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Documento BOE-A-2004-21133

Resolución de 10 de noviembre de 2004, de la Secretaría General de Sanidad, por la que se da publicidad al Convenio Específico de Colaboración entre la Consejería de Sanidad de la Junta de Castilla y León, y el Instituto de Salud «Carlos III», para la realización de un curso sobre gestión de la investigación biomédica.

Publicado en:
«BOE» núm. 301, de 15 de diciembre de 2004, páginas 40995 a 40996 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad y Consumo
Referencia:
BOE-A-2004-21133

TEXTO ORIGINAL

Suscrito el 5 de octubre de 2004, Convenio específico de colaboración entre la Consejería de Sanidad, de la Junta de Castilla y León, y el Instituto de Salud «Carlos III», para la realización de un curso sobre gestión de la investigación biomédica a desarrollar en Castilla y León.

En desarrollo del Convenio de colaboración entre el Ministerio de Sanidad y Consumo, a través del Instituto de Salud «Carlos III», y la Comunidad de Castilla y León, para establecer el marco de desarrollo de actividades de carácter científico y técnico, en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el Boletín Oficial del Estado de dicho Acuerdo, que figura como anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 10 de noviembre de 2004.-El Secretario General, Fernando Lamata Cotanda.

ANEXO QUE SE CITA Convenio específico de colaboración entre la Consejería de Sanidad, de la Junta de Castilla y León, y el Instituto de Salud «Carlos III», para la realización de un curso sobre gestión de la investigación biomédica a desarrollar en Castilla y León. En desarrollo del Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Sanidad y Consumo, a través del Instituto de Salud «Carlos III», y la Comunidad de Castilla y León, para establecer el marco de desarrollo de actividades de carácter científico y técnico

En Madrid, a 5 de octubre de 2004.

REUNIDOS

De una parte, el Excelentísimo señor don César Antón Beltrán, Consejero de Sanidad de la Junta de Castilla y León (en adelante Consejería de Sanidad), nombrado por Acuerdo 15/2003, de 3 de julio, («Boletín Oficial de Castilla y León» número 128, de 4 de julio de 2003), actuando en nombre propio y representación de la Consejería de Sanidad, con domicilio en el Paseo de Zorrilla, número 1, de Valladolid, en virtud de la competencia atribuida por el artículo 26.1.L) de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de Castilla y León.

Y de otra, el Ilustrísimo señor don Francisco Gracia Navarro, como Director del Instituto de Salud «Carlos III», organismo perteneciente al Ministerio de Sanidad y Consumo, nombrado por Decreto 1345/2004, de 28 de mayo («Boletín Oficial del Estado» número 130, del 29 de mayo), actuando en nombre propio y representación del mencionado Instituto de Salud «Carlos III», con domicilio en la calle Sinesio Delgado, número 8, de Madrid, y en ejercicio de las competencias atribuidas en el Real Decreto 1555/2004, de 25 de junio por el que se establece la estructura orgánica del Ministerio de Sanidad y Consumo y por el Real Decreto 375/2001 de 6 de abril que aprueba el estatuto del Instituto de Salud Carlos III.

Ambas partes se reconocen con capacidad legal suficiente para firmar el presente Convenio específico de colaboración y

EXPONEN

1.º Que la Consejería de Sanidad de la Junta de Castilla y León y el Instituto de Salud «Carlos III» suscribieron, con fecha 24 de septiembre de 2002, un Convenio Marco de colaboración para el desarrollo de actividades de carácter científico y técnico, vigente por cinco años a partir de su firma y prorrogable mediante acuerdo protocolizado de las partes, mediante el cual se establecen las características generales de colaboración entre ambas Instituciones. Dicho Convenio contempla la cooperación, entre otras, en la «promoción y realización conjunta, en régimen de cofinanciación, de proyectos coordinados o concertados de investigación científica y técnica», para cuyo desarrollo se contempla la oportunidad de que se establezca el correspondiente Convenio específico.

2.º Que la Junta de Castilla y León tiene entre sus objetivos prioritarios impulsar y coordinar la investigación en la Comunidad, en consonancia con lo previsto en la Ley 17/2002, del 19 de diciembre, de fomento y coordinación general de la investigación científica, desarrollo e innovación tecnológica (I+D+I) en Castilla y León. 3.º Que la Ley 1/1993, de 6 de abril, de Ordenación del Sistema Sanitario de Castilla y León, incluye, entre las actividades y servicios de su Sistema de Salud el apoyo a la investigación e innovación en el mundo de las Ciencias de la Salud. 4.º Que el Instituto de Salud «Carlos III» es según la Ley 14/1986, General de Sanidad, el órgano de apoyo científico-técnico de los distintos Servicios de Salud de las Comunidades Autónomas (artículo 111) y desarrolla las funciones recogidas en el artículo 112 de la misma y en el Real Decreto 375/2001 por el que se aprueba el Estatuto del Instituto. 5.º Que en virtud de lo manifestado y de acuerdo a la vigente legislación, las partes convienen en firmar el presente Convenio específico que estará sometido a las siguientes

ESTIPULACIONES

1.ª Objeto.-El objeto del presente convenio es establecer la colaboración entre la Consejería de Sanidad, de la Junta de Castilla y León, y el Instituto de Salud «Carlos III» para la realización de un curso de gestión de la investigación biomédica con una duración de 36 horas lectivas, cuyo programa se adjunta.

