Vista la Resolución de 25 de noviembre de 2003 (BOE de 27
de enero), de la Universidad de Cádiz y la Dirección General de
Personal y Servicios del Servicio Andaluz de Salud, por la que
se publica la Comisión juzgadora de concurso de profesorado
universitario correspondiente a una plaza de Catedrático de
Universidad, vinculada con plaza de Facultativo Especialista del área de
conocimiento de Medicina Preventiva y Salud Pública (n.o 3096),
convocada por Resolución conjunta de esta Universidad y la
Dirección General de Personal y Servicios del Servicio Andaluz de Salud,
de 31 de octubre de 2001 (BOE de 13 de diciembre).
Vista la Resolución de 1 de marzo de 2004, del Rector de
la Universidad de Cádiz, por la que se estima el recurso interpuesto
por el concursante D. Juan Zafra Mezcua contra la citada
Resolución de 25 de noviembre de 2003, por incurrir la misma en
un vicio invalidante por infracción del ordenamiento jurídico
determinando la anulabilidad del citado acto administrativo.
El Rectorado ha resuelto anular el nombramiento de D.
Francisco Bolumar Montrull y D. Miguel Delgado Rodríguez como
Vocales titulares, y de D. Juan Jesús Gestal Otero y D. Luis Ignacio
Gómez López como Vocales suplentes de la Comisión juzgadora
del concurso de profesorado universitario correspondiente a una
plaza de Catedrático de Universidad, vinculada con plaza de
Facultativo Especialista, convocada por Resolución conjunta de esta
Universidad y la Dirección General de Personal y Servicios del
Servicio Andaluz de Salud, de 31 de octubre de 2001 (BOE de 13
de diciembre), retrotrayéndose el procedimiento de nombramiento
de los Vocales previsto en la base 8.2.d) del artículo 4 del Real
Decreto 1558/1986, de 28 de junio, al trámite de designación
por el Servicio Andaluz de Salud.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley
Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, esta
Resolución agota la vía administrativa y será impugnable en el
plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la
notificación o publicación de la misma, como establece el artículo 46
de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa, ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo en Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de
Andalucía, en virtud de lo dispuesto en el artículo 13.a), en relación
con el artículo 10.1.a), de la Ley 29/1998 citada. No obstante,
los interesados podrán optar por interponer contra esta Resolución
un recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el mismo
órgano que la dictó, en cuyo caso no cabrá interponer el recurso
contencioso-administrativo anteriormente citado en tanto no
recaiga resolución expresa o se haya producido la desestimación
presunta del recurso de reposición por el transcurso de un mes desde
su interposición, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116
y siguiente de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 17 de
diciembre de 1998.
Cádiz, 10 de marzo de 2004.-El Rector, Diego Sales Márquez.
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