Visto el expediente de indulto de don Fermín Fernández-Trejo Tena, con los informes del Ministerio Fiscal y del tribunal sentenciador, condenado por la Audiencia Provincial, sección tercera, de Badajoz (con sede en Mérida), en sentencia de fecha 9 de junio de 2001, como autor de un delito de apropiación indebida, a la pena de dos años y cuatro meses de prisión, y de otro delito de apropiación indebida, a la pena de dos meses de arresto mayor, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos durante los años 1989 y 1991, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 22 de octubre de 2004,
Vengo en conmutar a don Fermín Fernández-Trejo Tena la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que abone las responsabilidades civiles fijadas en sentencia en el plazo que determine el tribunal sentenciador y no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación de este real decreto.
Dado en Madrid, 22 de octubre de 2004.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
JUAN FERNANDO LÓPEZ AGUILAR
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid