De conformidad con lo establecido en los artículos 385.2, 387
y 388 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial;
Real Decreto 670/1987, de 30 de abril, y disposiciones
concordantes, por Acuerdo del Pleno del Consejo General del Poder
Judicial en su reunión del día 21 de julio de 2004,
Vengo en declarar la jubilación forzosa por incapacidad
permanente para el ejercicio de sus funciones judiciales al considerar
que la lesión o proceso patológico padecidos le inhabilitan por
completo para toda profesión u oficio del Magistrado don
Godofredo Sancho Gimeno, que sirve el Juzgado de lo Social número 3
de Palma de Mallorca, con los derechos pasivos que le
correspondan por esta causa y no cesando en su actual destino hasta
el día siguiente al de la publicación de este Real Decreto en el
Boletín Oficial del Estado.
Dado en Palma de Mallorca, a 30 de agosto de 2004.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
JUAN FERNANDO LÓPEZ AGUILAR
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid