Está Vd. en

Documento BOE-A-2004-21483

Resolución de 16 de diciembre de 2004, conjunta de las Subsecretarías de Fomento y de Economía y Hacienda, por la que se acuerda la emisión de una serie de sellos de correos conmemorativa de la boda de S.A.R. el Príncipe de Asturias con Doña Letizia Ortiz Rocasolano.

Publicado en:
«BOE» núm. 307, de 22 de diciembre de 2004, páginas 41604 a 41604 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-2004-21483

TEXTO ORIGINAL

Con motivo de la boda de los Príncipes de Asturias, la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos había previsto proponer la emisión de un sello de Correos conmemorativo del acontecimiento, denominada «BODA DE S.A.R. EL PRÍNCIPE DE ASTURIAS.-2004». La maqueta del sello reproducía el Escudo de Armas de Su Alteza Real el Príncipe de Asturias, la expresión Felicidades en castellano, y la indicación al evento que conmemoraba «Boda de S.A.R. el Príncipe de Asturias». Con el objetivo de reconocer la realidad plurilingüe del Estado Español y de promover el uso de las diferentes lenguas oficiales del Estado en el citado sello, por los Ministerios de Fomento y de Economía y Hacienda se dispuso, mediante Resolución conjunta de las respectivas Subsecretarías, publicada en el B.O.E. de 14 de mayo de 2004, que en los sellos conmemorativos del acontecimiento figurarán conjuntamente las expresiones Felicidades, Zorionak, Felicitats y Parebens. Asimismo, se consideró más apropiado cambiar la indicación del evento que se conmemoraba, sustituyendo «Boda de S.A.R. el Príncipe de Asturias», por «Boda de S.A.R. el Príncipe de Asturias con Doña Letizia Ortiz». El proyecto de sello con la expresión Felicidades sólo en castellano, ya se había confeccionado e iniciada la fase de distribución, previa y necesaria, para que éste pudiera estar disponible en toda la geografía española, con la anterioridad suficiente a la fecha del evento. Considerando, de una parte, que durante este proceso se ha podido producir, dada la amplitud y complejidad del mismo, la puesta en el mercado de algunos de los efectos filatélicos señalados, que pudieran originar distorsiones en el mundo del coleccionismo filatélico; y de otra, la alta y notable acogida del mismo, así como las peticiones, entre otras, de Asociaciones de comerciantes y coleccionistas filatélicos, se adopta, con carácter excepcional, la decisión de autorizar una nueva emisión conmemorativa del enlace de S.A.R. el Príncipe de Asturias con Doña Letizia Ortiz Rocasolano, en los términos que se habían previsto inicialmente. En atención a lo expuesto, de conformidad con lo establecido en la disposición adicional segunda de la Ley 24/1998, de 13 de julio, del Servicio Postal Universal y de Liberalización de los Servicios Postales, sobre emisión y puesta en circulación de una serie de sellos de Correos denominada «BODA DE S.A.R. EL PRÍNCIPE DE ASTURIAS.-2004», se dicta la presente resolución:

Primero.-Se autoriza la emisión y puesta en circulación de una serie de sellos de Correos denominada «BODA DE S.A.R. EL PRÍNCIPE DE ASTURIAS.-2004».

Segundo.-Dicho sello reproduce el Escudo de Armas de Su Alteza Real el Príncipe de Asturias y contiene la expresión Felicidades, teniendo las siguientes características técnicas:

Procedimiento de impresión: Huecograbado.

Papel: Estucado engomado fosforescente. Dentado: 13 3/4. Formato del sello: 40,9 x 28,8 mm. (horizontal). Valor postal: 0,27 €. Efectos en pliego: 50. Tirada: 1.000.000.

Tercero.-La venta y puesta en circulación de esta emisión se iniciará al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Su distribución a los puntos de venta cesará el 31 de diciembre de 2008, no obstante lo cual mantendrán indefinidamente su valor a efectos de franqueo, hasta que se dicte orden en contrario. Cuarto.-De estos efectos quedarán reservadas en la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda 5.000 unidades a disposición de la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, para atender los compromisos internacionales, derivados de la pertenencia a la Unión Postal Universal y de los intercambios con otras Administraciones Postales, así como para su incorporación a los fondos filatélicos del Museo Postal y Telegráfico y para la promoción del sello español. Otras 500 unidades de estos efectos serán reservadas a la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda, para atenciones de intercambio con los Organismos emisores de otros países, integración en los fondos filatélicos del Museo de dicha Fábrica y promoción filatélica nacional e internacional. Quinto.-Por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda se procederá a la destrucción de los proyectos, maquetas, dibujos, pruebas, planchas y cualquier otro elemento o material utilizado, una vez realizadas las emisiones. Sin embargo, cuando resulte, a juicio de la Fábrica, que alguno de los elementos empleados en la preparación o estampillado de las emisiones anteriormente aludidas encierra gran interés histórico o didáctico, podrá ser destinado, convenientemente inutilizado, a dotar el Museo de la Fábrica, el Museo Postal o cualquier otro Museo de interés en la materia. En todo caso se extenderá la correspondiente acta, tanto de la inutilización como de los elementos que en calidad de depósito se integren en alguno de los indicados Museos.

Lo que comunicamos a VV. II. para su conocimiento y efectos.

Madrid, 16 de diciembre de 2004.-La Subsecretaria de Fomento, María Encarnación Vivanco Bustos.-La Subsecretaria de Economía y Hacienda, Juana María Lázaro Ruiz.

Ilmo. Sr. Presidente de la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, S.A. e Ilmo. Sr. Director General de la Fabrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid