Se hacen públicos los índices de referencia oficiales para los préstamos hipotecarios a tipo variable destinados a la adquisición de vivienda1.
1 La definición y forma de cálculo de estos índices se recoge en las Circulares del Banco de España 5/1994, de 22 de julio (BOE del 3 de agosto), 7/1999, de 29 de junio (BOE del 9 de julio) y 1/2000, de 28 de enero (BOE del 10 de febrero).
Julio 2004:
Porcentaje | ||
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1) | Tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años para adquisición de vivienda libre: | |
a) De bancos. | 3,252 | |
b) De cajas de ahorro. | 3,388 | |
c) Del conjunto de entidades de crédito. | 3,323 | |
2) | Tipo activo de referencia de las cajas de ahorro. | 4,625 |
3) | Rendimiento interno en el mercado secundario de la Deuda Pública entre dos y seis años. | 3,153 |
4) | Tipo interbancario a 1 año (Mibor)2. | 2,367 |
5) | Referencia interbancaria a 1 año (Euribor). | 2,361 |
2 Este tipo ha dejado de tener la consideración de tipo de referencia oficial del mercado hipotecario para las operaciones formalizadas después de la entrada en vigor de la O.M. de 1 de diciembre de 1999 (BOE del 4 de diciembre).
Madrid, 19 de agosto de 2004.‒El Subgobernador, Gonzalo Gil García.
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