2.ª Compromisos de las partes.-El Instituto de Salud «Carlos III» aportará, a través de la Subdirección de Investigación Sanitaria, el programa del curso. El Instituto de Salud «Carlos III» proporcionará los profesores idóneos para desarrollar el programa propuesto. En ambos casos, tanto en la elaboración del programa como en la designación del profesorado, de acuerdo con la Consejería de Sanidad. La Consejería de Sanidad asumirá el desarrollo del programa pactado, corriendo a su cargo la gestión administrativa del curso, así como su organización y otros aspectos que permitan el desarrollo del mismo. Las indemnizaciones que correspondan abonar al profesorado, incluido el pago de profesores, sus gastos de viajes y viáticos de los mismos, así como las aulas y medios audiovisuales necesarios para el buen desarrollo de la actividad, que se regulará por lo establecido en la Orden PAT / 392 / 2004, de 17 de marzo, por la que se convocan actividades formativas incluidas en el Plan de Formación Continua de la Administración de la Comunidad de Castilla y León para el año 2004, del Área Específica de Salud Pública y Consumo («BOCyL», suplemento 1 al n.º 56, del 23 de marzo). 3.ª Financiación.-El presente Convenio no supone transferencias económicas entre las partes firmantes. 4.ª Mención.-Ambas partes se comprometen a especificar destacadamente la participación de ambas instituciones firmantes en la actividad, incluida en la difusión y publicación, que pudieran llevarse a cabo en virtud del presente Convenio de colaboración. 5.ª Vigencia y revisión.-El presente Convenio de colaboración entrará en vigor el día siguiente al de su firma por ambas partes y extenderá su vigencia hasta la finalización del objeto del convenio, y en cualquier caso con anterioridad al día 31 de diciembre de 2004. La Junta de Castilla y León y el Instituto de Salud «Carlos III», podrán, de mutuo acuerdo, prorrogar el presente Convenio a otras anualidades, si así es considerado pertinente y si, en caso preciso, las disponibilidades presupuestarias lo permiten. 6.ª Jurisdicción.-El presente convenio se regulará por mutuo acuerdo entre las partes. Las dudas y controversias que surjan con motivo de la interpretación y aplicación del presente Convenio que no pueden ser resueltas de forma amigable por las partes, se resolverán de conformidad con las normas reconocidas por el Derecho y ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. 7.ª Naturaleza Jurídica.-De acuerdo con lo establecido en el artículo 3.1.c) del Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos de la Administración del Estado, este Convenio queda excluido del ámbito de aplicación de la citada Ley, rigiéndose por lo estipulado entre las partes y aplicándose los principios y criterios contenidos en la misma para resolver las dudas que pudieran suscitarse en torno a la interpretación o aplicación del presente Convenio. 8.ª Causas de extinción.-Serán motivo de extinción del presente Convenio el incumplimiento de los acuerdos pactados y/o la denuncia unilateral por cualquiera de las dos partes, en cuyo caso, el plazo para que la denuncia produzca como efecto la extinción del Convenio, queda establecida en treinta días naturales.

En los supuestos de extinción anteriormente mencionados, las actuaciones en curso finalizarán con la elaboración, por cada una de las partes, de una memoria de actuaciones realizadas hasta la fecha de extinción.

En prueba de conformidad y a su solo efecto se firma el presente convenio por cuadriplicado en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento. Firmado.-El Consejero de Sanidad, César Antón Beltrán.-El Director del Instituto de Salud «Carlos III», Francisco Gracia Navarro. Curso «Gestión de la Investigación Biomédica».

Objetivos: Mejorar la capacidad de los asistentes en sus responsabilidades en la investigación en biomedicina.

Destinatarios: Representantes de las Unidades de Investigación de Área y de los Centros de Investigación en Biomedicina. N.º de Ediciones: 1 N.º de plazas: 20/22. Duración: 36 horas. Lugar de celebración: Instituto de Estudios de Ciencias de la Salud de Castilla y León. Soria. Fechas: 18, 19, 20, 21 y 22 de octubre. Horario: Internado.

Contenidos:

Iniciativa sectorial de investigación en Sanidad: Unión Europea, Nacional y Autonómico.

Aspectos éticos de la investigación. Elaboración de proyectos. La evaluación de los proyectos. Fuentes de información. Bases de datos e información.

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