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Documento BOE-A-2004-20507

Orden EHA/3979/2004, de 2 de noviembre, por la que se hace público el Acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, de 15 de julio de 2004, en la que se resuelven solicitudes de incentivos regionales, previstos en la Ley 50/1985.

Publicado en:
«BOE» núm. 290, de 2 de diciembre de 2004, páginas 40070 a 40073 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-2004-20507

TEXTO ORIGINAL

La Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, en su reunión del día 15 de julio de 2004, adoptó un Acuerdo por el que, a propuesta del Ministerio de Economía y Hacienda, se resuelven expedientes de solicitud de los incentivos regionales previstos en la Ley 50/1985. Considerando la naturaleza de dicho Acuerdo, este Ministerio, tiene a bien disponer: Dar publicidad en el Boletín Oficial del Estado al texto del Acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos de fecha 15 de julio de 2004. Dicho texto, con relación nominal de las empresas afectadas, se incluye como Anexo a esta Orden Ministerial. Madrid, 2 de noviembre de 2004.-El Vicepresidente Segundo del Gobierno y Ministro de Economía y Hacienda, P.D. (Orden EHA/3057/2004, de 21 de septiembre), el Secretario de Estado de Hacienda y Presupuestos, Miguel Ángel Fernández Ordóñez.

ANEXO Texto del acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos

La Ley 50/1985, de 27 de diciembre, sobre incentivos regionales, desarrollada reglamentariamente por el Real Decreto 1535/1987, de 11 de diciembre, modificado por los Reales Decretos 897/1991, de 14 de junio, 302/1993, de 26 de febrero y 2315/1993, de 29 de diciembre, constituye un instrumento para las actuaciones de ámbito estatal, dirigidas a fomentar las iniciativas empresariales con intensidad selectiva en determinadas regiones del Estado con objeto de repartir equilibradamente las actividades económicas dentro del mismo. Los Reales Decretos 491/1988, de 6 de mayo, modificado por los Reales Decretos 2486/1996, de 5 de diciembre y 1333/2001, de 30 de noviembre, 487/1988, de 6 de mayo, modificado por los Reales Decretos 528/1992, de 22 de mayo, 2485/1996, de 5 de diciembre y 1332/2001, de 30 de noviembre, 488/1988 de 6 de mayo, modificado por los Reales Decretos 303/1993, de 26 de febrero y 1331/2001 de 30 de noviembre, 489/1988, de 6 de mayo modificado por el Real Decreto 1330/2001, de 30 de noviembre, 490/1988, de 6 de mayo, modificado por los Reales Decretos 529/1992, de 22 de mayo, 133/1994, de 4 de febrero, 2488/996, de 5 de diciembre y 1329/2001, de 30 de noviembre, 568/1988, de 6 de mayo, modificado por los Reales Decretos 530/1992, de 22 de mayo y 1328/2001, de 30 de noviembre, 569/1988, de 3 de junio, modificado por el Real Decreto 1327/2001 de 30 de noviembre, 570/1988, de 3 de junio, modificado por el Real Decreto 2487/1996, de 5 de diciembre y 1335/2001, de 30 de noviembre, 652/1988, de 24 de junio, modificado por el Real Decreto 1326/2001, de 30 de noviembre, Real Decreto 1389/1988, de 18 de noviembre, modificado por los Reales Decretos 1397/1992, de 20 de noviembre y 1323/2001, de 30 de noviembre y 883/1989, de 14 de julio, modificado por los Reales Decretos 789/1991, de 17 de mayo, 852/1992, de 10 de julio, 2489/1996, de 5 de diciembre y 1334/2001, de 30 de noviembre, delimitan la Zona Promocionable de Aragón y las Zonas de Promoción Económica de Asturias, Murcia, Castilla-La Mancha, Cantabria, Galicia, Canarias, Castilla-León, Andalucía, Extremadura y Comunidad Valenciana. El expediente CR/248/P03, correspondiente a J. García Carrión, S.A., estudiado por Consejo Rector de fecha 17-12-2001 se tuvo que notificar a la Comisión Europea, de acuerdo con las directrices Comunitarias sobre ayudas al sector Agrario (2000/C28/02). La Comisión declaró compatibles las ayudas notificadas con el Tratado CE, el día 26-11-2003. Se han presentado solicitudes para acogerse a estos incentivos regionales, acogiéndose a los Reales Decretos de delimitación citados, y se han tramitado las mismas de conformidad con la legislación que les afecta. Una vez estudiadas dichas solicitudes por el Consejo Rector, se elevan las respectivas propuestas de concesión a esta Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, al amparo de lo dispuesto en el artículo 27 del Real Decreto 1535/1987, de 11 de diciembre. La Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos

