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Documento BOE-A-2004-6023

Resolución de 9 de febrero de 2004, de la Dirección General de Patrimonio y Museos, de la Consejería de Cultura, por la que se determina incoar expediente para la delimitación del entorno de la iglesia parroquial de Nuestra Señora de la Asunción, localizada en Tébar (Cuenca), declarada bien de interés cultural, con categoría de monumento.

Publicado en:
«BOE» núm. 80, de 2 de abril de 2004, páginas 14200 a 14201 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha
Referencia:
BOE-A-2004-6023

TEXTO ORIGINAL

Vista la documentación técnica correspondiente, esta Dirección General de Patrimonio y Museos ha acordado:

Primero.

Incoar expediente para la delimitación del entorno del inmueble denominado «Iglesia Parroquial de Nuestra Señora de la Asunción», localizado en Tébar (Cuenca), declarado bien de interés cultural, con categoría de monumento.

Segundo.

Disponer la apertura de un período de información pública, a fin de que todos cuantos tengan interés en el asunto puedan examinar el expediente y alegar lo que consideren oportuno, durante el plazo de veinte días hábiles siguientes a la publicación de la presente Resolución, en las dependencias de esta Dirección General de Patrimonio y Museos (c/ Trinidad, núm. 8, Toledo); y ello de conformidad con lo establecido en el artículo 86 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Tercero.

Hacer saber al Ayuntamiento de Tébar (Cuenca) que, según lo dispuesto en los artículos 11 y 16 de la Ley 16/1985, del Patrimonio Histórico Español, las obras que hayan de realizarse en el espacio delimitado en esta resolución, no podrán llavarse a cabo sin aprobación previa del proyecto correspondiente por el órgano autonómico con competencia en la materia (Comisión del Patrimonio Histórico respectiva o, en su caso, esta propia Dirección General de Patrimonio y Museos).

Cuarto.

Notificar el presente acuerdo a los interesados; así como al Registro General de Bienes de Interés Cultural, para su anotación preventiva.

Quinto.

Promover la publicación del presente acuerdo en el D.O.C.M. y en el B.O.E., a efectos de lo dispuesto en los artículos 59, apartados 4 y 5, y 60 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Toledo, 9 de febrero de 2004.‒El Director General de Patrimonio y Museos, José Miguel del Castillo Abánades.

ANEXO
Delimitación del entorno

La delimitación del entorno de la Iglesia Parroquial de Nuestra Señora de la Asunción, localizada en Tébar (Cuenca), vendría definida por:

Entorno de urbana desde el objeto declarado, comenzando por la derecha y girando hacia la izquierda para acabar en el objeto declarado.

Polígono II: El objeto declarado se encuentra dentro de la manzana 18278, parcela 01.

Manzana: 19280, parcelas 01 y 02, completa.

Manzana: 19284, parcelas 01, 03, 05, 09 y 10.

Manzana: 19277, parcelas 01, 02, 06, 07, 05, 04, 03, 26, 25, 24, 23 y 22.

Manzana: 18275, parcelas 01 y 02.

Manzana: 18278, parcelas 08, 07, 06, 05, 04, 03 y 02.

El entorno de rústica comprendería, del polígono III, en el entorno formado por las coordenadas que van desde el punto.

x=572060.

y=4372890.

al punto x=571992.

y=4372923 del polígono 15,

al punto formado por las coordenadas

x=571799.

y=4372959 del polígono 13,

al punto formado por las coordenadas

x=571786.

y=4372736 del polígono 71,

El área de protección afecta, asimismo, a todos los espacios públicos contenidos por la línea que bordea el perímetro exterior de las citadas manzanas y parcelas y las une entre sí.

Se juzga necesario posibilitar el control administrativo establecido en la legalidad de Patrimonio Histórico sobre el área de protección señalada, en razón de que cualquier intervención en ella se considera susceptible de afectar negativamente a la conservación o a la contemplación del bien objeto de tutela.

Todo ello según plano adjunto.

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