Por Orden INT/3022/2004, de 14 de septiembre, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se aprobaron las Bases Reguladoras para la concesión de premios para Tesis Doctorales y Trabajos de Investigación sobre Protección Civil.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la citada Ley 38/2003, y de acuerdo con lo establecido en la Base Reguladora Cuarta, esta Subsecretaría ha resuelto aprobar la presente convocatoria de los premios para Tesis Doctorales y Trabajos de Investigación sobre Protección Civil para el año 2004 que se desarrollará de acuerdo con el siguiente procedimiento:
La cuantía total de los premios es de quince mil euros (15.000,00), que se imputarán a la aplicación presupuestaria 16 01 223 A 481, en la cual existe crédito suficiente, habiéndose tramitado el correspondiente expediente de gasto. Dicha cuantía se distribuirá de la siguiente forma:
Primer premio: 6.000 A.
Segundo premio: 4.200 A.
Tercer premio: 2.400 A.
Cuarto premio: 2.400 A.
El objeto y finalidad de los premios es subvencionar a los autores de Tesis Doctorales y Trabajos de Investigación sobre Protección Civil.
La concesión de las subvenciones se efectuará mediante concurrencia competitiva.
Podrán optar a los premios, según la Base Reguladora Segunda, las personas físicas de nacionalidad española o de cualquiera de los países que conforman la Comunidad Iberoamericana o de los Estados Miembros de la Unión Europea.
Las Tesis Doctorales y los Trabajos de Investigación deberán encuadrarse en el ámbito de las humanidades y de las ciencias sociales y jurídicas, siempre que los temas que se desarrollen puedan incluirse entre los que son objeto de las actividades de Protección Civil.
Los órganos competentes para la instrucción y resolución son, respectivamente, la Dirección General de Protección Civil y Emergencias y la Subsecretaria del Ministerio del Interior, por delegación del Ministro del Interior, de acuerdo con la Orden INT/2992/2002, de 21 de noviembre, por la que se delegan determinadas atribuciones y aprueba las delegaciones efectuadas por otras autoridades.
Las solicitudes para optar a las subvenciones objeto de la presente convocatoria deberán presentarse en el registro de la Dirección General de Protección Civil y Emergencias, C/ Quintiliano núm. 21, Madrid-28002, o en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, antes del próximo día 29 de octubre de 2004. A la solicitud para tomar parte en la convocatoria se acompañará la documentación que se indica en la Base Reguladora Tercera.
La resolución sobre la concesión de los premios deberá producirse dentro de los treinta días naturales siguientes a la finalización del plazo de presentación de las solicitudes. Dicha resolución se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» y se notificará directamente a los interesados de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59 de la citada Ley 30/1992, poniendo esta resolución fin a la vía administrativa.
La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 23 de septiembre de 2004.−La Subsecretaria, Soledad López Fernández.
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