ACUERDA

Primero. Concesión de Incentivos Regionales.-Se conceden incentivos regionales a los proyectos de inversión que se relacionan en el Anexo I de este Acuerdo en el que se indican el importe de los mismos, la inversión incentivable y los puestos de trabajo a crear. Segundo. Modificación de condiciones.-Se acepta la modificación de los expedientes que se relacionan en el Anexo II, en el que se especifican los datos de inversión, subvención y puestos de trabajo a crear, concedidos inicialmente y los resultantes de esta modificación. Tercero. Resoluciones individuales.-1. La Dirección General de Fondos Comunitarios notificará individualmente a las empresas, a través del órgano competente de la Comunidad Autónoma, las condiciones generales y particulares que afectan a cada proyecto mediante las correspondientes resoluciones individuales. 2. La resolución sobre concesión de beneficios que sea expedida por aplicación de lo dispuesto en el presente Acuerdo no exime a las empresas de cumplir los requisitos y obtener las autorizaciones administrativas que, para la instalación o ampliación de las industrias, exijan las disposiciones legales vigentes, nacionales o comunitarias, así como la normativa de la respectiva Comunidad Autónoma y las correspondientes ordenanzas municipales. 3. Se faculta a la Dirección General de Fondos Comunitarios para que pueda autorizar modificaciones, en más o menos y hasta un diez por ciento, respecto del importe de la subvención concedida, de la inversión aprobada o del número de puestos de trabajo. Cuarto. Abono de las subvenciones.-1. La adquisición de los derechos por los perceptores de las subvenciones que puedan derivarse del presente Acuerdo queda condicionado a la existencia de crédito adecuado y suficiente y a la aprobación del correspondiente expediente de gasto por el órgano competente, previa la preceptiva fiscalización favorable de la Intervención. 2. El abono de las subvenciones a que dé lugar el presente Acuerdo quedará sometido a la tramitación y aprobación del oportuno expediente de gasto, que ha de incoarse con cargo al correspondiente crédito cifrado en la sección 24 «Economía», rúbrica 24.10.724C.771 del vigente presupuesto y en la sección 15.14.442A.771 para posteriores ejercicios, en el momento de presentarse la primera liquidación de subvención. 3. Los titulares de las subvenciones concedidas por el presente Acuerdo quedan sujetos al cumplimiento de lo establecido en la Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 28 de abril de 1986, sobre justificación del cumplimiento de las obligaciones tributarias, y en la Orden de 25 de noviembre de 1987, sobre justificación del cumplimiento de las obligaciones frente a la Seguridad Social. 4. Cuando la subvención se cofinancie por los Fondos Estructurales de la Comisión Europea, su abono quedará sometido a la tramitación específica exigida para la percepción de ayudas por dichos Fondos, así como a las disposiciones de control y seguimiento de la Unión Europea. 5. Los pagos parciales, que tendrán el carácter de pagos a cuenta, estarán debidamente afianzados y sujetos a inspecciones y rectificaciones, en su caso, de acuerdo con la normativa vigente.

6. En caso de incumplimiento de las condiciones establecidas, tanto en la normativa vigente como en la resolución individual, el beneficiario estará obligado a reintegrar las cantidades que hubiera recibido, con abono de los intereses legales correspondientes y del recargo y sanciones, si proceden, sin perjuicio de la aplicación, cuando proceda, de los preceptos sobre delitos contra la hacienda pública, conforme a lo dispuesto en el artículo 7 de la Ley 50/1985, de 27 de diciembre.

Madrid, 2 de noviembre de 2004.-P.D. (Orden EHA/3057/204, de 21 de septiembre), el Secretario de Estado de Hacienda y Presupuestos, Miguel Ángel Fernández Ordóñez.

ANEXO I €

(Importes Expresados En Euros)

Cod. expte.

