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El Real Decreto 2193/1995, de 28 de diciembre, por el que
se establecen las normas básicas para el acceso y la provisión
de puestos de trabajo en el Cuerpo de Inspectores de Educación,
en su artículo 5.1. dispone que las Administraciones educativas,
de acuerdo con sus respectivas ofertas de empleo procederán a
realizar la convocatoria para la provisión de plazas autorizadas
en dicha oferta de empleo.
La Consejería de Educación, Cultura y Deportes del Gobierno
de Canarias, por Orden de 23 de mayo de 2003 (Boletín Oficial
de Canarias Número 103 de 2 de junio), hizo pública la
convocatoria de procedimientos selectivos de ingreso al Cuerpo de
Inspectores de Educación.
Desarrollado todo el procedimiento que marcaba la Orden de
convocatoria, por Orden de 23 de septiembre de 2004, del
Consejero de Educación, Cultura y Deportes, se aprueba el expediente
del procedimiento selectivo convocado por la citada Orden de
23 de mayo.
De conformidad con lo establecido en el artículo 14 del Real
Decreto 2193/1995, de 28 de diciembre.
Vista la propuesta de la Consejería de Educación, Cultura y
Deportes del Gobierno de Canarias.
Este Ministerio, ha dispuesto:
Primero.-Nombrar funcionarios de carrera del Cuerpo de
Inspectores de Educación a los seleccionados, que aparecen
relacionados en el Anexo de esta Orden, con indicación del Número
de Registro de Personal que les corresponde.
Segundo.-Los nombrados a través de la presente Orden se
considerarán ingresados como funcionarios de carrera del Cuerpo
de Inspectores de Educación con efectos de 1 de septiembre de
2004.
Tercero.-Contra esta Orden que es definitiva en la vía
administrativa cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante
la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional,
conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa, y artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio,
del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica
6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses a contar desde
el día siguiente a la fecha de su publicación, de acuerdo con lo
dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.
Asimismo, la presente Orden podrá ser recurrida
potestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo órgano
que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos
116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999,
de 13 de enero.
Madrid, 5 de noviembre de 2004.-La Ministra, P. D. (Orden
ECI/1217/2004, de 3 de mayo, B.O.E. del 6), el Subsecretario,
Fernando Gurrea Casamayor.
Ilmo Sr. Subsecretario.
ANEXO
Cuerpo: 0510 Inspectores de Educación
N.R.P. Apellidosynombre D.N.I. Puntuacion
4273450857
A0510
Santana Dumpiérrez,
Saturnina.
42734508 15,0352
4325983202
A0510
Afonso Cabrera, Miguel. 43259832 14,1785
4273331302
A0510
Figueras Martín,
Humberto Luciano.
42733313 12,9181
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