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Documento BOE-A-2004-6414

Orden CTE/934/2004, de 31 de marzo, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso, por el sistema de concurso-oposición libre, en la Escala de Científicos Titulares del Consejo Superior de Investigaciones Científicas.

Publicado en:
«BOE» núm. 88, de 12 de abril de 2004, páginas 14918 a 14945 (28 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Ciencia y Tecnología
Referencia:
BOE-A-2004-6414

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 222/2004,

de 6 de febrero, por el que se aprueba la oferta de empleo público

para el año 2004, y con el fin de atender las necesidades de

personal de la Administración Pública.

Este Ministerio, en uso de las competencias que le están

atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de

Organización y Funcionamiento de la Administración General del

Estado, previo informe favorable de la Dirección General de la

Función Pública, y acuerdo de la Junta de Gobierno del CSIC,

acuerda convocar proceso selectivo para ingreso en la Escala de

Científicos Titulares (Código -5404-) del Consejo Superior de

Investigaciones Científicas con sujeción a las siguientes:

Bases de convocatoria

1. Normas generales

1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir cien plazas

de la Escala de Científicos Titulares del Consejo Superior de

investigaciones Científicas (Código -5404-) por el sistema de

concurso-oposición libre.

Del total de estas plazas se reservarán 7, para quienes tengan

la condición legal de personas con discapacidad de grado de

minusvalía igual o superior al 33 por 100.

En consideración a la modalidad de la presente convocatoria

por especialidades, dicho cupo de reserva será aplicado en aquella

especialidad a la que concurra alguna persona con el grado de

discapacidad requerido, y en las condiciones previstas en la citada

disposición adicional de la Ley 23/1988, de 28 de julio. En el

supuesto de que superen las pruebas concursantes que acrediten

el grado de discapacidad requerido en número mayor al de plazas

reservadas, la reserva se aplicará al que obtuviese mayor

puntuación final.

Una vez cubiertas las plazas del cupo de reserva para personas

con discapacidad, los aspirantes con discapacidad que hayan

superado el proceso selectivo sin obtener plaza por dicho cupo, podrán

optar, en igualdad de condiciones, a las de acceso general.

Las plazas no cubiertas en el cupo de reserva de discapacitados

se acumularán a las de acceso general.

SIGUEN IMÁGENES (Ver páginas 14919 a 14921)

La distribución por áreas de especialización científica y tecnológica de las plazas convocadas es la siguiente:

Número

de plazas Denominación Centrodedestino Tribunal

número

1 ANALISIS ECONÓMICO. INSTITUTO DE ANALISIS ECONÓMICO. 11

1 ARQUEOLOGÍA PROTOHISTÓRICA. INSTITUTO DE ARQUEOLOGÍA DE MÉRIDA. 12

1 SOCIOLOGÍA APLICADA INSTITUTO DE ESTUDIOS SOCIALES AVANZADOS DE

ANDALUCÍA.

13

1 FILOLOGÍA LATINA. INSTITUTO DE FILOLOGÍA. 14

1 FILOSOFIA JUDÍA CONTEMPORÁNEA. INSTITUTO DE FILOSOFÍA. 15

1 HISTORIA DE LA CIENCIA. INSTITUTO DE HISTORIA. 16

2 HISTORIA MEDIEVAL. INSTITUCION MILA Y FONTANALS (1 plaza).

INSTITUTO DE HISTORIA (1 plaza)

17

1 CONSERVACION DEL PATRIMONIO HISTÓRICO:

ARQUEOMETRIA DE CERÁMICA Y VIDRIO.

INSTITUTO DE HISTORIA. 18

1 ANTROPOLOGÍA SOCIAL. INSTITUTO DE LA LENGUA ESPAÑOLA. 19

1 POLÍTICAS DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA. UNIDAD DE POLÍTICAS COMPARADAS. 110

1 REGULACIÓN DE LA REPLICACIÓN

CROMOSOMICA EN LEVADURAS.

CENTRO DE BIOLOGÍA MOLECULAR SEVERO OCHOA ;

INSTITUTO DE MICROBIOLOGÍA BIOQUÍMICA.

21

1 BASES ESTRUCTURALES, CELULARES Y

MOLECULARES DE LA FISIOLOGÍA Y PATOLOGÍA

ANIMAL.

CENTRO DE INVESTIGACIONES BIOLÓGICAS. 22

1 DEGRADACIÓN MICROBIANA DE COMPUESTOS

AROMÁTICOS.

CENTRO DE INVESTIGACIONES BIOLÓGICAS. 23

1 VACUNAS RECOMBINANTES CONTRA

ENFERMEDADES ANIMALES.

CENTRO DE INVESTIGACIONES BIOLÓGICAS ; INSTITUTO DE

AGROBIOTECNOLOGÍA Y RECURSOS NATURALES NAVARRA.

24

1 BIOMARCADORES EN ENFERMEDAD

CARDIOVASCULAR.

