Visto el expediente de indulto de don José Villar Pindo, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por la Audiencia Provincial, Sección número 7, de Madrid, en sentencia de fecha 1 de octubre de 1999, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de tres años de prisión y multa de 1.000.000 de pesetas, por hechos cometidos en el año 1999, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 18 de marzo de 2004,
Vengo en conmutar a don José Villar Pindo la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación de este real decreto.
Dado en Madrid, a 18 de marzo de 2004.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
JOSÉ MARÍA MICHAVILA NÚÑEZ
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