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Documento BOE-A-2004-20151

Resolución de 11 de noviembre de 2004, de la Secretaría de Estado de Turismo y Comercio, por la que se convocan las becas de colaboración con la Dirección General de Política Comercial para el año 2005.

Publicado en:
«BOE» núm. 286, de 27 de noviembre de 2004, páginas 39395 a 39396 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-A-2004-20151

TEXTO ORIGINAL

La Orden ITC/3157/2004, de 15 de septiembre de 2004, del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio (BOE de 4 de octubre) que regula las bases de las becas de colaboración con la Dirección General de Política Comercial establece en su apartado segundo que las becas se convocaran anualmente mediante Resolución de la Secretaría de Estado de Turismo y Comercio publicada en el Boletín Oficial del Estado. De conformidad con dichas bases, esta Secretaría de Estado resuelve: Primero. Convocatoria.-Convocar cuatro becas de colaboración para titulados superiores de cualquier carrera universitaria. Los becarios colaborarán en el estudio, entre otros, del entorno comercial, el análisis de la pequeña y mediana empresa comercial, el sector de la distribución y las estructuras comerciales, los procesos de formación de precios, la proyección exterior de la distribución comercial española y el análisis comparado de los aspectos comerciales, fundamentalmente con países de la UE. Los trabajos de colaboración se desarrollarán a lo largo del año 2005 con una duración máxima de 10 meses, entre el 1 de febrero y el 31 de diciembre, interrumpiéndose durante el mes de agosto. Los trabajos se realizaran en las dependencias de la Dirección General de Política Comercial del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio en Madrid. Segundo. Bases reguladoras.-Las bases reguladoras de las becas de colaboración con la Dirección General de Política Comercial fueron publicadas por Orden ITC/3157/2004 de 15 de septiembre de 2004 del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio (BOE de 4 de octubre) en la que se establecen, entre otros, el objeto, condiciones y finalidad, los requisitos de los solicitantes, el órgano de ordenación e instrucción, el proceso de selección y los criterios de valoración y el plazo de resolución y notificación. El procedimiento de concesión será en régimen de concurrencia competitiva. Para la concesión de las becas se realizará una comparación de las solicitudes presentadas, estableciendo una prelación entre las mismas de acuerdo con los criterios de valoración fijados y adjudicándose a aquellas que hayan obtenido mayor puntuación. Tercero. Dotación.-Cada beca estará dotada con 9.567,5 euros brutos, distribuidos en una cuantía de 956,75 euros mensuales. La concesión de las becas quedará condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en la aplicación presupuestaria 20. 07. 431O. 480 de los Presupuestos Generales del Estado para el año 2005. Cuarto. Documentación.-Los interesados deberán enviar a la Dirección General de Política Comercial la siguiente documentación:

a) Solicitud formulada de acuerdo con lo establecido en el art. 70 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Se ofrece modelo no obligatorio de solicitud en el Anexo I.

b) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad. c) Copia compulsada del título académico o del resguardo de haber abonado los derechos de expedición d) Certificación académica personal. e) Currículum vitae del solicitante relacionando los estudios cursados, y en su caso, experiencia profesional y publicaciones realizadas. f) Documentos acreditativos de los méritos que se aleguen. g) Escrito explicando el motivo que le induce a solicitar la beca y los objetivos perseguidos

No será precisa la aportación de certificados de encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, si el solicitante manifiesta expresamente su consentimiento para que sus datos sean recabados por la Dirección General de Política Comercial, mediante el modelo de autorización que figura en el Anexo I. En caso de no prestar consentimiento, el becario adjudicatario en el momento de la aceptación de la beca deberá aportar ambos certificados.

La documentación podrá presentarse hasta el día 17 de diciembre de 2004 en el Registro General del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, P.º de la Castellana, 162, 28046 Madrid, o en cualquiera de los registros y oficinas previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, citada. Quinto. Recursos.-La resolución de adjudicación de la Secretaría de Estado de Turismo y Comercio pondrá fin a la vía administrativa; contra esta resolución podrá interponerse el correspondiente recurso contencioso administrativo, previo en su caso, recurso potestativo de reposición en vía administrativa, conforme lo previsto en el artículo 116 de la Ley 30/1992, citada. El procedimiento se resolverá en un plazo no superior a seis meses desde la publicación de la convocatoria. Sexto. Entrada en vigor.-La presente Resolución producirá sus efectos desde el día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, a 11 de noviembre de 2004.-El Secretario de Estado. P. D. (Orden ITC/3187/2004, de 4 de octubre, BOE del 6), el Director General de Política Comercial, Ignacio Cruz Roche.

ANEXO I Solicitud de admisión en el proceso de selección de las becas de colaboración con la Dirección General de Política Comercial

1. Apellidos y nombre. 2. NIF 3. Fecha de nacimiento. 4. Domicilio. 5. Teléfono. 6. Títulos académicos. (Universidad y fecha de obtención) 7. Otros títulos. 8. Idiomas. Solicita:

Ser admitido en el proceso de selección de las becas de colaboración con la Dirección General de Política Comercial para el año 2005 convocadas por Resolución de 11 de noviembre de 2004. Declara que son ciertos los datos consignados y firma la presente solicitud.

(Relación de la documentación que se acompaña)

En a de de 2004

Fdo.:

Autorización:

De acuerdo con el artículo 6 de la Ley Orgánica 15/99 de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, autorizo expresamente a la Dirección General de Política Comercial a solicitar de la Agencia Estatal de Administración Tributaria y de la Tesorería General de la Seguridad Social los datos relativos al cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. Esta autorización se otorga exclusivamente a efectos de comprobar el cumplimiento de los requisitos establecidos para obtener, percibir y mantener la beca de colaboración con la Dirección General de Política Comercial.

Fdo: NIF:

Ilmo. Sr. Director General de Política Comercial Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.

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