CENTRO DE INVESTIGACIÓN CARDIOVASCULAR. 25

1 GENÉTICA MOLECULAR DE PLANTAS. CENTRO NACIONAL DE BIOTECNOLOGÍA. 26

1 GENOMICA FUNCIONAL DEL DESARROLLO EN

PLANTAS.

INSTITUTO DE BIOLOGÍA MOL. Y CEL. DE PLANTAS PRIMO

YUFERA.

26

1 MICROBIOLOGÍA MOLECULAR. CENTRO NACIONAL DE BIOTECNOLOGÍA. 27

1 GENÉTICA MOLECULAR DE MICROORGANISMOS

EUCARIOTAS.

INSTITUTO DE INVESTIGACIONES BIOMÉDICAS ALBERTO SOLS. 27

1 BIOLOGÍA MOLECULAR DE MICROORGANISMOS. INSTITUTO DE MICROBIOLOGÍA BIOQUÍMICA SALAMANCA. 27

1 FISIOLOGÍA CELULAR. INSTITUTO DE BIOLOGÍA Y GENÉTICA MOLECULAR. 28

1 ANÁLISIS GENÉTICO DE LA MORFOGENESIS. INSTITUTO DE BIOLOGÍA MOLECULAR DE BARCELONA. 29

1 BIOLOGÍA MOLECULAR Y CELULAR DEL CÁNCER. INSTITUTO DE BIOLOGÍA MOL. Y CEL. DEL CÁNCER DE

SALAMANCA.

210

1 BIOQUÍMICA Y BIOLOGÍA MOLECULAR DE

ORGANISMOS FOTOSINTÉTICOS.

INSTITUTO DE BIOQUÍMICA VEGETAL Y FOTOSÍNTESIS. 211

2 NEUROBIOLOGÍA MOLECULAR Y CELULAR. INSTITUTO DE NEUROBIOLOGÍA RAMÓN Y CAJAL (1 plaza).

INSTITUTO DE NEUROCIENCIAS (1 plaza)

212

1 DESARROLLO Y PLASTICIDAD DEL SISTEMA

NERVIOSO.

INSTITUTO DE NEUROBIOLOGÍA RAMÓN Y CAJAL. 212

1 INMUNOLOGÍA MOLECULAR Y CELULAR. INSTITUTO DE PARASITOLOGÍA Y BIOMEDICINA LÓPEZ NEYRA. 213

1 PATOLOGÍA EXPERIMENTAL DE LA

ISQUEMIA-REPERFUSIÓN HEPÁTICA.

INSTITUTO DE INVESTIGACIONES BIOMÉDICAS DE

BARCELONA.

214

1 FISIOLOGÍA DE INSECTOS. INSTITUTO DE BIOLOGÍA MOLECULAR DE BARCELONA. 215

1 ECOLOGÍA BENTONICA LITORAL. CENTRO DE ESTUDIOS AVANZADOS DE BLANES. 31

1 CONSERVACIÓN Y VALORIZACIÓN DE

ALIMENTOS DE ORIGEN MARINO.

INSTITUTO DE INVESTIGACIONES MARINAS. 32

1 SISTEMÁTICA Y EVOLUCIÓN VEGETAL Y

FUNGICA.

REAL JARDÍN BOTÁNICO. 33

1 ECOLOGÍA VEGETAL. CENTRO DE INVESTIGACIONES SOBRE DESERTIFICACIÓN. 34

1 ACUICULTURA MARINA: ASPECTOS APLICADOS

Y FUNDAMENTALES.

INSTITUTO DE ACUICULTURA TORRE DE LA SAL. 35

1 MODELADO DE PROCESOS BIOLÓGICOS. ESTACIÓN EXPERIMENTAL DE ZONAS ÁRIDAS. 36

1 PROCESOS EVOLUTIVOS Y CONSERVACIÓN DE

LA BIODIVERSIDAD ANIMAL.

MUSEO NACIONAL DE CIENCIAS NATURALES. 36

1 ESTRATIGRAFÍA. SÍSMICA, SISTEMAS

SEDIMENTARIOS Y CAMBIO GLOBAL.

INSTITUTO ANDALUZ DE CIENCIAS DE LA TIERRA. 37

1 ESTRUCTURA Y FUNCIÓN DE COMUNIDADES

MARINAS NO EXPLOTADAS.

INSTITUTO DE CIENCIAS DEL MAR. 38

1 PROCESOS SEDIMENTARIOS ACTUALES EN EL

MEDIO MARINO.

INSTITUTO DE CIENCIAS DEL MAR. 39

1 INSTRUMENTACIÓN Y DESARROLLO DE

TECNOLOGÍAS OCEÁNICAS.

UNIDAD DE TECNOLOGÍA MARINA. 310

1 PROCESOS OROGÉNICOS. INSTITUTO DE CIENCIAS DE LA TIERRA JAUME ALMERA. 311

1 PREDICCIÓN OCEÁNICA EVOLUTIVA EN LA

FRANJA COSTERA.

INSTITUTO MEDITERRÁNEO DE ESTUDIOS AVANZADOS. 312

1 GEOQUÍMICA Y GEOFÍSICA DE AMBIENTES

SUBTERRÁNEOS.

