Contido non dispoñible en galego
En cumplimiento de lo dispuesto en las sentencias firmes dictadas por la Sección Séptima de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en los recursos números 409/98, 410/98, 909/01 y 961/01, interpuestos por doña Dolores Cardos Lafuente, doña Josefa Martínez García, doña Josefa González Rodríguez, doña M.ª Catalina Reolid Cifuentes y doña Carmen Iranzo Núñez, sobre pruebas selectivas para acceso a plaza de Auxiliares de Enfermería, convocada por Resolución de 24 de Enero de 1996 (BOE de 22 de febrero), de la Secretaría General del Instituto Nacional de la Salud y de conformidad con lo establecido en la Base Novena de la Convocatoria,
Esta Dirección, en virtud de las competencias que tiene asignadas en el artículo 15 del Real Decreto 1987/2003, de 29 de agosto de 2003 (BOE del 30), y a tenor de lo previsto en los apartados G.3 y H. de los Acuerdos sobre traspaso de las funciones y servicios del Instituto Nacional de la Salud a la Comunidad Autónoma de Madrid y Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, en virtud de los Reales Decretos 1479/2001 y 1476/2001, respectivamente, de 27 de diciembre (BOE del 28), por los que se aprueban dichos Acuerdos, resuelve:
Nombrar Personal Estatutario en la categoría de Auxiliar de Enfermería a las adjudicatarias de plaza que figuran en el Anexo I a la presente Resolución, con destino en los centros que se indican.
Las nombradas deberán tomar posesión de sus plazas en las Gerencias de Área de su Servicio de Salud, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del Estado.
Cuando un aspirante no tome posesión de la plaza adjudicada en el plazo indicado, perderá todos los derechos derivados de su participación en el concurso-oposición, salvo que se deba a causa justificada, así apreciada por la Autoridad convocante.
Las Auxiliares de Enfermería nombradas en virtud de la presente Resolución, si tuvieran plaza en propiedad en alguna otra categoría estatutaria, podrán optar en el momento de tomar posesión de la nueva plaza, por pasar a la situación de excedencia voluntaria en una de ellas. A falta de opción expresa se entenderá que se solicita la excedencia voluntaria en la categoría de origen.
La presente Resolución se comunicará a la Comunidad Autónoma de Madrid y a la de Castilla La Mancha, al objeto de que el órgano competente de las mismas, expida los nombramientos de las Auxiliares de Enfermería que van a ocupar plaza en el territorio de la Comunidad Autónoma, así como la Diligencia de toma de posesión.
Madrid, 8 de enero de 2004.‒La Directora General, Dolores Casado Yubero.
D.N.I. | Apellidos y nombre | Centro | Localidad |
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1.394.620 | Cardos Lafuente, Dolores. | C. de Salud Berruguete. | Madrid. |
5.147.034 | González Rodríguez, Josefa. | Complejo Hospitalario de Albacete. | Albacete. |
5.149.712 | Iranzo Núñez, Carmen. | Complejo Hospitalario de Albacete. | Albacete. |
70.714.404 | Martínez García, Josefa. | E.A.P. Valdebernardo (CIAS 1601381201Z). | Madrid. |
5.194.804 | Reolid Cifuentes, María Catalina. | Complejo Hospitalario de Albacete. | Albacete. |
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