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Documento BOE-A-2004-3170

Real Decreto 215/2004, de 6 de febrero, por el que se homologan los títulos de Diplomado en Fisioterapia y de Licenciado en Biotecnología, de la Facultad de Ciencias Biosanitarias, de la Universidad Francisco de Vitoria.

Publicado en:
«BOE» núm. 44, de 20 de febrero de 2004, páginas 8107 a 8108 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2004-3170
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/2004/02/06/215

TEXTO ORIGINAL

La Universidad Francisco de Vitoria, reconocida como universidad privada por la Ley de la Comunidad de Madrid 7/2001, de 3 de julio, ha aprobado los planes de estudios de las enseñanzas que conducen a la obtención de los títulos de Diplomado en Fisioterapia y de Licenciado en Biotecnología, de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, de la Facultad de Ciencias Biosanitarias, cuya implantación ha sido autorizada por la Comunidad de Madrid.

Acreditada la homologación de los mencionados planes de estudios por parte del Consejo de Coordinación Universitaria y el cumplimiento de los requisitos básicos previstos en el Real Decreto 557/1991, de 12 de abril, sobre creación y reconocimiento de universidades y centros universitarios, vigente en lo que no se oponga a la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, procede la homologación de los referidos títulos.

Esta homologación se efectúa de acuerdo con lo establecido en el apartado 4 del artículo 35 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, en los Reales Decretos 1414/1990, de 26 de octubre, y 1285/2002, de 5 de diciembre, por los que se establecen, respectivamente, los títulos de Diplomado en Fisioterapia y Licenciado en Biotecnología y las directrices generales propias de los planes de estudios conducentes a la obtención de aquéllos, y demás normas dictadas en su desarrollo.

En su virtud, a propuesta de la Ministra de Educación, Cultura y Deporte y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 6 de febrero de 2004,

D I S P O N G O :

Artículo 1. Objeto.

1. Se homologan los títulos de Diplomado en Fisioterapia y de Licenciado en Biotecnología, de la Facultad de Ciencias Biosanitarias, de la Universidad Francisco de Vitoria, reconocida como universidad privada, una vez acreditada la homologación de sus planes de estudios por parte del Consejo de Coordinación Universitaria y el cumplimiento de los requisitos básicos previstos en el Real Decreto 557/1991, de 12 de abril, sobre creación y reconocimiento de universidades y centros universitarios.

Las homologaciones de los planes de estudios a que se ha hecho referencia en el párrafo anterior han sido publicadas en el "Boletín Oficial del Estado" de 4 de noviembre de 2003, por Resoluciones del Rectorado de la Universidad de fecha 14 de octubre de 2003.

2. La Comunidad de Madrid podrá autorizar la impartición de las enseñanzas conducentes a la obtención de los títulos homologados en el apartado 1, y la Universidad Francisco de Vitoria proceder, en su momento, a la expedición de los correspondientes títulos.

Artículo 2. Evaluación del desarrollo efectivo de las enseñanzas.

A los efectos de lo dispuesto en este real decreto y en los apartados 5 y, en su caso, 6 del artículo 35 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, transcurrido el período de implantación de los planes de estudios a que se refiere el párrafo segundo del apartado 1 del artículo 1, la universidad deberá someter a evaluación de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación el desarrollo efectivo de las correspondientes enseñanzas.

Artículo 3. Expedición del título.

Los títulos a que se refiere el apartado 1 del artículo 1 serán expedidos por el Rector de la Universidad Fran cisco de Vitoria, de acuerdo con lo establecido en el apartado 2 del artículo 34 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, y demás normas vigentes, con expresa mención de este real decreto que homologa los títulos.

Disposición final primera. Habilitación para el desarrollo reglamentario.

Por el Ministro de Educación, Cultura y Deporte, en el ámbito de sus competencias, se dictarán las disposiciones necesarias para el desarrollo y aplicación de este real decreto.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".

Dado en Madrid, a 6 de febrero de 2004.

JUAN CARLOS R.

La Ministra de Educación, Cultura y Deporte,

PILAR DEL CASTILLO VERA

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 06/02/2004
  • Fecha de publicación: 20/02/2004
  • Fecha de entrada en vigor: 21/02/2004
Referencias anteriores
Materias
  • Biotecnología
  • Fisioterapia
  • Homologación de títulos académicos
  • Universidad Francisco de Vitoria

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