MUSEO NACIONAL DE CIENCIAS NATURALES. 313

Número

de plazas Denominación Centrodedestino Tribunal

número

2 BIOQUÍMICA Y FISIOLOGÍA MOLECULAR DEL

ESTRES ABIÓTICO EN PLANTAS.

CENTRO DE EDAFOLOGÍA Y BIOLOGÍA APLICADA DEL SEGURA ;

ESTACIÓN EXPERIMENTAL AULA DEI ; ESTACIÓN

EXPERIMENTAL DEL ZAIDIN.

41

1 NUTRICIÓN ANIMAL: DIGESTIÓN, ABSORCIÓN Y

METABOLISMO.

ESTACIÓN AGRÍCOLA EXPERIMENTAL DE LEÓN ; ESTACIÓN

EXPERIMENTAL DEL ZAIDIN.

42

1 GENÉTICA DE LA RESISTENCIA A PLAGAS

AGRÍCOLAS.

MISIÓN BIOLÓGICA DE GALICIA. 43

1 MARCADORES MOLECULARES APLICADOS A LA

MEJORA VEGETAL.

ESTACIÓN EXPERIMENTAL LA MAYORA. 43

1 EROSIÓN Y CONSERVACIÓN DEL SUELO EN

SISTEMAS AGRÍCOLAS.

INSTITUTO DE AGRICULTURA SOSTENIBLE. 44

1 DINÁMICA DE XENOBIÓTICOS EN SUELOS

AGRÍCOLAS.

ESTACIÓN EXPERIMENTAL DEL ZAIDIN. 45

1 CONTAMINACIÓN EN SUELOS POR METALES

PESADOS.

CENTRO DE CIENCIAS MEDIOAMBIENTALES. 46

1 CONTROL DE LA CONTAMINACIÓN DE SUELOS

POR PLAGUICIDAS.

INSTITUTO DE RECURSOS NATURALES Y AGROBIOLOGÍA

SEVILLA.

46

1 APROVECHAMIENTO INDUSTRIAL DE LA

BIOMASA VEGETAL.

INSTITUTO DE RECURSOS NATURALES Y AGROBIOLOGIA

SEVILLA.

47

1 MANEJO, TRANSFORMACIÓN Y

CARACTERIZACIÓN MOLECULAR DE LA MATERIA ORGÁNICA

DEL SUELO.

CENTRO DE CIENCIAS MEDIOAMBIENTALES. 48

1 ROCAS ORNAMENTALES: PROCESOS

FISICOQUÍMICOS IMPLICADOS EN SU EVOLUCIÓN.

CONSERVACIÓN DEL PATRIMONIO HISTÓRICO.

INSTITUTO DE RECURSOS NATURALES Y AGROBIOLOGÍA DE

SALAMANCA.

49

1 INTEGRACIÓN Y DISEÑO DE DISPOSITIVOS Y

SISTEMAS MICROELECTRÓNICOS.

INSTITUTO DE MICROELECTRONICA DE BARCELONA. 51

1 ESPECTROSCOPÍA MOLECULAR EN FASE

GASEOSA.

INSTITUTO DE ESTRUCTURA DE LA MATERIA. 52

1 FÍSICA EXPERIMENTAL DE ALTAS ENERGÍAS. INSTITUTO DE FÍSICA DE CANTABRIA. 53

1 EXPLORACIÓN DEL SISTEMA SOLAR. INSTITUTO DE ASTROFÍSICA DE ANDALUCÍA. 54

1 ACÚSTICA. INSTITUTO DE ACÚSTICA. 55

1 DISEÑO DE CIRCUITOS INTEGRADOS

ANALÓGICOS.

INSTITUTO DE MICROELECTRÓNICA DE SEVILLA. 56

1 INTELIGENCIA ARTIFICIAL. INSTITUTO DE INVESTIGACIÓN EN INTELIGENCIA ARTIFICIAL. 57

1 NANOCIENCIA, NANOTECNOLOGIA Y

MICROSISTEMAS.

INSTITUTO DE MICROELECTRÓNICA DE MADRID. 58

1 PARTÍCULAS ELEMENTALES Y NÚCLEOS. INSTITUTO DE FÍSICA CORPUSCULAR ; INSTITUTO DE FÍSICA

TEÓRICA.

59

1 GRAVITACIÓN Y COSMOLOGÍA. INSTITUTO DE ASTROFÍSICA DE ANDALUCÍA ; INSTITUTO DE

MATEMÁTICAS Y FÍSICA FUNDAMENTAL.

510

1 RADIOASTRONOMÍA. INSTITUTO DE ASTROFÍSICA DE ANDALUCÍA ; INSTITUTO DE

CIENCIAS DEL ESPACIO ; INSTITUTO DE ESTRUCTURA DE LA

MATERIA.

511

1 TECNOLOGÍAS AVANZADAS DE LA

INFORMACIÓN Y LA PRODUCCIÓN.

INSTITUTO DE AUTOMÁTICA INDUSTRIAL ; INSTITUTO DE

FÍSICA APLICADA ; INSTITUTO DE ROBÓTICA E INFORMÁTICA

INDUSTRIAL.

