Visto el expediente de indulto de don Benjamín González Fariñas, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por la Audiencia Provincial de Vizcaya, Sección número 1, en sentencia de fecha 12 de marzo de 2001, como autor de un delito de malversación, a la pena de tres años de prisión y accesoria de inhabilitación absoluta durante el plazo de seis años, por hechos cometidos en el año 1996, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 30 de julio de 2004,
Vengo en conmutar a don Benjamín González Fariñas la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación de este real decreto.
Dado en Palma de Mallorca, a 30 de julio de 2004.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
JUAN FERNANDO LÓPEZ AGUILAR
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