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Documento BOE-A-2004-21781

Resolución de 1 de diciembre de 2004, de la Universidad Complutense de Madrid, por la que se nombra a don Gonzalo Pajares Martinsanz y a don Manuel Ortega Ortiz de Apodaca Profesores titulares de Universidad.

Publicado en:
«BOE» núm. 313, de 29 de diciembre de 2004, páginas 42218 a 42218 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2004-21781

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con la propuesta elevada por la Comisión nombrada para juzgar el concurso para la provisión de plazas de los Cuerpos Docentes Universitarios, convocado mediante Resolución de esta Universidad de fecha 20 de septiembre de 2004 (B.O.E. de 04/10/2004), y presentada por el interesado la documentación a que hace referencia la base décima de la convocatoria, este rectorado, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 65 de la Ley Orgánica 6/2001, de Universidades, de 21 de diciembre (B.O.E. de 24 de diciembre), y demás disposiciones concordantes, ha resuelto nombrar a D. Gonzalo Pajares Martinsanz, con núm. de D.N.I 3075920, y a D. Manuel Ortega Ortiz de Apodaca, con núm. de D.N.I 279631, Titular de Universidad de la Universidad Complutense de Madrid, del área de conocimiento «Lenguajes y Sistemas Informáticos», adscrita al Departamento Sistemas Informáticos y Programación (Lenguajes y Sistemas Informáticos y Ciencia de la Computación e Ingenieria Artificial), código de plazas 03-02466, 03-02467, 03-02468.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a su publicación. No obstante, y sin perjuicio de que se pueda ejercitar cualquier otro que se estime procedente, puede optarse por interponer contra la presente resolución recurso de reposición ante el Rector de la UCM en el plazo de un mes, contando desde el día siguiente al de su publicación, en cuyo caso no podrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente mencionado en tanto no sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto, conforme a lo previsto en los artículos 116 y 117 de la LRJPAC.

Madrid, 1 de diciembre de 2004.-El Rector, Carlos Berzosa Alonso-Martínez.

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