512

1 MEJORA DEL COMPORTAMIENTO DE

MATERIALES METÁLICOS.

CENTRO NACIONAL DE INVESTIGACIONES METALÚRGICAS. 61

1 MATERIALES SUPERCONDUCTORES PARA

APLICACIONES ELÉCTRICAS.

INSTITUTO DE CIENCIA DE MATERIALES DE ARAGÓN. 62

1 PREPARACIÓN Y CARACTERIZACIÓN DE

MATERIALES.

INSTITUTO DE CIENCIA DE MATERIALES DE BARCELONA. 63

1 MATERIALES DE BAJA DIMENSIONALIDAD Y SUS

APLICACIONES.

INSTITUTO DE CIENCIA DE MATERIALES DE MADRID. 64

1 SÍNTESIS Y CARACTERIZACIÓN DE MATERIALES

CON APLICACIONES ENERGÉETICAS Y

MEDIOAMBIENTALES.

INSTITUTO DE CIENCIA DE MATERIALES DE SEVILLA. 65

1 SISTEMAS POLIMÉRICOS PARA APLICACIONES

AVANZADAS.

INSTITUTO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA DE POLÍMEROS. 66

1 MATERIALES CERÁMICOS Y VIDRIOS PARA

APLICACIONES DE ALTA TEMPERATURA.

INSTITUTO DE CERÁMICA Y VIDRIO. 67

1 SISTEMAS CONSTRUCTIVOS PARA LA

EDIFICACIÓN.

INSTITUTO DE CIENCIAS DE LA CONSTRUCCIÓN EDUARDO

TORROJA.

68

1 TEORÍA Y SIMULACIÓN DE PROPIEDADES DE

MATERIALES NANOESTRUCTURADOS.

UNIDAD DE FÍSICA DE MATERIALES. 69

1 PREPARACIÓN, CARACTERIZACIÓN Y

PROCESADO DE POLÍMEROS.

INSTITUTO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA DE POLÍMEROS. 610

1 PREPARACIÓN Y PROPIEDADES DE MATERIALES

PARA DISPOSITIVOS.

INSTITUTO DE CIENCIA DE MATERIALES DE MADRID 611

1 COMPUESTOS ORGANOMETÁLICOS DE INTERÉS

EN CATÁLISIS HOMOGÉENEA.

INSTITUTO DE CIENCIA DE MATERIALES DE ARAGÓN. 612

Número

de plazas Denominación Centrodedestino Tribunal

número

1 COMPUESTOS BIOACTIVOS: PROCESADO Y

CONSERVACIÓN DE ALIMENTOS VEGETALES.

INSTITUTO DEL FRÍO. 71

1 CARACTERÍSTICAS QUÍMICAS, NUTRICIONALES

Y FUNCIONALES DE LOS ALIMENTOS.

INSTITUTO DE LA GRASA. 72

1 TRAZABILIDAD Y CALIDAD DE ALIMENTOS

VEGETALES.

INSTITUTO DE FERMENTACIONES INDUSTRIALES. 73

1 SEGURIDAD Y CALIDAD DE ALIMENTOS. INSTITUTO DE AGROQUÍMICA Y TECNOLOGÍA DE ALIMENTOS. 74

1 MEJORA DE LAS PROPIEDADES DE LOS

ALIMENTOS DE ORIGEN VEGETAL.

INSTITUTO DE LA GRASA. 75

2 MICROBIOLOGÍA DE ALIMENTOS. INSTITUTO DE AGROQUÍMICA Y TECNOLOGÍA DE ALIMENTOS ;

INSTITUTO DE FERMENTACIONES INDUSTRIALES ; INSTITUTO

DE PRODUCTOS LÁCTEOS DE ASTURIAS ; INSTITUTO DEL

FRÍO.

76

1 NUTRICIÓN Y METABOLISMO. CENTRO DE EDAFOLOGÍA Y BIOLOGÍA APLICADA DEL SEGURA ;

INSTITUTO DEL FRIO.

77

1 OPERACIÓN Y OPTIMIZACIÓN DE PROCESOS DE

COMBUSTIÓN.

INSTITUTO DE CARBOQUÍMICA. 81

1 SÍNTESIS, CARACTERIZACIÓN Y ACTIVIDAD DE

CATALIZADORES.

INSTITUTO DE CATÁLISIS Y PETROLEOQUÍMICA. 82

1 CONTAMINACIÓN ORGÁNICA AMBIENTAL. INSTITUTO DE INVESTIGACIONES QUIM. Y AMBIENT. J.

PASCUAL VILA.

83

1 TECNOLOGÍAS AVANZADAS DE BAJO IMPACTO

AMBIENTAL PARA LA CONSERVACIÓN Y

UTILIZACIÓN DE COMBUSTIBLES FÓSILES.

INSTITUTO NACIONAL DEL CARBÓN. 84

1 INTERACCIÓN LÍPIDO-PROTEINA.

APROXIMACIÓN BIOFÍISICA Y CRISTALOGRÁFICA.

