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Documento BOE-A-2004-2295

Resolución de 22 de diciembre de 2003, del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, por la que se conceden becas de periodismo científico CSIC-Agencia EFE.

Publicado en:
«BOE» núm. 32, de 6 de febrero de 2004, páginas 5341 a 5341 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Ciencia y Tecnología
Referencia:
BOE-A-2004-2295

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de la Presidencia del Consejo Superior de Investigaciones Científicas de 4 de septiembre de 2003 (Boletín Oficial del Estado de 7 de octubre de 2003) se convocaron becas de Periodismo Científico CSIC-Agencia EFE.

Vista la propuesta formulada por la Comisión de selección prevista en la expresada convocatoria, esta Presidencia, en ejercicio de las competencias que tiene atribuidas en virtud de lo establecido por el artículo 15.1 del Estatuto del Organismo Autónomo Consejo Superior de Investigaciones Científicas, aprobado por Real Decreto 1945/2000, de 1 de diciembre, y de conformidad con lo previsto por el artículo 81.3 del texto refundido de la Ley General Presupuestaria, aprobado por Real Decreto Legislativo 1091/1988, de 23 de septiembre, ha resuelto:

Primero.

Adjudicar las becas y designar como suplentes a los candidatos siguientes:

Titulares:

Mancera Rueda, Ana.

Llamazares Alberola, María Elena.

Goñi Sainz, Ainoa.

Macías Marín, María Belén.

Suplentes:

Gil González, Laura.

Hurtado Marcos, María Belén.

Segundo.

Dotar estas becas con la cantidad de 1005 Euros brutos mensuales, en equiparación a la cantidad marcada por el Ministerio de Ciencia y Tecnología para la dotación de las becas predoctorales.

Tercero.

Ordenar la publicación de la presente Resolución a los efectos previstos por el artículo 59.6.b) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

La presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la fecha de su notificación, ante esta Presidencia, de conformidad con lo establecido por los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sin perjuicio de lo anterior, contra esta resolución cabe interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses contado a partir del día siguiente a la fecha de su notificación, conforme a lo dispuesto por la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

No podrá interponerse recurso contencioso administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.

Madrid, 22 de diciembre de 2003.–El Presidente, Emilio Lora-Tamayo d’Ocón.

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