Empresa/localización

Inversión

Subvención

Empleo

Zona de Promoción Económica de Asturias

Asturias:

AS/ 900/P01

Fundicion Nodular, S.A. Lugones

812.606,40

9.028.960,00

0

AS/ 913/P01

Caldastur, S.L. Oviedo

11.769.440,00

2.000.804,80

60

Zona de Promoción Económica de Castilla-La Mancha

Ciudad Real:

CR/ 248/P03

J. García Carrion la Mancha, S.A. Daimiel

40.615.226,00

4.061.522,60

50

Cuenca:

CU/ 198/P03

Balneario y Aguas de Solan de Cabras, S.L. Beteta

7.354.850,00

735.485,00

5

Guadalajara:

GU/ 191/P03

Plasticos Vanguardia, S.A. Azuqueca de Henares

7.838.110,00

391.905,50

6

Toledo:

TO/ 675/P03

Turispalacio, S.L.. Toledo

6.199.509,00

743.941,08

34

TO/ 686/P03

Dela Frío, S.A. Sociedad Unipersonal. Noblejas

7.252.840,00

942.869,20

19

Zona de Promoción Económica de Cantabria

Santander:

S/ 368/P04

Balneario de Solares, S.L. Medio Cudeyo

14.170.288,00

2.408.948,96

86

S/ 381/P04

Dynasol Elastomeros, S.A. Marina de Cudeyo

10.933.688,00

1.093.368,80

1

S/ 392/P04

Micronorte Packaging, SL. Polanco

6.727.803,00

740.058,33

44

Zona de Promoción Económica de Galicia

A Coruña:

C/ 704/P05

Aceria As Pontes, S.L. As Pontes de Garcia Rodríguez

9.480.098,00

1.042.810,78

48

C/ 715/P05

Norte Forestal, S.A. Ortigueira

21.188.707,00

3.178.306,05

35

Lugo:

LU/ 275/P05

Hotel Balneario Aguas Santas, S.L. Panton

13.780.086,00

2.342.614,62

43

Ourense:

OR/ 289/P05

Orember, S.A. San Cibrao Das Viñas

12.021.862,00

1.683.060,68

18

Pontevedra:

PO/ 911/P05

Benteler Automotive Vigo, S.L. Vigo

46.848.776,00

8.432.779,68

180

PO/ 917/P05

Grupo Empresarial Ence, S.A. Pontevedra

23.972.900,00

2.157.561,00

0

PO/ 919/P05

Denso Sistemas Termicos España, S.A. Vigo

23.139.359,00

4.396.478,21

222

Zona de Promoción Económica de Canarias

Las Palmas:

GC/ 494/P06.

Promotora Inmobiliaria Parque Islas Canarias, S.L Arrecife

15.026.236,00

1.652.885,96

40

GC/ 496/P06

Vanyera, S.A. Telde

6.496.140,00

974.421,00

53

Zona de Promoción Económica de Castilla y León

Ávila:

AV/ 139/P07

Chocolates La Muralla, S.L. Ávila

6.587.029,00

724.573,19

37

Burgos:

Bu/ 583/P07

Viña Arnaiz, S.A. Sociedad Unipersonal. Haza

6.010.877,00

300.543,85

6

Bu/ 591/P07

Parque Bilbao S.A. Burgos

7.307.498,00

584.599,84

37

León:

Le/ 597/P07

Tubos de Castilla y León, S.A. Valencia de Don Juan

7.505.800,00

900.696,00

52

Palencia:

P/ 306/P07

Galletas Gullon, S.A. Aguilar de Campoo

35.661.012,00

1.783.050,60

12

P/ 312/P07

Horno de Galletas de Aguilar, S.L. Unipersonal Aguilar de Campoo

19.656.110,00

982.805,50

67

Valladolid:

Va/ 389/P07

Treves Castilla-León,S.L. Aldeamayor de San Martin

9.433.224,00

1.131.986,88

102

Va/ 393/P07

Hotel Villa de Olmedo, S.L. Olmedo

8.686.232,00

955.485,52

30

Va/ 402/P07

Industrias San Cayetano, S.L. Aldeamayor de San Martín

11.797.310,00

825.811,70

28

Zona de Promoción Económica de Andalucía

Almeria:

Al/ 594/P08

Hotel Costa Toyo, S.A. Almería

17.474.128,00

2.096.895,36

90

Cádiz:

Ca/ 607/P08

Navicoas Hoteles y Servicios, S.L. Sanlúcar de Barrameda

6.356.524,00

953.478,60

20

Córdoba:

Co/ 610/P08.