INSTITUTO DE QUÍMICA FÍSICA ROCASOLANO. 85

1 PROCESOS INDUCIDOS POR LÁSER EN

MOLECULAS Y SISTEMAS CONDENSADOS.

INSTITUTO DE QUÍMICA FÍSICA ROCASOLANO. 87

1 QUÍMICA MÉDICA: DISEÑO, SÍNTESIS Y ESTUDIO

DE FÁRMACOS.

INSTITUTO DE QUÍMICA MÉDICA. 87

1 SÍNTESIS Y CARACTERIZACIÓN DE TAMICES

MOLECULARES.

INSTITUTO DE TECNOLOGIA QUÍMICA DE VALENCIA 88

1 ENERGIA Y MEDIO AMBIENTE INSTITUTO DE CARBOQUÍMICA ; INSTITUTO DE CATÁLISIS Y

PETROLEOQUÍMICA ; LABORATORIO DE INVESTIGACIÓN EN

TECNOLOGÍA DE LA COMBUSTIÓN.

89

1 CIENCIA Y TEGNOLOGÍA DE MATERIALES

NANOESTRUCTURADOS.

INSTITUTO DE CARBOQUÍMICA ; INSTITUTO DE CATÁLISIS Y

PETROLEOQUÍMICA ; INSTITUTO DE INVESTIGACIONES QUIM.

Y AMBIENT. J. PASCUAL VILA, INSTITUTO NACIONAL DEL

CARBÓN.

810

1 SÍNTESIS ORGÁNICA DE COMPUESTOS

BIOACTIVOS.

INSTITUTO DE INVESTIGACIONES QUIM. Y AMBIENT. J.

PASCUAL VILA ; INSTITUTO DE PRODUCTOS NATURALES Y

AGROBIOLOGÍA. 811

1.2 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de

concurso-oposición libre, con las valoraciones, pruebas y

puntuaciones que se especifican en el Anexo I.

1.3 Las pruebas selectivas se desarrollarán de acuerdo con

el siguiente calendario:

La fase de concurso se iniciará dentro de los seis meses

siguientes a la publicación de la presente convocatoria en el "Boletín

Oficial del Estado".

La fase de oposición deberá haber finalizado antes del 31 de

noviembre de 2004.

1.4 Concluido el proceso selectivo, los aspirantes que lo

hubieran superado y que hayan acreditado cumplir los requisitos

exigidos, serán nombrados funcionarios de carrera mediante orden

de la Presidencia del CSIC, que se publicará en el "Boletín Oficial

del Estado", con indicación del destino adjudicado.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitidos a la realización de las pruebas

selectivas los aspirantes deberán poseer en el día de finalización del

plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento

de la toma de posesión como funcionario de carrera los siguientes

requisitos de participación:

2.1.1 Nacionalidad:

a) Ser español.

b) Ser nacional de alguno de los demás Estados miembros

de la Unión Europea o nacional de algún Estado al que en virtud

de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea

y ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de

trabajadores.

También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad,

el cónyuge de los españoles y de los nacionales de alguno de

los demás Estados miembros de la Unión Europea, y cuando así

lo prevea el correspondiente Tratado, el de los nacionales de algún

Estado al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados

por la Unión Europea y ratificados por España sea de aplicación

la libre circulación de trabajadores, siempre que no estén

separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán

participar sus descendientes y los de su cónyuge, menores de

veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

2.1.2 Edad: Tener dieciocho años de edad y no haber

alcanzado la edad de jubilación.

2.1.3 Titulación: Estar en posesión o en condiciones de

obtener el título de Doctor. En el caso de titulaciones obtenidas en

el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que

acredite su homologación.

2.1.4 Compatibilidad funcional: No padecer enfermedad ni

estar afectado por limitación física o psíquica incompatible con

el desempeño de las correspondientes funciones.

2.1.5 Habilitación: No haber sido separado, mediante

expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las

Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las

funciones públicas.

Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán

acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria

o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función

pública.

2.2 Los aspirantes que se presenten por el cupo de reserva

para personas con discapacidad habrán de tener reconocida la

condición legal de persona con discapacidad con un grado igual

o superior al 33 por 100.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen participar en este proceso selectivo

deberán cumplimentar el modelo oficial de solicitud de admisión a

pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de

derechos de examen (modelo 790) que se facilitará gratuitamente

en la sede central del Consejo Superior de Investigaciones

Científicas (calle Serrano, 117, de Madrid), en el Centro de Información

Administrativa del Ministerio de Administraciones Públicas, la

Dirección General de la Función Pública, en las Delegaciones y

Subdelegaciones del Gobierno, en las representaciones

diplomáticas y consulares de España en el extranjero y en la página de

Internet www.map.es/seap/dgfp/dgfp.htm

La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones

del Anexo III.

3.2 La presentación de solicitudes se realizará en el Registro

General del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, C/

Serrano, n.o 117, 28006 Madrid, o en la forma establecida en

el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de

Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales

contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de

esta convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado" y se dirigirán

al Presidente del Consejo Superior de Investigaciones Científicas.

