De conformidad con lo establecido en los artículos 385.2, 387
y 388 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial;
Real Decreto 670/1987, de 30 de abril y Disposiciones
concordantes, por Acuerdo del Pleno del Consejo General del Poder
Judicial adoptado en su reunión del día 22 de septiembre de 2004,
Vengo en declarar la jubilación forzosa por incapacidad
permanente para el ejercicio de sus funciones judiciales, del
Magistrado don Manuel Teba Pinto, que sirve la Sala de lo Social del
Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla, sede
de Sevilla, con los derechos pasivos que le correspondan por esta
causa y no cesando en su actual destino hasta el día siguiente
al de la publicación de este Real Decreto en el Boletín Oficial
del Estado.
Dado en Madrid, a 27 de septiembre de 2004.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
JUAN FERNANDO LÓPEZ AGUILAR
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid