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Habiéndose suscrito con fecha 22 de diciembre, el Convenio de Colaboración entre el Ministerio del Interior y la Consejería de Sanidad y Bienestar Social de la Ciudad de Ceuta, sobre Drogodependencias y Sida en el Centro Penitenciario de Ceuta, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio, que figura como Anexo de esta Resolución.
Madrid, 22 de enero de 2004.–El Secretario General Técnico, Fernando Manzanedo González.
En Ceuta y Madrid, a 22 de diciembre de 2003.
REUNIDOS
De una parte el Excmo. Sr. D. Ángel Acebes Paniagua, Ministro del Interior del Gobierno de España, y de otra la Excma. Sra. D.a Yolanda Bel Blanca, como Consejera de Sanidad y Bienestar Social, de la Ciudad de Ceuta, en virtud de la delegación de competencias otorgada mediante decreto de la Presidencia de la Ciudad de 18 de junio de 2003.
Ambas partes se reconocen capacidad legal suficiente para comprometerse en el ámbito del presente convenio que se establece con el siguiente
OBJETO
Es objeto del convenio la mutua colaboración entre el «Plan Sobre Drogas y Sida», de la Consejería de Sanidad y Bienestar Social de la Ciudad de Ceuta, y el Centro Penitenciario de Ceuta en la prevención y asistencia frente al fenómeno de las drogodependencias en el marco de la institución penitenciaria, cuyas acciones estarán dirigidas tanto a los internos como a los funcionarios y profesionales responsables de su atención y vigilancia.
Por ello, la Consejería de Sanidad y Bienestar Social y el Ministerio del Interior suscriben el presente acuerdo de colaboración, según las siguientes
CLÁUSULAS
La Consejería de Sanidad y Bienestar Social de la ciudad de Ceuta, a través de su «Plan Sobre Drogas y Sida» desarrollará conjuntamente con el Ministerio del Interior, a través de la Dirección General de Instituciones Penitenciarias, las siguientes actuaciones en el establecimiento penitenciario de Ceuta.
El «Plan Sobre Drogas y Sida» de la Ciudad de Ceuta se compromete a la implementación y desarrollo de un programa de intervención en el Centro penitenciario de Ceuta, centrado en tres áreas de intervención: prevención, asistencia y reducción del daño.
Las actividades que conformen el programa de intervención estarán orientadas a la incorporación de estrategias preventivas, diversificación de la oferta de reducción del daño y garantizar la atención asistencial. Para ello, previos los contactos oportunos con el Centro Penitenciario, a través del mismo, el «Plan Sobre Drogas y Sida», de la Ciudad Autónoma, propondrá a la Dirección General de Instituciones Penitenciarias, cada año al amparo del presente Convenio, las actividades a desarrollar durante todo el ejercicio, así como los plazos y todos aquellos aspectos relacionados con su ejecución.
La Dirección General de Instituciones Penitenciarias dará su conformidad a las propuestas que, dentro de este Convenio, sean acordes con su política sanitaria y general penitenciaria.
A) Las actividades preventivas irán dirigidas a sensibilizar, informar y formar sobre aspectos relacionados con las drogodependencias y el VIH-SIDA en general y la prevención en particular:
Cursos de formación dirigidos a funcionarios y profesionales del ámbito penitenciario.
Talleres de Consumo de menos riesgo dirigidos a internos.
Talleres de sexo seguro dirigidos a internos.
Campaña de sensibilización e información dirigida a internos y/o funcionarios según los objetivos a cubrir.
B) Las actividades asistenciales se centrarán en aspectos tratamentales:
Información, orientación y asesoramiento.
Valoraciones Biopsicosociales.
Diseño e implementación del protocolo de actuación del programa de Mantenimiento con Naltrexona.
Seguimientos psicoterapéuticos.
Seguimientos médicos.
Realización de controles toxicológicos.
Preparación para cumplimiento alternativo: en Comunidad terapéutica y Centro ambulatorio.