La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá

la exclusión del aspirante.

Ningún aspirante podrá presentar más de una solicitud, ni

concurrir a más de un área de especialización.

3.3 A la solicitud se acompañará:

Una fotocopia compulsada del Documento Nacional de

Identidad o del pasaporte y Curriculum Vitae.

Los incluidos en el primer párrafo del apartado b) de la base

2.1.1 que residan en España, además de la fotocopia compulsada

del correspondiente documento de identidad o pasaporte, una

fotocopia compulsada de la tarjeta de residente comunitario o de

familiar de residente comunitario en vigor o, en su caso, de la tarjeta

temporal de residente comunitario o de trabajador comunitario

fronterizo en vigor.

Los incluidos en el segundo párrafo del apartado b) de la base

2.1.1, además de la fotocopia compulsada del pasaporte, una

fotocopia compulsada del visado y, en su caso, del resguardo de haber

solicitado la correspondiente tarjeta o del resguardo de haber

solicitado la exención de visado y la correspondiente tarjeta. De no

haberse solicitado estos documentos deberán presentar los

documentos expedidos por las autoridades competentes que acrediten

el vínculo de parentesco y una declaración jurada o promesa del

español o del nacional de la Unión Europea o del Estado al que

sea de aplicación la libre circulación de trabajadores con el que

existe este vínculo, de que no está separado de derecho de su

cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive a sus

expensas o está a su cargo.

Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de

Organismos Internacionales deberán acompañar a la solicitud las

certificaciones de homologación o, con carácter excepcional,

presentarlas al órgano de selección con antelación a la celebración

de las correspondientes pruebas.

Los aspirantes con discapacidad con un grado de minusvalía

igual o superior al 33 por 100 que soliciten adaptación de tiempo

y/o medios deberán adjuntar Dictamen Técnico Facultativo

emitido por el Órgano Técnico de Valoración que dictaminó el grado

de minusvalía.

3.4 Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que

pudieran advertirse en la solicitud podrán subsanarse en cualquier

momento de oficio o a petición del interesado.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, la

Presidencia del Consejo Superior de Investigaciones Científicas

dictará resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando

aprobada la lista de admitidos y excluidos. En dicha resolución,

que deberá publicarse en el "Boletín Oficial del Estado", se

indicarán los lugares en que se encuentren expuestas al público las

listas certificadas completas de aspirantes admitidos y excluidos,

señalándose un plazo de diez días hábiles para subsanar el defecto

que haya motivado la exclusión u omisión y determinándose el

lugar, fecha y hora de comienzo de la fase concurso.

4.2 Finalizado dicho plazo, en el caso de que se hubieran

producido modificaciones, éstas se expondrán en los mismos

lugares en que lo fueron las relaciones iniciales.

4.3 No procederá la devolución de los derechos de examen

en los supuestos de exclusión por causa imputable a los aspirantes.

5. Tribunales

5.1 Los Tribunales calificadores de este proceso selectivo son

los que figuran como Anexo II a esta convocatoria.

5.2 El procedimiento de actuación de los Tribunales se

ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26

de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y demás

disposiciones vigentes.

5.3 Los aspirantes podrán recusar a los miembros del

Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo

28 de la ley citada en la base anterior.

5.4 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, los

Tribunales tendrán su sede en los locales del Consejo Superior

de Investigaciones Científicas, C/ Serrano, n.o 117. 28006 Madrid,

teléfono 91 585 52 65/52 63 y Fax 91 585 53 59, dirección de

correo electrónico p.decaboUorgc.csic.es, mj.navasUorgc.csic.es

y j.ruizUorgc.csic.es

6. Desarrollo de los ejercicios

6.1 Dentro de cada especialidad, el orden de actuación de

los opositores se iniciará alfabéticamente por el primero de la

letra "S", según lo establecido en la Resolución de la Secretaria

de Estado para la Administración Pública de 29 de enero de 2004

(Boletín Oficial del Estado de 6 de febrero).

6.2 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en

llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no

comparezcan.

6.3 Concluido cada uno de los ejercicios (fase de concurso

y de oposición), los Tribunales harán públicas, en el lugar o lugares

de celebración y en la sede del Tribunal, la relación de aspirantes

que hayan alcanzado el mínimo establecido para superarlo, con

indicación de la puntuación obtenida.

6.4 Una vez comenzado el proceso selectivo, los anuncios

de celebración de los restantes ejercicios, se harán públicos con

doce horas de antelación, al menos, a la señalada para su inicio,

si se trata del mismo ejercicio, o con veinticuatro horas, si se

trata de uno nuevo. Estos anuncios se efectuarán, al menos, en

los locales donde se haya celebrado el anterior y en la sede de

los Tribunales señaladas en la base 5.4.

6.5 Los Tribunales podrán requerir, en cualquier momento

del proceso selectivo, la acreditación de la identidad de los

aspirantes. Asimismo, si tuviera conocimiento de que alguno de los

aspirantes no cumple cualquiera de los requisitos exigidos en la

convocatoria, previa audiencia al interesado, deberá proponer su

exclusión a la autoridad convocante.

