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Documento BOE-A-2004-4858

Resolución de 10 de febrero de 2004, de la Dirección General de Agricultura, por la que se anula el reconocimiento como Organización de Productores de Frutas y Hortalizas, otorgado conforme al artículo 11 del Reglamento (CE) n.º 2200/96, del Consejo de 28 de octubre, a la Sociedad Cooperativa Agraria "Los Valientes", de Lorquí (Murcia).

Publicado en:
«BOE» núm. 65, de 16 de marzo de 2004, páginas 11697 a 11697 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-2004-4858

TEXTO ORIGINAL

La Sociedad Cooperativa Agraria «Los Valientes», de Lorquí (Murcia), cuyo ámbito de actuación es superior al de esa Comunidad Autónoma, fue reconocida como Organización de Productores de Frutas y Hortalizas, conforme al artículo 11 del Reglamento (CE) n.2200/96, del Consejo de 28 de octubre y la Orden del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación 30 de abril de 1997, por Resolución del Director General de Agricultura, de fecha 21 de noviembre de 1997, para la categoría I (Frutas y Hortalizas) asignándole el número registral 606.

La Sociedad Cooperativa Agraria «Los Valientes», de Lorquí (Murcia), ha solicitado la anulación del reconocimiento por estar en una situación financiera crítica que ha causado la paralización de la actividad empresarial.

De conformidad con la solicitud presentada por la Sociedad Cooperativa Agraria «Los Valientes» de Lorquí (Murcia), resuelvo:

Anular, a petición propia, el reconocimiento como Organización de Productores de Frutas y Hortalizas según el artículo 11 del R(CE) n.2200/96 de la Sociedad Cooperativa Agraria «Los Valientes», de Lorquí (Murcia) para la categoría I (Frutas y hortalizas), reconocida por Resolución de fecha 21 de noviembre de 1997 y se proceda a dar de baja en el Registro de Organizaciones de Productores de Frutas y Hortalizas.

La presente Resolución no agota la vía administrativa, de conformidad con el artículo 109 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, en relación con la Disposición adicional decimoquinta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado. Contra ella podrá recurrirse, en alzada, ante el Excmo. Sr. Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar su notificación, de acuerdo a lo establecido en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992.

Madrid, 10 de febrero de 2004.–El Director General de Agricultura, Rafael Milán Díez.

Ilmo. Sr. Subdirector General de Productos Hortofrutícolas.

 

 

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