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Visto el expediente de reconocimiento e inscripción en el Registro de Fundaciones Docentes, de esta Consejería de la Fundación denominada «Laboral Andaluza del Cemento y el Medio Ambiente», constituida y domiciliada en Sevilla, C/ Bobby Deglané, n.º 1.
Antecedentes de hecho
La Fundación «Laboral Andaluza del Cemento y el Medio Ambiente» fue constituida en Escrituras Públicas de fecha 21 de febrero de 2003, ante D. Antonio Ojeda Escobar, notario del Ilustre Colegio de Sevilla, fundada por D. Ricardo López Perona, D. Ramón Díaz Alcaraz y D. Antonio Rodríguez Bustamante.
Tendrá principalmente, los objetivos y fines siguientes: El fomento de la investigación, desarrollo y promoción en materia de medio ambiente vinculada con el sector del cemento y, en general, con la industria andaluza y la promoción, organización y gestión de cuantas actividades, empresas y servicios resulten convenientes para el sector del cemento.
La dotación inicial de la Fundación esta constituida por setecientos cincuenta mil euros (750.000 €), de los cuales se han desembolsado quinientos diecinueve mil doscientos setenta y seis euros (519.276 €) en la entidad Montes de Piedad y Caja de Ahorros de Ronda, Cádiz, Almería, Málaga y Antequera (UNICAJA), sucursal n.º 0722 de Sevilla, quedando el resto (230.724 €) garantizado mediante aval legitimado notarialmente.
El gobierno, administración y representación de la Fundación, se confía de modo exclusivo a un Patronato, formado por un mínimo de veinticuatro miembros y un máximo de treinta y dos, siendo su presidente D. Antonio Rodríguez Bustamante.
Vistos: La Constitución Española, el Estatuto de Autonomía de Andalucía, la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, y demás normas de general y pertinente aplicación.
Fundamentos de Derecho
Esta Consejería tiene asignada, en virtud del Decreto 246/2000, de 31 de mayo, de Estructura Orgánica de la Consejería de Educación y Ciencia, las competencias sobre las Fundaciones Docentes que desarrollen principalmente sus funciones en Andalucía, ejerciendo en consecuencia el Protectorado sobre las de esta clase.
Se han cumplido en la tramitación del expediente todos los requisitos considerados esenciales por la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, por lo que procede el reconocimiento del interés público de sus objetivos, y la inscripción en el pertinente Registro de Fundaciones Docentes.
En consecuencia, y en atención a los hechos y fundamentos de Derecho hasta aquí desarrollados, esta Consejería de Educación y Ciencia, visto el preceptivo informe de la Asesoría Jurídica, resuelve:
Reconocer el interés público de la Entidad, e inscribir como Fundación Docente privada en el correspondiente Registro a la Fundación «Laboral Andaluza del Cemento y el Medio Ambiente», domiciliada en Sevilla, C/ Bobby Deglané, n.º 1.
Aprobar los Estatutos contenidos en Escrituras Públicas de fecha 21 de febrero de 2003.
Confirmar en su cargos a los miembros del Patronato de la Fundación cuyos nombres se recogen en la Carta Fundacional.
Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de dos meses a partir de su publicación, recurso contencioso-administrativo ante la Sala competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en el artículo 46.1 de la Ley 2911998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o en el plazo de un mes potestativamente recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación y Ciencia, conforme a las disposiciones de los artículos 107 y 116 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero.
Sevilla, 16 de marzo de 2004.–La Consejera, Cándida Martínez López.
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