7. Superación del proceso selectivo

7.1 Finalizada las pruebas selectivas, los Tribunales harán

públicas las relaciones de aprobados por orden de puntuación

en los locales en donde se haya celebrado la última prueba.

Dicha relación se elevará a la autoridad convocante, que la

publicará en el "Boletín Oficial del Estado", disponiendo los

aspirantes propuestos de un plazo de veinte días naturales, desde

la publicación en el "Boletín Oficial del Estado", para la

presentación de la documentación acreditativa de los requisitos exigidos

en la convocatoria.

7.2 No se podrá declarar superado el proceso selectivo a un

número de aspirantes superior al de plazas convocadas en cada

especialidad.

7.3 La adjudicación de los puestos a los aspirantes que

superen el proceso selectivo se efectuará, dentro de cada especialidad,

según la petición de destino de acuerdo con la puntuación total

obtenida.

8. Norma final

Al presente proceso selectivo le serán de aplicación la Ley

30/1984, de 2 de agosto ; el R.D. 364/1995, de 10 de marzo;

el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en

la presente convocatoria.

Contra la presente convocatoria, podrá interponerse, con

carácter potestativo, recurso de reposición ante el excelentísimo señor

Presidente del Consejo Superior de Investigaciones Científicas en

el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso

- administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación,

ante el órgano jurisdiccional competente, de conformidad con lo

dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio,

reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa,

significándose, que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá

interponer recurso contencioso - administrativo hasta que aquel

sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación

presunta del mismo.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a

la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto

en la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Madrid, 31 de marzo de 2004.-El Ministro, P. D. (Orden de

19 de diciembre de 2000, Boletín Oficial del Estado del 21), el

Presidente del CSIC, Emilio Lora-Tamayo D'Ocón.

ANEXO I

Descripción del proceso selectivo

Publicada por resolución de la Presidencia del CSIC la citación

para la realización de la fase concurso, en el lugar, fecha y hora

determinados, previo llamamiento del Tribunal, los candidatos

aspirantes presentarán ante el mismo los trabajos y documentos

acreditativos del contenido de su correspondiente currículum vitae.

Asimismo, entregarán al Tribunal, en sobre cerrado y en un

máximo de cinco folios, un resumen en el que se contenga su visión

acerca del estado actual del tema objeto de la plaza convocada,

así como de sus posibles líneas de evolución y de la actividad

que prevé desarrollar el candidato en relación con ellas.

El concurso-oposición se desarrollará de forma independiente

para cada una de las especialidades, constará de dos fases que

se desarrollarán en castellano:

1. Fase de concurso

La fase concurso consistirá en la exposición oral y pública por

el aspirante, en el tiempo máximo de una hora, de los méritos

alegados relacionados con el punto 1.1. de este Anexo y de la

labor científica desarrollada descrita en el Currículum Vitae, para

su evaluación y calificación por el Tribunal. Seguidamente, el

Tribunal debatirá con el aspirante, sin límite de tiempo, sobre el

contenido de la exposición oral del mismo, pudiendo formular

todas las preguntas que considere convenientes y,

fundamentalmente, aquellas que se relacionen con los temas de trabajo más

relevantes de la investigación.

1.1 Relación de méritos que han de tenerse en cuenta en

la selección y sistema de calificación.

En la calificación de los aspirantes en la fase concurso se

tendrán en cuenta:

a) La contribución científica realizada, valorando la calidad

y repercusión de los trabajos originales de investigación

publicados.

b) Publicación o participación en la publicación de libros,

monografías, etc. Participación en patentes y acuerdos de cesión

de tecnología, así como en trabajos de apoyo tecnológico. Trabajos

o estancias en centros de investigación nacionales y extranjeros

así como aportaciones científicas conseguidas con posterioridad

y como fruto de dichos trabajos o estancias. Participación en

proyectos o programas y contratos o convenios de investigación.

Participación en congresos científicos, seminarios y cursos. Trabajos

en revistas de divulgación. Cualquier otro mérito que alegue el

aspirante.

Los méritos a valorar serán aquellos que se tuvieran

debidamente acreditados en la fecha de finalización del plazo de

presentación de solicitudes.

1.2 La calificación de los aspirantes en la fase de concurso

se hará mediante deliberación conjunta de los miembros de los

correspondientes Tribunales, cada uno de los cuales podrá

adjudicar a cada aspirante de cero a doce puntos por el apartado

1.1.a) de este anexo y de cero a ocho puntos por el apartado

1.1.b) de este anexo. Dicha calificación deberá justificarse

individualmente por los miembros de los Tribunales mediante

formulación por escrito de un juicio razonado relativo a la valoración

de cada uno de los méritos antes relacionados. Los mencionados

escritos de justificación se unirán al acta correspondiente.

El valor medio de las puntuaciones computadas constituirá la

calificación de la fase de concurso, siendo necesario alcanzar diez

puntos, como mínimo, para pasar a la fase de oposición.

