Recibida en la Dirección General de Política Energética y Minas la solicitud presentada por Schüco International K.G., con domicilio social en Avda. de S. Roque, 33, 28340 Valdemoro (Madrid), Polígono Industrial La Postura, para la certificación de un colector solar, fabricado por Schüco Internacional K.G., en su instalación industrial ubicada en Alemania.
Resultando que por el interesado se ha presentado la documentación exigida por la legislación vigente que afecta al producto cuya certificación se solicita, y que el laboratorio Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial con clave CA/RPT/4451/024/INTA/04.
Habiendo Presentado certificado en el que la entidad DQS GmbH confirma que Schüco International K.G. cumple los requisitos de la norma ISO 9001:2000.
Resultando que se ha presentado certificado expedido por la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC) en el que considera que los certificados emitidos por la entidad DQS GmbH aportan el mismo nivel de confianza que los emitidos por entidades de certificación acreditadas por ENAC.
Por todo lo anterior se ha hecho constar que el tipo o modelo presentado cumple todas las especificaciones actualmente establecidas por Orden de 28 de julio de 1980 sobre exigencias técnicas de los paneles solares,
Esta Dirección General, de acuerdo con lo establecido en la referida disposición ha resuelto certificar el citado producto, con la contraseña de certificación NPS-6104, y con fecha de caducidad el día 15 de septiembre de 2007, definiendo como características técnicas del modelo o tipo certificado las que se indican a continuación, debiendo el interesado presentar, en su caso, el certificado de conformidad de la producción antes del 15 de septiembre de 2007.
Esta certificación se efectúa en relación con la disposición que se cita y por tanto el producto deberá cumplir cualquier otro Reglamento o disposición que le sea aplicable.
El incumplimiento de cualquiera de las condiciones fundamentales en las que se basa la concesión de esta certificación dará lugar a la suspensión cautelar automática de la misma, independientemente de su posterior anulación, en su caso, y sin perjuicio de las responsabilidades legales que de ello pudieran derivarse.
Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, el recurso de reposición en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de notificación de esta Resolución, ante el Secretario General de Energía, previo al contencioso-administrativo, conforme a lo previsto en el artículo 116.1 de la Ley 4/1999 de 14 de enero, que modifica la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Marca: Schüco.
Modelo: Schücosol K-S.
Características:
Material absorbente: Cobre.
Tratamiento superficial: Capa selectiva, proyección atomizada sobre Cu.
Superficie de apertura: 2,13 m2.
Superficie de absorbente: 2,15 m2.
Lo que se comunica a los efectos oportunos.
Madrid, 15 de septiembre de 2004.–El Director general, Jorge Sanz Oliva.
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