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Documento BOE-A-2004-2660

Orden JUS/276/2004, de 12 de enero, por la que se acuerda la pérdida de la condición de funcionario del Cuerpo de Auxiliares de la Administración de Justicia y su baja en el escalafón del mencionado Cuerpo de don Anselmo Romero Parejo.

Publicado en:
«BOE» núm. 38, de 13 de febrero de 2004, páginas 6676 a 6676 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2004-2660

TEXTO ORIGINAL

Por Sentencia de fecha 27 de febrero de 2003 de la Sección

Primera de la Audiencia Provincial de Córdoba, recaída en el

Procedimiento del Tribunal del Jurado 1/2002, Rollo 1/2003, y

declarada firme por auto de fecha 28 de marzo de 2003, se condena

a don Anselmo Romero Parejo, Auxiliar de la Administración de

Justicia con destino en el Juzgado de lo Penal n.o 1 de Córdoba,

como autor criminalmente responsable de un delito continuado

de falsedad documental del artículo 390.2 del Código Penal como

medio para cometer un delito continuado de malversación de

caudales públicos del artículo 432.1 del Código Penal y como medio

para cometer un delito continuado de estafa de los artículos 248,

250.1.4.o y 438 del Código Penal y un delito continuado de

infidelidad en la custodia de documentos del artículo 413 del Código

Penal, y con la concurrencia de las circunstancias atenuantes del

artículo 21.4.o y 5.o del Código Penal, a las penas de:

a) Trece meses de prisión, multa de tres meses con cuota

diaria de 2 euros, con responsabilidad penal subsidiaria en caso

de impago conforme al art. 53 del Código Penal e inhabilitación

especial para empleo o cargo público por tiempo de veinticuatro

meses, y

b) Ocho meses de prisión, cuatro meses de multa con cuota

diaria de 2 euros con responsabilidad personal subsidiaria en caso

de impago conforme al art. 53 del Código Penal e inhabilitación

especial para empleo o cargo público por tiempo de catorce meses.

Considerando que conforme con lo dispuesto en el artículo

27.1 apartados e) y f) del Reglamento Orgánico de los Cuerpos

de Oficiales, Auxiliares y Agentes de la Administración de Justicia,

aprobado por Real Decreto 249/1996, de 16 de febrero, la

imposición con carácter firme por los tribunales de la pena de

inhabilitación, y la condena sobrevenida como consecuencia de delito

doloso, relacionado con el servicio o que cause daño a la

Administración de Justicia o a sus destinatarios, es causa de la pérdida

de la condición de funcionario,

Este Ministerio acuerda declarar la pérdida de la condición de

funcionario del Cuerpo de Auxiliares de la Administración de

Justicia, y su baja en el escalafón del mencionado Cuerpo, de don

Anselmo Romero Parejo.

Contra esta resolución que agota la vía administrativa, cabe

interponer recurso potestativo de reposición ante este Ministerio,

en el plazo de un mes o directamente recurso

contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la

Audiencia Nacional en el plazo de dos meses, contados ambos

desde el día siguiente al de su notificación (artículos 116 y 117

de la Ley 30/1992 y artículos 11 y 46 de la Ley 29/1998,

reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

Madrid, 12 de enero de 2004.

MICHAVILA NÚÑEZ

Ilmo. Sr. Director general de Relaciones con la Administración

de Justicia.

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