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Documento BOE-A-2004-1876

Resolución de 8 de enero de 2004, de la Secretaría General Técnica, por la que se dispone la publicación de la adenda para el año 2003 al Convenio de colaboración entre la Consejería de Agricultura, Agua y Medio Ambiente de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y el Ministerio del Interior para la protección medioambiental en dicha Comunidad.

Publicado en:
«BOE» núm. 27, de 31 de enero de 2004, páginas 4313 a 4314 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-2004-1876

TEXTO ORIGINAL

Habiéndose suscrito con fecha 23 de diciembre la adenda para el año 2003 al Convenio de colaboración entre la Consejería de Agricultura, Agua y Medio Ambiente de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y el Ministerio del Interior (Dirección General de la Guardia Civil) para la protección medioambiental en dicha Comunidad, procede la publicación en el Boletín Oficial del Estado de dicho Convenio, que figura como anexo de esta Resolución.

Madrid, 8 de enero de 2004.‒El Secretario General Técnico, Fernando Manzanedo González.

ANEXO
Adenda para el año 2003 al Convenio de colaboración entre la Consejería de Agricultura, Agua y Medio Ambiente de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y el Ministerio del Interior (Dirección General de la Guardia Civil) para la protección medioambiental en dicha Comunidad

En Murcia a 23 de diciembre de 2003.

REUNIDOS

De una parte, el Excmo. Sr. D. Ángel Acebes Paniagua, Ministro del Interior, cargo para el que fue nombrado por el Real Decreto 673/2002, de 9 de julio (B.O.E. núm. 164, de 10 de julio), autorizado para la celebración de la presente adenda en representación del Ministerio del Interior por la disposición adicional decimotercera de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común en su modificación dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Y de otra parte, el Excmo. Sr. D. Antonio Cerdá Cerdá, Consejero de Agricultura, Agua y Medio Ambiente, actuando en nombre y representación de la Comunidad Autónoma de Murcia, en ejercicio de las competencias que tiene atribuidas por el Decreto 16/1999, de 13 de julio, de reorganización de la Administración Regional.

Ambas partes reconocen capacidad jurídica suficiente para suscribir esta adenda en nombre de las instituciones que representan, y a tal efecto

MANIFIESTAN

Primero.

Con fecha 27 de diciembre del año 2001 se firma el Convenio de colaboración entre la Consejería de Agricultura, Agua y Medio Ambiente de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y el Ministerio del Interior (Dirección General de la Guardia Civil) para la protección medioambiental en dicha Comunidad, publicado en el Boletín Oficial de la Región de Murcia de 9 de febrero del año 2002, por Resolución de 24 de enero del mismo año.

Segundo.

En su cláusula quinta, el mencionado Convenio establece: «Anualmente, en su caso, se aprobará una adenda al presente Convenio en la que constarán las aportaciones de las partes, que habrá de tramitarse con arreglo a lo dispuesto en la normativa vigente al respecto en cada una de ellas».

Por todo lo anteriormente expuesto, las partes citadas manifiestan la voluntad de suscribir la presente adenda al Convenio de colaboración, con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.

Que las obligaciones que se derivan de la presente adenda son las que se recogen en la cláusula quinta del Convenio:

Por parte del Ministerio del Interior: Aportar de acuerdo con sus propias capacidades, los recursos humanos, materiales y económicos para llevar a cabo las actuaciones señaladas en las cláusulas segunda, tercera y cuarta.

Por parte de la Consejería de Agricultura, Agua y Medio Ambiente de la Comunidad Autónoma de Murcia: Aportar 30.000 euros (treinta mil euros), que se harán efectivos a la firma de esta adenda, con cargo al programa presupuestario 17.02.00.442G.700.02 del proyecto de gasto nominativo núm. 30.540 del vigente presupuesto.

Segunda.

La Guardia Civil, en el plazo de tres meses a contar desde el 1 de enero de 2004, deberá justificar las inversiones y gastos realizados con la aportación de la Comunidad Autónoma, presentando la correspondiente documentación a través de la Comisión Mixta establecida en la cláusula sexta.

Tercera.

La adenda al presente convenio entrará en vigor en el momento de su firma y tendrá vigencia durante el año 2003.

Y en prueba de conformidad, firman este documento por triplicado ejemplar en el lugar y fecha al principio indicados.‒Por el Ministerio del Interior, Ángel Acebes Paniagua.‒Por la Consejería de Agricultura, Agua y Medio Ambiente, Antonio Cerdá Cerdá.

 

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