Visto el expediente de indulto de doña Isabel Fernández López, con los informes del Ministerio Fiscal y del tribunal sentenciador, condenada por la Audiencia Provincial, sección tercera, de Cádiz, en sentencia de 15 de febrero de 1998, como autora de un delito contra la salud pública, a la pena de tres años y ocho meses de prisión y 18 millones de pesetas, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1996, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 12 de noviembre de 2004,
Vengo en indultar a doña Isabel Fernández López la mitad de la pena privativa de libertad impuesta, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación de este real decreto.
Dado en Madrid, el 12 de noviembre de 2004.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia, JUAN FERNANDO LÓPEZ AGUILAR
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