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Documento BOE-A-2004-15267

Resolución de 15 de julio de 2004, de la Secretaría de Estado para la Cooperación Internacional, por la que se declara inhábil el mes de agosto de 2004, a efectos del plazo de la Resolución del concurso específico de méritos (CE 2/04) para la provisión de puestos de trabajo entre funcionarios de los Grupos A y B.

Publicado en:
«BOE» núm. 201, de 20 de agosto de 2004, páginas 29449 a 29449 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación
Referencia:
BOE-A-2004-15267

TEXTO ORIGINAL

La Resolución de 24 de mayo de 2004, publicada en el BOE

del día 22 de junio, por la que se convoca concurso específico

de méritos (CE 2/04) para la provisión de puestos de trabajo

vacantes en la Agencia Española de Cooperación Internacional entre

funcionarios de los grupos A y B, establece en su base octava

que el plazo de su resolución será de dos meses desde el día

siguiente al de la finalización de la presentación de instancias,

de acuerdo con lo establecido en el artículo 47 del Real

Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento

General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración

General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y

Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la

Administración General del Estado.

A la vista de las dificultades que entraña el mes de agosto

para el cumplimiento del referido plazo,

Esta Agencia Española de Cooperación Internacional resuelve

declarar inhábil el mes de agosto, a efectos de la resolución del

mencionado concurso.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía

administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo

en el plazo de dos meses, desde el día siguiente al de su publicación

en el "Boletín Oficial del Estado", ante el Juzgado Central de lo

Contencioso-Administrativo que corresponda, según lo dispuesto

en el artículo 9 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora

de aquella Jurisdicción o, potestativamente y con carácter previo,

recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano

que la dictó, conforme a lo dispuesto en los artículos 116 y 117

de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, según redacción dada a los mismos por la

Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 15 de julio de 2004.-La Secretaria de Estado, Leire

Pajín Iraola.

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