Vista la petición interesada por la empresa Laumas Elettronica, s.r.l. (Via 1.o Maggio, 6, 43030 Basilicanova-Italia), en solicitud de Aprobación de Modelo de una célula de carga, modelo FTL, fabricada y comercializada por Laumas Elettronica, s.r.l.
De acuerdo con el informe favorable emitido por el Laboratori General d’Assaigs i Investigacions el 18 de junio de 2004, y con referencia 4020379.
Esta Dirección General del Departamento de Trabajo e Industria de la Generalidad de Cataluña, de acuerdo con la Ley 3/1985, de 18 de marzo; el Decreto 199/1991, de 30 de julio, por el que se determinan los órganos competentes en materia de Control Metrológico; el Real Decreto 1616/1985, de 11 de septiembre, y la Orden de 6 de julio de 1988 por la que se aprueba la Norma Metrológica de Células de Carga, ha resuelto:
Conceder la Aprobación de Modelo por un plazo de validez de diez años, a partir de la fecha de esta Resolución, a favor de la entidad Laumas Elettronica, s.r.l., de una célula de carga, modelo FTL.
El signo de Aprobación de Modelo será:
02 | M-293 |
04021 |
Los instrumentos correspondientes a la Aprobación de Modelo, a que se refiere esta Resolución, llevarán las siguientes inscripciones de identificación en su placa de características:
Símbolo de clasificación. | C3↓ | – | |||||||
Clase de precisión. | C | – | |||||||
Número máximo escalones nmax. | 3000 | – | |||||||
Dirección de carga. | Cizalladura | – | |||||||
Carga nominal, Ln. | 300 | 500 | 750 | 1000 | 1500 | 2000 | 3000 | 5000 | Kg |
Carga mínima, Lmin. | 0 | Kg | |||||||
Escalón verificación mínimo, vmin: | Ln/nmax | Kg | |||||||
Límites de temperatura, BT. | − 10 a + 40 | ºC |
Los instrumentos correspondientes a la Aprobación de Modelo a la que se refiere esta Resolución deberán de cumplir todos los condicionamientos contenidos en el anexo del Certificado de Aprobación de Modelo número 04-02.21.
Próximo a transcurrir el plazo de validez que se concede, la entidad o titular de la misma, si lo desea, solicitará de la Dirección General de Energía, Minas y Seguridad Industrial, la oportuna prórroga de esta Aprobación de Modelo, de acuerdo con el artículo segundo del Real Decreto 1616/1985, de 11 de septiembre.
Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, pueden interponer recurso de alzada ante el Honorable Consejero de Trabajo e Industria de la Generalidad de Cataluña en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de su notificación, sin perjuicio de poder hacer uso de cualquier otro recurso que consideren oportuno.
Barcelona, 2 de julio de 2004.–El Director general, Josep Isern Sitjà.
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