Parque Joyero de Cordoba, A.I.E Córdoba

26.137.545,00

6.534.386,25

216

Granada:

Gr/ 455/P08

Falstacen, S.L. Motril

25.302.351,00

3.289.305,63

120

Sevilla:

Se/ 1209/P08

Renault España, S.A. Sevilla

179.557.068,00

25.137.989,52

222

Se/ 1219/P08

Faro de Camarinal, S.L. Bormujos

9.649.108,00

1.061.401,88

38

Se/ 1222/P08

Hispa Rad, S.A. Sevilla

7.167.858,00

716.785,80

38

Zona de Promoción Económica de Extremadura

Badajoz:

Ba/ 676/P11.

Corchos de Mérida, S.A San Vicente de Alcántara

7.540.684,00

603.254,72

15

Ba/ 765/P11

Lusografica, S.A. Olivenza

22.982.926,00

3.677.268,16

41

Ba/ 766/P11

Nestle Waters España, S.A., Sociedad Unipersonal. Herrera del Duque

13.530.896,00

1.894.325,44

40

Cáceres:

Cc/ 447/P11

S.C.L. de 2.º Grado Aceitunera del Norte de Cáceres. Acenorca. Montehermoso

6.951.708,00

625.653,72

1

Zona de Promoción Económica de Valencia

Alicante:

A/ 636/P12

Urbanizaciones y Construcciones Urcosa, S.L. Altea

20.257.157,00

1.215.429,42

50

Valencia:

V/ 905/P12

Hotel Valencia Center, S.L. Valencia

11.282.742,00

676.964,52

25

V/ 982/P12

Ford España. Almussafes

332.984.027,00

36.628.242,97

0

ANEXO II € (Importes expresados en euros)

Cod. Expte.

Empresa

Calificación anterior

Calificación modificada

Zona Promocionable de Aragón

Zaragoza:

Z/147/E50

Faurecia Automotive España, S. A.

C.D.G.A.E. 22/03/2001.

Inversión: 42.025975,74.

Subvenciones: 3.362.078,06

Empleo: 105

35.969.634,00

2.877.570,72

177

Zona de Promoción de Asturias

Asturias:

AS/598/P01

S. A. Chupa-Chups

C.D.G.A.E. 24/10/2002

Inversión: 16.828.257,00

Subvenciones: 2.355.955,98

Empleo: 25

19.633.989,00

2.552.418,57

25

Zona de Promoción Económica de Castilla-La Mancha

Guadalajara:

GU/171/P03

Hydro Aluminio Azuqueca, S. A.

C.D.G.A.E. 28/02/2002

Inversión: 16.014.004,00

Subvenciones: 1.120.980,28

Empleo: 44

14.182.564,00

992.779,48

44

Zona de Promoción Económica de Castilla-León

Burgos:

BU/466/P07

Michelín España Portugal, S. A.

C.D.G.A.E. 3/7/22001

Inversió: 26.148.918,78

Subvenciones: 2.876.381,07

Empleo: 10

24.288.403,00

2.185.956,27

0

BU/501/P07

Estructuras Eólicas Miranda, S. A.

C.D.G.A.E. 22/3/2001

Inversión: 7.277.349,06

Subvenciones: 946.055,38

Empleo: 129

8.305.638,00

664.451,04

80

Valladolid:

VA/255/P07

Michelín España Portugal, S. A.

C.D.G.A.E. 22/3/2001

Inversión: 44.351.165,36

Subvenciones: 4.878.628,19

Empleo: 0

44.351.165,00

3.991.604,85

0

VA/374/P07

Visteon Sistemas Interiores España, S. L.

C.D.G.A.E. 28/2/2002

Inversión: 7.022.045,00

Subvenciones: 772.424,95

Empleo: 35

17.460.479,00

1.920.652,69

60

Zona de Promoción Económica de Andalucía

Almería:

AL/525/P08

Cala Pins, S. L.

C.D.G.A.E. 28/2/2002

Inversión: 11.753.459,00

Subvenciones: 1.410.415,08

Empleo: 43

8.969.312,00

1.076.317,44

43

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