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Documento BOE-A-2004-21647

Resolución de 16 de noviembre de 2004, de la Dirección General de Instituciones y Cooperación con la Justicia, de la Consejería de Justicia y Administración Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones de Andalucía la modificación de los estatutos de la Fundación Escuelas del Ave María.

Publicado en:
«BOE» núm. 310, de 25 de diciembre de 2004, páginas 41823 a 41824 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Andalucía
Referencia:
BOE-A-2004-21647

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente por el que se solicita la inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la modificación de estatutos de la Fundación Escuelas del Ave María, sobre la base de los siguientes

Antecedentes de hecho

Primero.-En fecha 12 de noviembre de 2004 tuvo entrada en la Consejería de Justicia y Administración Pública solicitud suscrita por D. Antonio Cruz Serrano, actuando en nombre de la Fundación, para la inscripción de la modificación estatutaria adoptada por su Patronato, en el Registro de Fundaciones de Andalucía. Segundo.-La Fundación fue reconocida, calificada e inscrita en el Registro de Fundaciones mediante Orden de 14 de marzo de 1945 del Ministerio de Educación Nacional. Tercero.-La modificación estatutaria afecta en general a la adaptación de su contenido a la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones. Cuarto.-A dicha solicitud se adjuntó copia simple de la escritura de elevación a público de acuerdos sociales otorgada el 2 de agosto de 2004 ante el Notario del Ilustre Colegio de Granada, D. José Andrés Navas Hidalgo, registrada con el número 1695 de su protocolo. Quinto.-La escritura pública incorpora certificado de la nueva composición del Patronato de la Fundación y certificado de aprobación de los nuevos Estatutos, por unanimidad del Patronato, en reunión celebrada el 1 de julio de 2004.

Fundamentos de Derecho

Primero.-Resultan de aplicación para la resolución del presente procedimiento, la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, el Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía, aprobado por Decreto 279/2003, de 7 de octubre y la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Segundo.-Al presente expediente de inscripción de modificación estatutaria se han aportado cuantos datos y documentos se consideran esenciales, cumpliéndose los requisitos previstos en el artículo 29 de la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones y el artículo 30 del Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía, aprobado por Decreto 279/2003, de 7 de octubre. Tercero.-Consta en el expediente que la modificación estatutaria acordada por el Patronato de la Fundación fue comunicada al Protectorado de Fundaciones de la Consejería de Educación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 29.4 de la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, habiéndose expresado por el mismo su conformidad. Cuarto.-El procedimiento de inscripción ha sido tramitado de acuerdo con lo previsto en el Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía y en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Quinto.-La Consejería de Justicia y Administración Pública es competente para resolver el presente procedimiento de inscripción, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 2 del Decreto 279/2003, de 7 de octubre, por el que se crea el Registro de Fundaciones de Andalucía, y el artículo 26 de su reglamento de organización y funcionamiento.

En su virtud, esta Dirección General, de acuerdo con lo anterior y visto el informe de la Secretaría General Técnica de la Consejería, resuelve:

Primero.-Ordenar la inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la modificación de estatutos de la Fundación Escuelas del Ave María, formalizados en escritura pública núm. 1695, el 2 de agosto de 2004, ante el Notario de Granada D. José Andrés Navas Hidalgo.

Segundo.-Ordenar la notificación de la presente Resolución a los interesados, su comunicación al Protectorado de Fundaciones de la Consejería de Educación, a la Administración del Estado y la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.5 del Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía y en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, cabe interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes desde su publicación, ante la Consejería de Justicia y Administración Pública. Sevilla, 16 de noviembre de 2004.-La Directora General, M.ª Luisa García Juárez.

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