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Documento BOE-A-2004-15887

Resolución de 28 de junio de 2004, de la Secretaría General de Educación, por la que se conceden los premios "Miguel Hernández", edición 2004.

Publicado en:
«BOE» núm. 217, de 8 de septiembre de 2004, páginas 30828 a 30828 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-2004-15887

TEXTO ORIGINAL

Por Orden de 9 de mayo de 1991 («Boletín Oficial del Estado» del 15), modificada por Orden de 31 de marzo de 2000 («Boletín Oficial del Estado» del 18 de abril), fueron creados los premios «Miguel Hernández», dirigidos a reconocer la labor realizada por aquellas instituciones públicas o privadas, sin ánimo de lucro, que se distingan por su aportación eficaz en la alfabetización de personas adultas y en favorecer el acceso a la educación de los grupos socialmente desfavorecidos.

La Secretaría de Estado de Educación y Universidades convocó los premios «Miguel Hernández», edición 2004, por Resolución de 16 de febrero de 2004 («Boletín Oficial del Estado» de 12 de marzo).

De acuerdo con los previsto en el apartado noveno de la citada convocatoria y examinada la propuesta formulada por la Dirección General de Educación, Formación Profesional e Innovación Educativa, una vez estudiada la valoración realizada por el jurado de selección y previo preceptivo trámite de audiencia a los interesados, por esta Secretaría General se ha resuelto lo siguiente:

Primero.

Se conceden los premios «Miguel Hernández», edición 2004, a las siguientes candidaturas:

Primer premio, dotado con 12.020 euros y una distinción acreditativa a Asociación Regional de Universidades Populares de Extremadura de Badajoz.

Segundo premio, dotado con 6.010 euros y una distinción acreditativa al Centro de Educación de Personas Adultas «Rosalía de Castro» de Leganés (Madrid).

Tercer premio, dotado con 3.006 euros y una distinción acreditativa al Centro de Educación de Personas Adultas «Entrevías» de Madrid.

Menciones:

Universidad Popular de Zaragoza.

Fundación ADFYPSE (Asociación de Trabajadores y Pensionistas de Estándar Eléctrica, S.A. Afectados de Deficientes Físicos y Psíquicos) de Leganés (Madrid).

Centro de Educación de Personas Adultas de Daroca (Zaragoza).

Segundo.

Los trabajos no premiados, cuya calidad ha sido reconocida por el Jurado, podrán ser recogidos por los interesados en la Subdirección General de Formación Profesional (Servicio de Educación y Formación a lo Largo de la Vida), en el plazo de treinta días hábiles, a partir de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de esta Resolución.

Tercero.

El primer premio será la candidatura española a los Premios Internacionales de Alfabetización.

Cuarto.

Los trabajos galardonados quedarán en poder de la Dirección General de Educación, Formación Profesional e Innovación Educativa, que podrá difundirlos, considerando la calidad de los mismos y su carácter innovador en los aspectos didácticos o metodológicos.

Quinto.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer alternativamente recurso potestativo de reposición ante el Secretario General de Educación, en el plazo de un mes o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, computándose ambos plazos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 28 de junio de 2004.–P.D. (Orden ECI/1217/2004, de 3 de mayo, B.O.E. del 6), el Director General de Educación, Formación Profesional e Innovación Educativa, José Luis Mira Lema.

Ilmo. Sr. Director general de Educación, Formación Profesional e Innovación Educativa.

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