Visto el escrito de doña María Isabel Íñiguez Ballesteros, por el que solicita el reconocimiento de determinados efectos retroactivos a su nombramiento como funcionaria de carrera del Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado.
Comprobada la identidad de la situación existente entre la ahora reclamante con respecto a otros funcionarios de su mismo Cuerpo, en el que todos ellos se integraron en virtud de lo dispuesto en la Ley 37/1979, de 19 de noviembre, desde su condición de funcionarios del Cuerpo General Auxiliar de la Administración Militar, a quienes por distintas sentencias de los Tribunales de Justicia, entre las que pueden citarse las de la Audiencia Nacional de 26 de abril de 1994, 7 de marzo y 15 de octubre de 1996, se les reconocieron dichos efectos retroactivos, resulta procedente acceder a su petición, aplicándole los mismos pronunciamientos contenidos en aquéllas, de conformidad con el principio de igualdad consagrado en el artículo 14 de la Constitución.
En su virtud, esta Secretaría de Estado para la Administración Pública, en uso de las facultades que le están conferidas por el artículo 6.3 del Real Decreto 2169/1984, de 28 de noviembre, resuelve:
Retrotraer al 11 de marzo de 1985 los efectos administrativos del nombramiento de doña María Isabel Íñiguez Ballesteros como funcionaria de carrera del Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, en el que tiene asignado el número de Registro de Personal 5052250813 A1135.
Disponer que por los servicios correspondientes del Ministerio de Defensa, en el que se encuentra destinada, se le practique y abone liquidación complementaria por diferencias de haberes entre los percibidos y los que realmente le hubieran correspondido como funcionaria de carrera del mencionado Cuerpo desde el día 3 de febrero de 1999, de conformidad con el plazo de prescripción establecido en el artículo 46 de la Ley General Presupuestaria de 23 de septiembre de 1988.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer potestativamente recurso de reposición ante la autoridad que lo dictó en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 177 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común de 26 de noviembre de 1992, o bien recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses a partir asimismo del día siguiente al de la indicada publicación, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 11.1.a) de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 13 de julio de 1998.
Madrid, 13 de abril de 2004.‒El Secretario de Estado, Julio Gómez-Pomar Rodríguez.
Ilmo. Sr. Subsecretario del Ministerio de Defensa e Ilma. Sra. Directora General de la Función Pública.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid