El Real Decreto 2112/1998, de 2 de octubre (BOE de 6), de
acuerdo con las previsiones establecidas en la disposición
adicional novena.4 de la L.O.G.S.E. establece la obligación para las
Administraciones Educativas competentes de convocar cada dos
años concursos de ámbito nacional en los que podrán participar
todos/as los/as funcionarios/as docentes, cualquiera que sea la
Administración Educativa de la que dependan o por la que hayan
ingresado, siempre que reunan los requisitos para ello. A este
fin, los/as interesados/as podrán participar en todos los concursos
mediante un solo acto obteniendo, de la resolución de los mismos,
un único destino en cada Cuerpo.
La Orden de 1 de octubre del Ministerio de Educación y Ciencia
establece las normas procedimentales aplicables a los concursos
de traslados de ámbito nacional de funcionarios/as de los Cuerpos
docentes que imparten las enseñanzas establecidas en la Ley
Orgánica de Ordenación General del Sistema Educativo (L.O.G.S.E.),
que se convoquen durante el curso 2004/2005. Dicha Orden tiene
como objetivo el establecer las normas procedimentales necesarias
para permitir la celebración coordinada de los concursos de
traslados de ámbito nacional a fin de asegurar la efectiva participación
en condiciones de igualdad de todos/as los/as funcionarios/as
públicos/as docentes, dispongo:
Artículo único. Convocatoria.
1. Convocar concurso de traslados entre el personal
funcionario docente de los Cuerpos de Profesores/as de Enseñanza
Secundaria, Profesores/as Técnicos/as de Formación Profesional,
Profesores/as de Escuelas Oficiales de Idiomas y Profesores/as
de Múscia y Artes Escénicas, dependientes del Departamento de
Educación, Universidades e Investigación de la Comunidad
Autónoma del País Vasco.
2. Aprobar las bases de dicha convocatoria que figuran como
anexo a la presente Orden.
Disposiciones final primera. Entrada en vigor.
La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su
publicación en el "Boletín Oficial del País Vasco".
Disposición final segunda. Recursos.
Contra la presente Orden podrá interponerse recurso
potestativo de reposición ante la Consejera de Educación, Universidades
e Investigación en el plazo de un mes a partir del día siguiente
al de su publicación en el "Boletín Oficial del País Vasco" o recurso
contencioso-administrativo ante la Sala de lo
Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco en el
plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación
en el "Boletín Oficial del País Vasco".
Vitoria-Gasteiz, 13 de octubre de 2004.-La Consejera, Anjeles
Iztueta Azkue.
(En suplemento aparte se publican los anexos correspondientes)
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