2. Fase de oposición

La fase de oposición consistirá en la exposición oral y pública

por el aspirante, durante un tiempo máximo de una hora, de su

visión acerca del estado actual del tema objeto del área de

especialización científica o tecnológica a la que concurra el aspirante,

así como de sus posibles líneas de evolución y de la actividad

que prevé desarrollar el candidato en relación con ellas.

Seguidamente, el Tribunal debatirá con el aspirante durante un tiempo

máximo de una hora, acerca de los contenidos científicos

expuestos y de todos aquellos aspectos que considere relevantes en

relación con el tema.

La fase de oposición tendrá una valoración máxima de diez

puntos, y será necesario alcanzar cinco puntos, como mínimo,

para superarla. La calificación de los aspirantes en la fase de

oposición se hará mediante deliberación conjunta de los miembros

de los correspondientes Tribunales, cada uno de los cuales podrá

adjudicar a cada aspirante de cero a diez puntos.

En ningún caso la puntuación obtenida en la fase de concurso

podrá aplicarse para superar la fase de oposición.

El valor medio de las puntuaciones computadas constituirá la

calificación de la fase de oposición.

3. Puntuación final del concurso-oposición

La puntuación final del concurso-oposición será la suma de

las puntuaciones parciales obtenidas en cada fase.

En el supuesto de producirse empates al confeccionar las listas

de aspirantes aprobados, aquellos se dirimirán a favor del que

hubiese obtenido mayor puntuación en la fase de concurso. De

persistir el empate se acudirá sucesivamente a la puntuación de

los méritos contemplados en este anexo apartados 1.1. a) y en

1.1. b), y de mantenerse tal circunstancia el Tribunal resolverá

por votación.

Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de

Organismos Internacionales estarán exentos de la realización de

aquellas pruebas que la Comisión Permanente de Homologación

considere que tienen por objeto acreditar conocimientos ya exigidos

para el desempeño de sus puestos de origen en el Organismo

Internacional correspondiente.

Se adoptarán las medidas precisas para que los aspirantes con

discapacidad gocen de similares condiciones que el resto de los

aspirantes en la realización de los ejercicios. En este sentido, para

las personas con discapacidad que así lo hagan constar en su

solicitud, se establecerán las adaptaciones posibles en tiempos

y medios para su realización.

ANEXO II (Ver imágenes páginas 14924 a 14944)

ANEXO III

Instrucciones para cumplimentar la solicitud

Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud

de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública

y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) y

en las siguientes instrucciones particulares.

En el recuadro 15, "Cuerpo o Escala", se consignará "Científicos

Titulares", consignándose el código 5404 en el espacio reservado

para el mismo que figura a su lado.

En el recuadro 17, "Forma de acceso", se consignará "L".

En el recuadro 18, "Ministerio/Órgano/Entidad convocante",

se consignará "CSIC".

En el recuadro 19, se consignará la fecha del Boletín Oficial

del Estado en el que haya sido publicada la convocatoria.

En el recuadro 21, "Minusvalía", los aspirantes con

discapacidad podrán indicar el porcentaje de minusvalía que tengan

acreditado, y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles

adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los

ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.

Los aspirantes con grado de minusvalía igual o superior al

33 por 100 que deseen participar en el proceso selectivo por

el cupo de reserva para personas con discapacidad, deberán

indicarlo en el recuadro 22.

En el recuadro 24, "Títulos académicos oficiales", se consignará

la titulación que posee para participar en estas pruebas, en virtud

de lo señalado en la base 2.1.3. de esta convocatoria.

En el recuadro 25, apartado A) del epígrafe "Datos a consignar

según las Bases de la convocatoria", se hará constar expresamente

el área de conocimiento y especialización científica o tecnológica

a la que concurre.

El importe de la tasa por derechos de examen será de 25,51

euros.

El ingreso del importe correspondiente a los derechos de

examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en

cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las

que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación

tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el

correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación

de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través

de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma autorizada

de la misma en el espacio reservado a estos efectos.

Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a

través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas

correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante

bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta

corriente número 2038-1183-46-6000548962, de Caja Madrid,

a nombre de "CSIC. Tasas derechos de examen". El ingreso podrá

efectuarse directamente en cualquier oficina de Caja Madrid

mediante transferencia desde cualquier entidad bancaria.

Estarán exentas del pago de esta tasa:

a) Las personas con grado de minusvalía igual o superior al

33 por 100, debiendo acompañar a la solicitud certificado

acreditativo de tal condición.

b) Las personas que figurasen como demandantes de empleo

durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la

convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención que,

en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo

adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa

justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión

profesionales y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en

cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.

La certificación relativa a la condición de demandante de

empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la oficina

de los servicios públicos de empleo. En cuanto a la acreditación

de las rentas se realizará mediante una declaración jurada o

promesa escrita del solicitante. Ambos documentos deberán

acompañarse a la solicitud.

La falta de justificación del abono de los derechos de examen

o de encontrarse exento determinará la exclusión del aspirante.

En ningún caso la presentación y pago en las oficinas a que

se hace referencia supondrá la sustitución del trámite de

presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.

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