorería General de la Seguridad Social, se harán efectivos tras la presentación de las oportunas certificaciones (acompañadas de las correspondientes facturas) del Gobierno de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia en las que conste el abono por esta, no solo de la aportación del IMSERSO, sino de las aportaciones previstas por la Comunidad Autónoma en el año correspondiente.

Quinta.

El presente Convenio entrará en vigor en el momento de su firma y extenderá su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2004.

Sexta.

Para la gestión, vigilancia y control de lo pactado en el presente convenio se establece un órgano mixto constituido por dos representantes de cada una de las Instituciones firmantes, que resolverá los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan plantearse respecto del convenio de colaboración, sin perjuicio de la competencia del Orden Jurisdiccional de lo Contencioso-Administrativo y, en su caso, de la competencia del Tribunal Constitucional.

Séptima.

Será causa de resolución del presente Convenio el incumplimiento por las partes intervinientes de las obligaciones contenidas en sus cláusulas.

Octava.

El presente Convenio tiene naturaleza administrativa y se encuentra excluido del ámbito del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Publicas aprobado por RD Legislativo 2/2000, de 16 de junio, en virtud de lo establecido en el art. 3.1.c) de dicho texto legal.

Y, en prueba de conformidad en cuanto se expone y acuerda, se firma el presente Convenio, extendido por cuadruplicado ejemplar, en el lugar y fecha indicados en su encabezamiento.–Por el IMSERSO, Antonio Lis Darder.–Por el Gobierno de la CA de Murcia, Cristina Rubio Peiró.

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