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Suscrito el 23 de diciembre de 2003, Convenio de Colaboración entre la Consejería de Sanidad de la Junta de Castilla y León y el Instituto de Salud Carlos III para la realización de nuevos estudios epidemiólogicos en relación con el conglomerado de tumores infantiles en el Colegio Público «García Quintana» de Valladolid, en desarrollo del Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Sanidad y Consumo, a través del Instituto de Salud Carlos III y la Comunidad de Castilla y León, para establecer el marco de desarrollo de actividades científico y técnico, en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el Boletín Oficial del Estado de dicho Acuerdo, que figura como anexo de esta Resolución.
Lo que se hace público a los efectos oportunos.
Madrid, 26 de diciembre de 2003.–El Secretario General, Rafael Pérez-Santamarina Feijóo.
En Madrid, a 23 de diciembre de 2003.
En presencia de la Excma. Ministra de Sanidad y Consumo, D.ª Ana María Pastor Julián, nombrada por Real Decreto 667/2002, de 9 de julio.
REUNIDOS
De una parte, el Excelentísimo Sr. D. César Antón Beltrán, Consejero de Sanidad de la Junta de Castilla y León, nombrado por Acuerdo 15/2003, de 3 de julio (Boletín Oficial de Castilla y León número 128, de 4 de julio de 2003), actuando en nombre propio y representación de la Consejería de Sanidad, con domicilio en el Paseo de Zorrilla, número 1, de Valladolid, en virtud de la competencia atribuida por el artículo 26.1.l) de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de Castilla y León.
Y de otra, el Ilustrísimo Sr. D. Antonio Campos Muñoz, como Director del Instituto de Salud Carlos III, organismo perteneciente al Ministerio de Sanidad y Consumo, nombrado por Real Decreto 1053/2000, de 2 de junio («Boletín Oficial del Estado» número 133, del 3 de junio), actuando en nombre y representación del mencionado Instituto de Salud Carlos III, con domicilio en la calle Sinesio Delgado, número 6, de Madrid y en ejercicio de las competencias atribuidas por el Real Decreto 1087/2003, de 29 de agosto por el que se establece la estructura orgánica del Ministerio de Sanidad y Consumo y por el Real Decreto 375/2001 por el que se aprueba el Estatuto del Instituto de Salud Carlos III.
Ambas partes se reconocen con capacidad legal suficiente para firmar el presente Convenio específico de colaboración y
EXPONEN
1.º Que la Consejería de Sanidad de la Junta de Castilla y León y el Instituto de Salud Carlos III suscribieron, con fecha 24 de septiembre de 2002, un Convenio Marco de colaboración para el desarrollo de actividades de carácter científico y técnico, vigente por cinco años a partir de su firma y prorrogable mediante acuerdo protocolizado de las partes.
2.º Que entre las modalidades de cooperación contempladas en la Cláusula Tercera de dicho Convenio Marco, se encuentra incluida la señalada con la letra f), consistente en la «Promoción de las actividades de vigilancia epidemiológica y de estudios de salud pública, así como la formación en estas materias».
3.º Que la misión del Instituto de Salud Carlos III, según el Real Decreto 375/2001, por el que se aprueba el Estatuto del Instituto de Salud Carlos III, es desarrollar y ofrecer servicios científicos-técnicos e investigación de la más alta calidad. Es un órgano de apoyo científico-técnico del Ministerio de Sanidad y Consumo y de los distintos Servicios de Salud de las Comunidades Autónomas, y desarrollará las funciones señaladas en los artículos 112 y 113 de la Ley General de Sanidad, así como aquellas que hayan sido o le sean encomendadas.
4.º Que el artículo 8.º q) de la Ley 1/1993, de 6 de abril, de Ordenación del Sistema Sanitario de Castilla y León, incluye, entre las actividades y servicios de su Sistema de Salud, el establecimiento de un adecuado sistema de información sanitaria y vigilancia epidemiológica que permita el seguimiento, de forma continuada, de la evolución de los problemas y la evaluación de los programas.
5.º Que la Consejería de Sanidad de la Junta de Castilla y León está interesada en potenciar la investigación del conglomerado de tumores infantiles detectado en el Colegio Público «García Quintana», de Valladolid, en aras de la mejora en el conocimiento de este tipo de sucesos epidemiológicos.
6.º Que en virtud de lo manifestado y de acuerdo a la vigente legislación, las partes convienen en firmar el presente Convenio específico que estará sometido a las siguientes:
ESTIPULACIONES
1.ª Objeto. El objeto del presente Convenio es establecer la colaboración entre la Consejería de Sanidad de la Junta de Castilla y León, y el Instituto de Salud Carlos III, para la realización de nuevos estudios epidemiológicos en relación con el conglomerado de tumores infantiles en el Colegio Público «García Quintana», de Valladolid.
