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Documento BOE-A-2004-76

Resolución de 16 de diciembre de 2003, de la Dirección General de Instituciones Penitenciarias, por la que se hace público el listado de aprobados definitivos en la fase de oposición, mediante el sistema general de acceso libre, para el ingreso en el Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias, especialidades de Juristas y Psicólogos.

Publicado en:
«BOE» núm. 2, de 2 de enero de 2004, páginas 68 a 68 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-2004-76

TEXTO ORIGINAL

Por Orden INT/1348/2003, de 5 de mayo de 2003, del

Ministerio del Interior, se convocan pruebas selectivas para el ingreso

en el Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias,

por el sistema general de acceso libre, especialidades de Juristas

y Psicólogos (Boletín Oficial del Estado" de 30 de mayo).

Una vez finalizada la fase de oposición y entregadas por el

Presidente del Tribunal coordinador copia certificada de las listas

de aprobados, esta Dirección General, en virtud de lo previsto

en el artículo 22 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo,

por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso, y en

la base 7.2 de la convocatoria, resuelve:

Primero: Hacer pública la relación de aprobados por orden

de puntuación en las pruebas selectivas para el ingreso en el

Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias,

especialidades de Juristas y Psicólogos, en la fase de oposición, que se

encontrarán expuestas en los tablones de anuncios de los centros

penitenciarios y en la Dirección General de Instituciones

Penitenciarias.

Segundo: En el plazo de veinte días naturales, a contar desde

el siguiente a su publicación en el "Boletín Oficial del Estado",

los aspirantes aprobados deberán presentar en la Subdirección

General de Personal de Instituciones Penitenciarias la

documentación acreditativa de los requisitos exigidos en la convocatoria,

base 2, requisitos de los candidatos:

A) Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2.1.3

o certificación académica que acredite haber realizado todos los

estudios para la obtención del título.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá

presentarse la credencial de su homologación.

B) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado

mediante expediente disciplinario de ninguna Administración

Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones

públicas.

C) Certificado médico oficial en el que se acredite no padecer

enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que

sea incompatible con el desempeño de las correspondientes

funciones.

D) Los aspirantes que no posean la nacionalidad española,

deberán presentar declaración jurada o promesa de no estar

sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su

estado el acceso a la función pública.

Los aspirantes extranjeros que no residan en España deberán

presentar fotocopia compulsada del resguardo de haber solicitado

la tarjeta de residencia comunitaria, en el caso de que no la hubiera

tenido que aportar en el momento de presentar la solicitud de

participación.

E) Los aspirantes que se presenten por el cupo de reserva

de discapacitados habrán de tener reconocida la condición legal

de discapacitado de grado igual o superior al 33 por 100.

F) Opción por la remuneración que deseen percibir durante

su condición de funcionarios en prácticas.

Tercero: Quienes dentro del plazo fijado, y salvo casos de fuerza

mayor, no presentasen la documentación, o del examen de la

misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos

reseñados en el apartado anterior, no podrán ser nombrados

funcionarios y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la

responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la

solicitud inicial.

Cuarto: La presente Resolución, de conformidad con el

artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero,

podrá ser recurrida potestativamente ante el mismo órgano que

lo ha dictado, mediante la interposición de recurso de reposición

en la plazo de un mes, a partir del día siguiente a su publicación,

o ser impugnada directamente ante la Audiencia Nacional,

pudiendo interponerse, en este caso, recurso contencioso-administrativo

en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de

su publicación.

Madrid, 16 de diciembre de 2003.-El Director General, Ángel

Yuste Castillejo.

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