Asistencia a programa terapéutico en el Centro de Atención a las Drogodependencias.
C) Las actividades de reducción del daño se orientarán hacia la implementación y desarrollo del Programa de Intercambio de Jeringuillas y potenciación del Programa de Mantenimiento con Agonistas:
Información, orientación y asesoramientos técnicos en el diseño e implementación del Programa de Intercambio de Jeringuillas del programa hasta su puesta en marcha.
Diseño e implementación del protocolo de actuación del Programa de Mantenimiento de Metadona.
Valoraciones diagnósticas de dependencia a opiáceos.
Inducciones a metadona.
Seguimientos médicos.
Coordinación con el equipo sanitario del centro penitenciario.
El «Plan Sobre Drogas y Sida» aportará los recursos humanos correspondientes a un psicólogo, médico y enfermera para el desarrollo de las actividades relacionadas con la actividad asistencial, así como aquellos otros técnicos expertos en prevención u otras especialidades que fuesen requeridos para el asesoramiento, implementación o ejecución de otras actividades contenidas en el marco de este convenio.
El responsable directo del programa por el «Plan Sobre Drogas» será la Jefa de Servicio del Centro de Atención a la Drogodependencia y el Jefe de los Servicios Médicos por parte del Centro penitenciario.
A) El «Plan Sobre Drogas y Sida» asume el coste de los siguientes conceptos que requieren financiación:
Recursos humanos: un psicólogo/a, un médico y un enfermero/a, con la dedicación que determine las posibilidades del Plan de Drogas de Ceuta.
Reactivos para la realización de determinaciones analíticas a opiáceos, cocaína, benzodiacepinas, cánnabis, metadona, eddpq.
Talleres de consumo de menos riesgo y sexo seguro (material, monitores).
Kits del Programa de Intercambio de Jeringuillas.
Metadona.
Publicaciones de difusión del programa de intervención en el centro penitenciario.
Beca para la incorporación al proyecto de inserción socio-laboral: en este sentido el proyecto de inserción socio-laboral del PSD de la Ciudad de Ceuta determinará la reserva de plaza para su inclusión en el proyecto.
B) Asimismo, el Centro penitenciario, con cargo a sus gastos corrientes de cada ejercicio, se compromete a aportar:
Tarros de recogida de orina.
Material de oficina.
Formación (materiales, docentes).
Campañas (carteles, folletos u otros materiales de la misma).
Naloxona y naltrexona.
Medicación complementaria.
Adaptación de las infraestructuras necesarias para el desarrollo del programa (dos despachos).
C) Todas las colaboraciones que representen implicaciones presupuestarias no contempladas en esta cláusula requerirán la firma de un convenio específico.
A) El PSD y Sida asume las siguientes responsabilidades correspondientes a las actividades del programa:
Asesoramiento técnico sobre aspectos preventivos frente a las drogodependencias y el VIH-Sida.
Coordinación e implementación de la formación en drogodependencias y VIH-Sida dirigida a funcionarios, técnicos e internos.
Diseño y ejecución de talleres de consumo de menos riesgo y sexo seguro.
Coordinación e implementación de las campañas de sensibilización e información a desarrollar en el marco de la institución penitenciaria. Ejecución de las campañas.
Orientación y asesoramiento técnico en el diseño e implementación del Programa de Intercambio de Jeringuillas en el centro penitenciario.
Apoyo técnico en el desarrollo de las fases previas a la ejecución del Programa de Intercambio de Jeringuillas (estudio de la población, diseño del programa).
Valoraciones diagnósticas.
Diseño, implementación y ejecución del programa de mantenimiento con metadona.
Inducciones a metadona.
Seguimiento médico y psicológico de pacientes en programa de mantenimiento con metadona.
Asesoramiento en el diseño del protocolo de intervención en el programa de mantenimiento con naltrexona de los pacientes en programa libre de drogas y que tienen un seguimiento médico y psicológico con el equipo especializado en drogodependencias.
