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Documento BOE-A-2004-1966

Resolución de 19 de diciembre de 2003, de la Secretaría General de Medio Ambiente, sobre la evaluación de impacto ambiental del proyecto Riego de 20,2288 hectáreas en una finca de Frutemsa, S. A., en el término municipal de Gibraleón (Huelva), en el ámbito de la Confederación Hidrográfica del Guadiana.

Publicado en:
«BOE» núm. 28, de 2 de febrero de 2004, páginas 4486 a 4486 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2004-1966

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de evaluación de impacto ambiental, modificado por la Ley 6/2001, de 8 de mayo, y el Reglamento de ejecución aprobado por Real Decreto 1131/1988, de 30 de septiembre, establecen que los proyectos públicos o privados, consistentes en la realización de las obras, instalaciones o de cualquier actividad comprendida en el Anexo II de este Real Decreto Legislativo sólo deberán someterse a una evaluación de impacto ambiental en la forma prevista en esta disposición, cuando así lo decida el órgano ambiental en cada caso.

El proyecto Riego de 20,2288 hectáreas en una finca de Frutemsa, S. A., en el término municipal de Gibraleón (Huelva), se encuentra comprendido en el apartado c del Grupo 1 del Anexo II de la Ley 6/2001 antes referida.

La Confederación Hidrográfica del Tajo remitió a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, la documentación relativa al proyecto incluyendo sus características, ubicación e informes redactados por la Confederación Hidrográfica del Guadiana sobre la afección ambiental de la actuación.

El proyecto Riego de 20,2288 hectáreas en una finca de Frutemsa, S. A., en el término municipal de Gibraleón (Huelva) tiene por objeto poner en regadío, mediante la aportación de un aprovechamiento de aguas subterránea existente, 20,2288 hectáreas destinadas a riego de cítricos.

Considerando los criterios de selección contemplados en el Anexo III de la Ley 6/2001, los informes de la Confederación Hidrográfica del Guadiana, y analizada la totalidad del expediente, no se deduce la posible existencia de impactos ambientales adversos significativos. Por lo tanto, en virtud del artículo 1.2 de la Ley 6/2001 la Secretaría General de Medio Ambiente a la vista del informe emitido por la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental de este Ministerio de fecha 19 de diciembre de 2003, resuelve que no es necesario someter al procedimiento de evaluación de impacto ambiental el proyecto Riego de 20,2288 hectáreas en una finca de Frutemsa, S.A. en el término municipal de Gibraleón (Huelva).

Madrid, 19 de diciembre de 2003.–El Secretario General, Juan del Álamo Jiménez.

 

 

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