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Documento BOE-A-2004-15811

Resolución de 13 de agosto de 2004, de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación, por la que se adjudican ayudas para "Estancias de jóvenes doctores extranjeros en estancias posdoctorales en España", dentro del Programa nacional de ayudas para la movilidad de profesores de universidad e investigadores españoles y extranjeros.

Publicado en:
«BOE» núm. 215, de 6 de septiembre de 2004, páginas 30585 a 30589 (5 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-2004-15811

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de 11 de septiembre de 2003 (BOE del 6 de octubre) de la Secretaría de Estado de Educación y Universidades se convocó el Programa Nacional de ayudas para la movilidad de profesores de universidad e investigadores españoles y extranjeros.

Una vez evaluadas por la Comisión de expertos las solicitudes de ayuda presentadas a la Submodalidad B.1.2 «Estancias de jóvenes doctores extranjeros en estancias posdoctorales en España» y elevada la correspondiente propuesta por la Comisión de Selección, en cumplimiento de lo establecido en el apartado 4,

En uso de las atribuciones conferidas por la Resolución de convocatoria, he resuelto:

Primero.

Conceder las subvenciones relacionadas en el Anexo de esta Resolución a los organismos que se señalan, destinadas a la financiación de las estancias de profesores e investigadores extranjeros en España, por un importe total de 2.368.700,00 € (dos millones trescientos sesenta y ocho mil setecientos euros).

Segundo.

Denegar o desestimar las solicitudes no relacionadas en el Anexo, al no haber alcanzado la evaluación científica el orden de prioridad impuesto en su disciplina científica por la concurrencia competitiva en función de las disponibilidades presupuestarias del programa o no cumplir los requisitos exigidos en la Resolución de convocatoria.

Tercero.

El gasto resultante será imputado a la aplicación presupuestaria 18.07.541A.781 de los vigentes Presupuestos Generales del Estado, con el siguiente desglose económico:

Anualidad 2004: 527.600,00 €.

Anualidad 2005: 1.542.300,00 €.

Anualidad 2006: 298.800,00 €.

Cuarto.

El pago de las ayudas se realizará mediante subvenciones a las universidades u organismos públicos de investigación españoles. El pago se efectuará cada trimestre natural vencido, transfiriéndose el importe correspondiente a los gastos de traslado e instalación así como a las mensualidades del ejercicio presupuestario vigente de los profesores e investigadores que se hayan incorporado a lo largo de dicho trimestre.

Los organismos perceptores de las subvenciones presentarán certificación que acredite que su importe se ha incorporado a su contabilidad, en el plazo de un mes a contar desde su percibo.

Las subvenciones quedarán afectas a los fines para los que se otorgan. Dentro de los tres meses siguientes a la finalización de las estancias, los organismos perceptores deberán justificar el cumplimiento de los fines de las ayudas recibidas, mediante certificación de la gerencia o servicio de contabilidad de las universidades u organismos beneficiarios que acredite la aplicación desglosada de los fondos percibidos, debiendo presentar fotocopia del reintegro al Tesoro Público de los fondos no utilizados.

Quinto.

Los beneficiarios de estas ayudas quedan obligados al cumplimiento de lo establecido en el apartado B.8 de la Resolución de 11 de septiembre de 2003, de convocatoria del Programa.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de un mes recurso potestativo de reposición. Asimismo, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su notificación de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998. Dicho recurso no podrá ser interpuesto hasta que el anterior recurso potestativo sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta.

Madrid, 13 de agosto de 2004.–El Secretario de Estado, P. D. (Orden ECI/1217/2004, de 3 de mayo, BOE del 6), la Directora General de Universidades, Carmen Ruiz-Rivas Hernando.

Ilmo. Sr. Subdirector General de Formación y Movilidad en Posgrado y Posdoctorado.

ANEXO

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