Recogida de las muestras de orina.
Proceso de los resultados de las determinaciones realizados a los internos en programa y traslado de las muestras.
Preparación de los usuarios para el cumplimiento alternativo a la privación de libertad en comunidad terapéutica en aquellos casos que la Administración Penitenciaria resuelva en aplicación de su normativa.
Coordinar la gestión y tramitación del protocolo de atención ambulatoria de usuarios en segundo o tercer grado.
Elaboración de informes de evolución de la drogodependencia.
Diseño del programa individual de tratamiento del paciente drogodependiente en programa.
Realizar el seguimiento de los usuarios derivados a otros recursos especializados en drogodependencias de la red asistencial.
Convocar reuniones de la comisión técnica y reuniones de coordinación interinstitucional cuando proceda.
Evaluar el programa.
Elaborar la memoria del programa.
B) Asimismo, el Centro penitenciario se hace cargo de las siguientes competencias:
Ejecución de las campañas de prevención.
Ejecución del Programa de Intercambio de Jeringuillas.
Dispensación de metadona.
Informar y asesorar sobre la existencia del programa de intervención en drogodependencias y la forma de acceso.
Proponer la asistencia a tratamiento ambulatorio en CAD o ingreso en comunidad terapéutica, previa coordinación con el equipo de drogodependencias.
Cumplimiento y gestión del protocolo de ingreso en comunidad terapéutica conforme a lo establecido por la Dirección General de Instituciones Penitenciarias.
Habilitar las infraestructuras necesarias para el desarrollo del programa.
Proporcionar el material de oficina.
Convocar reuniones de la comisión técnica y reuniones de coordinación interinstitucional cuando proceda.
Evaluar el programa.
Elaborar la memoria del programa.
Para el seguimiento y evaluación de este Convenio se constituirá una Comisión Técnica de Seguimiento, compuesta por dos representantes de cada parte, que se reunirá al menos una vez al año y siempre que una parte lo solicite. Tendrá las siguientes funciones:
Determinar las acciones a desarrollar, sus plazos de ejecución y seguimiento de las mismas.
Coordinar y dinamizar la ejecución de los programas derivados del convenio, así como a los técnicos y profesionales implicados.
Conocer y resolver las disfunciones y discrepancias que se deriven de la aplicación del Convenio.
En todas las actividades llevadas a cabo al amparo de este convenio debe figurar el logotipo del «Plan sobre Drogas y Sida», de la Consejería de Sanidad y Bienestar Social de la Ciudad de Ceuta, y el nombre del Centro Penitenciario de Ceuta.
Todas las informaciones sobre el presente acuerdo y su aplicación, sea cual sea el medio de difusión, se facilitarán de mutuo acuerdo de las partes firmantes.
El presente Convenio tiene naturaleza administrativa. Las partes se comprometen a resolver de mutuo acuerdo en el seno de la Comisión Técnica de Seguimiento las incidencias que puedan sobrevenir en su aplicación.
Serán causa de resolución del acuerdo el mutuo acuerdo de las partes, la imposibilidad acreditada de cumplir el fin objeto del mismo y el incumplimiento flagrante por cualquiera de las partes.
Si se mantuviesen las discrepancias sobre las incidencias del Convenio, dada la naturaleza del mismo, serán sometidas a la Jurisdicción Contencioso-Administrativa competente en la materia.
El presente convenio tendrá una vigencia de un año a partir de la fecha de la firma y se renovará automáticamente por iguales períodos de tiempo si no media denuncia de alguna de las partes, que lo comunicará a la otra por escrito con una antelación mínima de dos meses.
Y en prueba de conformidad con cuanto antecede, lo firman por duplicado ejemplar y a un solo efecto, en el lugar y fecha arriba indicados.–La Consejera, Yolanda Bel Blanca.–El Ministro del Interior, Ángel Acebes Paniagua.
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