2.ª Compromiso de las partes. El Instituto de Salud Carlos III será encargado del diseño, coordinación y evaluación de un estudio de casos y controles, que investigue las principales hipótesis etiológicas barajadas en la literatura en relación con la aparición de tumores hematológicos infantiles.
En la consideración de «caso» del mencionado estudio deberá incluirse a todos los tumores hematológicos infantiles diagnosticados en el Colegio Público «García Quintana», de Valladolid, así como el resto de tumores del mismo tipo que, en el entorno temporal y espacial más cercano posible al conglomerado detectado en dicho centro escolar (incluso a nivel de toda la localidad o del conjunto de la provincia de Valladolid, si es necesario), permita un tamaño muestral suficiente para disponer de una potencia estadística adecuada en el análisis de los principales factores de estudio.
Además, como estudio descriptivo complementario del anterior, el Instituto de Salud Carlos III será encargado del diseño, coordinación y evaluación de un estudio de distribución de los casos de tumores hematológicos infantiles en la capital y/o provincia de Valladolid, geocodificados en función de las variables tradicionales en los estudios de clusters de dicho tipo de tumores.
Dentro del plazo de vigencia del presente Convenio, el Instituto de Salud Carlos III elaborará una memoria en la que se incluyan las actividades desarrolladas y las conclusiones obtenidas.
Para los fines anteriormente descritos, el Instituto de Salud Carlos III designa como responsable de la coordinación de las actuaciones asignadas a D. Gonzalo López Aebente.
La Consejería de Sanidad será la encargada de la implementación de los estudios anteriormente mencionados, sin menoscabo de otras colaboraciones que pudieran ser requeridas para su adecuado desarrollo.
Así mismo, la Consejería de Sanidad vendrá encargada de proporcionar al Instituto de Salud Carlos III cuanta información disponible pudiera ser requerida por éste para el conocimiento del caso y el diseño de los estudios.
3.ª Organización y Coordinación. Para el seguimiento e interpretación del presente Convenio se constituirá una comisión paritaria entre las Administraciones Central y Autonómica, integrada por dos representantes del Instituto de Salud Carlos III, entre ello el responsable de la coordinación de las actuaciones asignadas a este organismo, el Delegado del Gobierno en Castilla y León o persona en quien delegue y tres representantes de la Consejería de Sanidad de la Junta de Castilla y León, entre ellos, el Director General de Salud Pública y Consumo.
4.ª Financiación. El presente convenio no supone transferencias económicas entre las partes firmantes.
5.ª Mención. Ambas partes se comprometen a especificar destacadamente la participación de ambas instituciones firmantes, en caso de actividades de difusión y publicación científica que pudieran llevarse a cabo en virtud del presente Convenio de colaboración.
6.ª Vigencia y revisión. El presente Convenio de colaboración entrará en vigor el día siguiente del de su firma por ambas partes y extenderá su vigencia hasta la finalización de los trabajos, y en cualquier caso con anterioridad al día 31 de diciembre de 2004.
La Junta de Castilla y León y el Instituto de Salud Carlos III, podrán, de mutuo acuerdo, prorrogar el presente Convenio a otras anualidades, si así es considerado pertinente y si, en caso preciso, las disponibilidades presupuestarias lo permiten.
7.ª Naturaleza jurídica. De acuerdo con lo establecido en el artículo 3.1.c) del Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos de la Administración del Estado, este Convenio queda excluido del ámbito de aplicación de la citada Ley, rigiéndose por lo estipulado entre las partes y aplicándose los principios y criterios contenidos en la misma para resolver las dudas que pudieran suscitarse en torno a la interpretación o aplicación del presente convenio.
8.ª Jurisdicción. El presente Convenio se regulará por mutuo acuerdo entre las partes. Las dudas y controversias que surjan con motivo de la interpretación y aplicación del presente Convenio que no puedan ser resueltas de forma amigable entre las partes, por la comisión mencionada en la estipulación tercera, se resolverán de conformidad con las normas reconocidas por el Derecho y ante la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
9.ª Causas de extinción. Serán motivo de extinción del presente Convenio el incumplimiento de los acuerdos pactados y/o la denuncia unilateral por cualquiera de las dos partes, en cuyo caso, el plazo para que la denuncia produzca como efecto la extinción del Convenio, queda establecido en treinta días naturales.
En los supuestos de extinción anteriormente mencionados, las actuaciones en curso finalizarán con la elaboración, por cada una de las partes, de una memoria de las actuaciones realizadas hasta la fecha de extinción.
En prueba de conformidad y a su solo efecto se firma el presente convenio por triplicado en lugar y fecha indicados en el encabezamiento. Firmado.–La Ministra de Sanidad y Consumo, Ana María Pastor Julián.–Consejero de Sanidad de la Junta de Castilla y León, César Antón Beltrán.–Director del Instituto de Salud Carlos III, Antonio Campos Muñoz.
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